EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32009E0466

Acción Común 2009/466/PESC del Consejo, de 15 de junio de 2009 , por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2007/405/PESC relativa a la Misión de Policía de la Unión Europea en el marco de la reforma del sector de la seguridad (RSS) y su interrelación con la justicia en la República Democrática del Congo (EUPOL RD Congo)

DO L 151 de 16.6.2009, p. 40–40 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 30/09/2010

ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2009/466/oj

16.6.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 151/40


ACCIÓN COMÚN 2009/466/PESC DEL CONSEJO

de 15 de junio de 2009

por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2007/405/PESC relativa a la Misión de Policía de la Unión Europea en el marco de la reforma del sector de la seguridad (RSS) y su interrelación con la justicia en la República Democrática del Congo (EUPOL RD Congo)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de junio de 2007, el Consejo adoptó la Acción Común 2007/405/PESC (1) relativa a la Misión de Policía de la Unión Europea en el marco de la reforma del sector de la seguridad (RSS) y su interrelación con la justicia en la República Democrática del Congo (EUPOL RD Congo).

(2)

El 23 de junio de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/485/PESC (2), por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2007/405/PESC hasta el 30 de junio de 2009.

(3)

A raíz de las consultas con las autoridades congoleñas y otras partes implicadas, resulta necesario prorrogar la Misión por un período adicional. El 10 de marzo de 2009, el Comité Político y de Seguridad recomendó que la Misión se prorrogase por 12 meses más.

(4)

Procede modificar la Acción Común 2007/405/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2007/405/PESC se modifica como sigue:

1)

En el artículo 9, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de julio de 2007 y el 30 de junio de 2008 será de 5 500 000 EUR.

El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 31 de octubre de 2009 será de 6 920 000 EUR.

El Consejo establecerá un nuevo importe de referencia financiero con el fin de cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 y el 30 de junio de 2010.».

2)

En el artículo 16, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

«Expirará el 30 de junio de 2010.».

Artículo 2

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 15 de junio de 2009.

Por el Consejo

El Presidente

J. KOHOUT


(1)  DO L 151 de 13.6.2007, p. 46.

(2)  DO L 164 de 25.6.2008, p. 44.


Top