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Document 62011TN0558

Asunto T-558/11: Recurso interpuesto el 31 de octubre de 2011 — Atlas/OAMI — Couleurs de Tollens-Agora (ARTIS)

DO C 13 de 14.1.2012, p. 16–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.1.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 13/16


Recurso interpuesto el 31 de octubre de 2011 — Atlas/OAMI — Couleurs de Tollens-Agora (ARTIS)

(Asunto T-558/11)

2012/C 13/35

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: polaco

Partes

Demandante: Atlas sp. z o.o. (Łódź, República de Polonia) (representante: R. Rumpel, abogado [radca prawny])

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Couleurs de Tollens-Agora, S. a. s. (Clichy, Francia)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare fundada la demanda.

Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 28 de julio de 2011 en el asunto R 1253/2010-1, notificada a la demandante el 7 de septiembre de 2011.

Con carácter subsidiario, modifique la resolución impugnada de modo que se autorice el registro del signo «ARTIS».

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «ARTIS» para productos de las clases 2 y 17 — Solicitud de registro no 6.158.761

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca o signo invocado: Marca denominativa francesa «ARTIS» para productos de las clases 1 y 19, registrada con el no 93.484.880

Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009 (1) en lo que respecta a la declaración de similitud entre las marcas y al riesgo de confusión por parte de los consumidores.


(1)  Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).


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