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Document 32024R0212
Council Implementing Regulation (EU) 2024/212 of 4 January 2024 implementing Regulation (EU) 2017/1770 concerning restrictive measures in view of the situation in Mali
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/212 del Consejo, de 4 de enero de 2024, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1770 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/212 del Consejo, de 4 de enero de 2024, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1770 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali
ST/16582/2023/INIT
DO L, 2024/212, 5.1.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/212/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2024/212 |
5.1.2024 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/212 DEL CONSEJO
de 4 de enero de 2024
por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1770 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2017/1770 del Consejo, de 28 de septiembre de 2017, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali (1), y en particular su artículo 12, apartado 5,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 5 de septiembre de 2017, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 2374 (2017), que estableció un marco para la imposición de la prohibición de viajar y la congelación de activos respecto de personas y entidades responsables o cómplices directa o indirectamente de actividades que supongan una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de Mali, o por haber participado en ellas. |
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(2) |
El 28 de septiembre de 2017, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2017/1770 para dar efecto a la Decisión (PESC) 2017/1775 del Consejo (2), que atañe a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali. |
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(3) |
El régimen de sanciones de las Naciones Unidas expiró el 31 de agosto de 2023, al no haber logrado el Consejo de Seguridad llegar a un acuerdo sobre su prórroga. |
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(4) |
Habida cuenta de la terminación del régimen de sanciones de las Naciones Unidas sobre Mali, deben suprimirse todas las entradas del anexo I del Reglamento (UE) 2017/1770. |
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(5) |
Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2017/1770 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (UE) 2017/1770 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 4 de enero de 2024.
Por el Consejo
La Presidenta
H. LAHBIB
(1) DO L 251 de 29.9.2017, p. 1.
(2) Decisión (PESC) 2017/1775 del Consejo, de 28 de septiembre de 2017, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali (DO L 251 de 29.9.2017, p. 23).
ANEXO
En el anexo I del Reglamento (UE) 2017/1770, en la «Lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos contemplados en el artículo 2 bis » se suprimen las entradas relativas a las siguientes personas:
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1. |
AHMED AG ALBACHAR; |
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2. |
HOUKA HOUKA AG ALHOUSSEINI; |
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3. |
MAHRI SIDI AMAR BEN DAHA; |
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4. |
MOHAMED BEN AHMED MAHRI; |
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5. |
MOHAMED OULD MATALY. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/212/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)