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Agencia Europea de Defensa (a partir de 2011)
La Agencia Europea de Defensa (AED) apoya al Consejo y a los Estados miembros en su esfuerzo por mejorar las capacidades de defensa de la Unión Europea (UE) y por mantener la política europea de seguridad y defensa (PESD) identificando los requisitos operativos, fortaleciendo la base tecnológica e industrial de la Unión Europea, y promoviendo la investigación y un abastecimiento militar eficaz.
ACTO
Decisión 2011/411/PESC del Consejo, de 12 de julio de 2011, por la que se determinan el estatuto, la sede y la forma de funcionamiento de la Agencia Europea de Defensa y por la que se deroga la Acción Común 2004/551/PESC.
SÍNTESIS
La AED fue creada en 2004 en el ámbito del desarrollo de las capacidades de defensa, la investigación, la adquisición y el armamento para apoyar al Consejo y a los Estados miembros en su esfuerzo por mejorar las capacidades de defensa de la UE.
Proporciona el marco legal e institucional que permite a los Estados miembros de la UE cooperar en el desarrollo de capacidades militares en el contexto de la política exterior y de seguridad común (PESC) de la Unión Europea y, en particular, de la PESD.
El Tratado de Lisboa incluyó una disposición específica relativa a la AED en el Tratado de la Unión Europea (artículo 45; véase también el artículo 42, apartado 3). Como consecuencia, en julio de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/411/PESC, por la cual se sustituye el acto jurídico original relativo a la creación de la AED.
Cometidos
Los cometidos de la Agencia son:
La agencia también está preparada para respaldar una cooperación estructurada permanente, si así lo decide el Consejo.
La misión de la Agencia no afectará a las competencias de los Estados miembros en materia de defensa.
Gobernanza
La Agencia tiene su sede en Bruselas y se encuentra bajo la supervisión política del Consejo.
El órgano de decisión de la AED es una Junta Directiva, compuesta por un representante de cada Estado miembro participante y por un representante de la Comisión Europea (sin derecho a voto). En las reuniones de la Junta Directiva participan los ministros de Defensa al menos dos veces al año y puede reunirse en formaciones específicas, como, por ejemplo, los directores de investigación y tecnología o los directores de política de defensa. Todos los Estados miembros de la UE participan en la AED, con la excepción de Dinamarca.
El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad dirige la AED y actúa como enlace entre la Agencia y el Consejo. Un director ejecutivo tiene la responsabilidad de supervisar y coordinar todas las unidades funcionales.
Financiación
Los costes operativos de la Agencia están financiados por los Estados miembros participantes en función de la renta nacional bruta (RNB). Los proyectos individuales son financiados aparte por los Estados miembros participantes.
Relaciones con terceros países
La Agencia podrá establecer colaboraciones con terceros países. Asimismo, podrá colaborar con organizaciones internacionales, como la Agencia Espacial Europea (ESA) o la Organización Conjunta de Cooperación en Materia de Armamento (OCCAR).
REFERENCIAS
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Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial de la Unión Europea |
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Decisión 2011/411/PESC del Consejo |
13.7.2011 |
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DO L 183 de 13.7.2011 |
Última modificación: 18.06.2014