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Document 21994D0330(03)

Decisión del Comité mixto del EEE nº 3/94, de 8 de febrero de 1994, por la que se modifica el Protocolo 21 del Acuerdo EEE sobre la aplicación de las normas de competencia aplicables a las empresas

DO L 85 de 30.3.1994, p. 65–65 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (FI, SV, CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1994/3(3)/oj

21994D0330(03)

Decisión del Comité mixto del EEE nº 3/94, de 8 de febrero de 1994, por la que se modifica el Protocolo 21 del Acuerdo EEE sobre la aplicación de las normas de competencia aplicables a las empresas

Diario Oficial n° L 085 de 30/03/1994 p. 0065 - 0065
Edición especial en finés : Capítulo 2 Tomo 14 p. 0008
Edición especial sueca: Capítulo 2 Tomo 14 p. 0008


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N° 3/94 de 8 de febrero de 1994 por la que se modifica el Protocolo 21 del Acuerdo EEE sobre la aplicación de las normas de competencia aplicables a las empresas

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, denominado en lo sucesivo « Acuerdo » y, en particular, su artículo 98,

Considerando que la lista que figura en el apartado 1 del artículo 3 del Protocolo 21 del Acuerdo debe reflejar la situación general de la normativa comunitaria en este ámbito; que el Reglamento (CEE) n° 2410/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, que modifica el Reglamento (CEE) n° 3975/87 por el que se establecen las normas de desarrollo de las reglas de competencia para empresas del sector del transporte aéreo (1) debe ser, en consecuencia, incluido en esta lista,

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 13 del apartado 1 del artículo 3 del Protocolo 21 del Acuerdo [Reglamento (CEE) n° 3975/87 del Consejo] se intercala el siguiente texto a continuación del guión relativo al Reglamento (CEE) n° 1284/91 del Consejo:

« - 392 R 2410: Reglamento (CEE) n° 2410/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992 (DO n° L 240 de 24. 8. 1992, p. 18). ».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de julio de 1994, siempre que se hayan hecho al Comité mixto del EEE todas las notificaciones exigidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

Artículo 3

La presente Decisión será publicada en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 8 de febrero de 1994.

Por el Comité mixto del EEE El Presidente N. VAN DER PAS

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