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Document 32010D0427
Servicio Europeo de Acción Exterior
Establece la organización y el funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), creado por el Tratado de Lisboa, para asistir al Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (Alto Representante) en el ejercicio de sus funciones relativas a la ejecución de la política exterior de la UE.
El SEAE está bajo la autoridad del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y le asiste en los siguientes ámbitos:
Además, el SEAE:
El SEAE, que tiene su sede en Bruselas, es gestionado por un Secretario General, al que asisten tres Secretarios Generales adjuntos, que actuará bajo la autoridad del Alto Representante. La administración central del SEAE se organiza en direcciones generales dedicadas a:
La PCSD y las estructuras de gestión de crisis incluyen:
Está en vigor desde el .
Para más información, véase:
Decisión del Consejo 2010/427/UE de por la que se establece la organización y el funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior (DO L 201, , pp. 30-40).
Las modificaciones sucesivas a la Decisión 2010/427/UE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
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