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Document 32016L0943
Normas de la UE sobre la protección de los secretos comerciales
La obtención de un secreto comercial se considera lícita, si se realiza mediante alguna de las siguientes prácticas:
Asimismo, la obtención, utilización o revelación de un secreto comercial se considera lícita cuando lo exija o permita el Derecho de la UE o nacional.
La obtención de un secreto comercial sin el consentimiento de su propietario se considera ilícita si se realiza mediante alguna de las siguientes prácticas:
La utilización o revelación de un secreto comercial sin el consentimiento del propietario se considera ilícita si una persona:
La obtención, utilización o revelación se considerará asimismo ilícita, si la persona de que se trate supiera o debierahaber sabido que el secreto comercial se había obtenido directa o indirectamente de otra persona que utilizaba o revelaba el secreto comercial de forma ilícita.
La Directiva exige que, cuando una persona que supuestamente haya obtenido, utilizado o revelado un secreto comercial, lo haya hecho por uno de los siguientes motivos, se deniegue la solicitud de medidas, procedimientos o recursos:
Los países de la UE deben establecer medidas, procedimientos y recursos que garanticen la disponibilidad de resarcimiento civil1 para las víctimas de la obtención, utilización y revelación de secretos comerciales.
La Directiva exige que las medidas, procedimientos y recursos:
El plazo de prescripción de las demandas no superará los seis años.
Los poseedores de secretos comerciales pueden solicitar acciones civiles2 en caso de obtención, utilización o revelación ilícita del mencionado secreto comercial, que incluyen:
Está en vigor desde el y los países de la UE deben incorporarla al Derecho nacional a más tardar el .
Para más información, véase:
Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas (DO L 157 de , pp. 1-18)
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