This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52002PC0751
Proposal for a Decision of the European Parliament and of the Council adopting a multi-annual programme (2004-2006) for the effective integration of Information and Communication Technologies (ICT) in education and training systems in Europe (eLearning Programme)
Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa plurianual (2004-2006) para la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación en Europa (programa eLearning)
Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa plurianual (2004-2006) para la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación en Europa (programa eLearning)
/* COM/2002/0751 final - COD 2002/0303 */
Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa plurianual (2004-2006) para la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación en Europa (programa eLearning) /* COM/2002/0751 final - COD 2002/0303 */
Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se adopta un programa plurianual (2004-2006) para la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación en Europa (programa eLearning) (presentada por la Comisión) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. Introducción En el último decenio, la expansión de Internet ha permitido, como nunca hasta ahora, acceder a toda una riqueza de información y recursos. Para construir la sociedad europea del conocimiento es fundamental el pleno desarrollo del potencial que tiene Internet para mejorar el acceso a la educación y la formación y elevar la calidad del aprendizaje. No sólo la educación, sino también la cohesión social y la competitividad de Europa dependen cada vez más de su capacidad para adaptar los sistemas de educación y formación, a fin de hacer realidad ese potencial. En el plan de acción eLearning [1], el «aprendizaje electrónico» (e-Learning) se define como «la utilización de las nuevas tecnologías multimediales y de Internet, para mejorar la calidad del aprendizaje facilitando el acceso a recursos y servicios, así como los intercambios y la colaboración a distancia». Sin embargo, el «aprendizaje electrónico» se ha convertido en la marca característica de una concepción según la cual el aprendizaje por medio de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) es un componente integral de los sistemas de educación y formación. En este contexto, la capacidad de manejar las TIC pasa a ser una nueva forma de alfabetización: la «alfabetización digital». Así pues, la alfabetización digital es ahora tan importante como lo eran hace un siglo la alfabetización y el cálculo elemental «clásicos»; sin ella, los ciudadanos no pueden ni participar plenamente en la sociedad ni adquirir las capacidades y los conocimientos necesarios para el siglo XXI. [1] COM(2001) 172 final. Teniendo esto presente, los Consejos de Lisboa, Estocolmo y Barcelona [2] pidieron una actuación constante a nivel nacional y comunitario en pos de la integración de las TIC en los sistemas de educación y formación, con plena conciencia de la necesidad de garantizar la cohesión social. [2] Lisboa: CS(2000) 6557; Estocolmo: CS(2001) 7001; Barcelona: CS(2002) 6856-1. 2. Política de la UE para integrar las TIC en la educación y la formación Las conclusiones del Consejo de Lisboa marcan una línea divisoria en la cooperación europea en materia de educación y formación. Colocan firmemente la educación y la formación en un lugar prioritario de la agenda política de la UE; instan a adaptar los sistemas de educación y formación a la sociedad del conocimiento y, en particular, piden que se integren efectivamente las tecnologías de la información y la comunicación. Los ulteriores Consejos de primavera de Estocolmo, en 2001, y Barcelona, en 2002, siguieron desarrollando las conclusiones de Lisboa, y confirmaron lo importante que es para la sociedad europea del conocimiento hacer un uso mejor y eficaz de las TIC. Los planes de acción eEurope 2002 [3] y eEurope 2005 [4] adoptados por dichos Consejos caracterizaron al aprendizaje electrónico como una prioridad de primer orden, y fijaron ambiciosos objetivos con respecto a la infraestructura, el equipamiento y la formación básica que son requisitos previos para su integración. La iniciativa eLearning [5] ahonda en estos objetivos desde el punto de vista de la educación, subrayando la necesidad de planteamientos pedagógicos innovadores y de objetivos ambiciosos en relación con la calidad del aprendizaje y la facilidad de acceso a los recursos y servicios de aprendizaje electrónico. También hace hincapié en la necesidad de eliminar otros obstáculos estructurales a la innovación, como son las barreras organizativas y jurídicas y la manera en que se evalúan y certifican los conocimientos y las competencias. [3] eEurope 2002 COM(2000) 783. [4] eEurope 2005 COM(2002) 263 final. [5] COM(2000) 318 final. El Consejo de Ministros, en su Resolución relativa al eLearning de 13 de julio de 2001 [6], aprobó la iniciativa y reconoció la importancia de las TIC para la educación y la formación, invitando a los Estados miembros a que «prosigan su labor referente a la integración efectiva de las TIC en los sistemas de educación y formación en cuanto aspecto importante de la adaptación de esos sistemas». Dicha Resolución siguió al Informe del Consejo de Educación sobre los «Futuros objetivos precisos de los sistemas educativos» [7], que destaca la importancia de las TIC en los modernos sistemas de educación y formación y confirma que son cada vez más esenciales en los entornos de aprendizaje abiertos y la enseñanza virtual. [6] Resolución del Consejo sobre el eLearning: DO C 204 de 20.7.2001, p. 6-7. [7] COM(2001) 59 final. Se ha prestado una atención especial a la lucha contra la «brecha digital». En el contexto del proceso de Luxemburgo, el Consejo instó a los Estados miembros a que pusieran «al alcance de todos los ciudadanos el aprendizaje informático» [8], y, en su Resolución de 18 de octubre de 2001 [9], los animaba a que tomaran medidas en relación con el aprendizaje electrónico para que las personas desfavorecidas puedan participar plenamente en la sociedad del conocimiento. Los planes nacionales anuales de acción para el empleo informan del uso de las TIC en fomento de la empleabilidad y la flexibilidad, y como herramienta dirigida a satisfacer las necesidades específicas de los grupos desfavorecidos y «de riesgo». A esta tarea se dedica una gran parte de los Fondos Estructurales. [8] COM(2001) 669 final, «Propuesta modificada de Decisión del Consejo relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros para el año 2002». [9] DO C 292 de 18.10.2001, p. 6-8. Estos esfuerzos están dando frutos prometedores. La evaluación comparativa de eEurope [10] «Acceso de la juventud europea a la era digital» correspondiente a los años 2001 y 2002 muestra que los objetivos iniciales de eEurope de conectar todas las escuelas a Internet y de formar a un número suficiente de profesores se han logrado, y que, por lo tanto, debe ahora ponerse más atención en mejorar el marco del aprendizaje electrónico, integrar las TIC en los sistemas de educación y formación y aumentar la calidad de la infraestructura de telecomunicaciones (banda ancha). [10] SEC(2001) 1583. El Parlamento Europeo no sólo aprobó la iniciativa eLearning en su Informe sobre el eLearning [11], sino que, además, propuso una nueva asignación presupuestaria para estudiar las posibilidades de una actuación europea innovadora en este campo. Con dicho presupuesto se han iniciado en los dos últimos años una serie de proyectos y estudios estratégicos cuyos resultados hasta la fecha apuntan a un efecto positivo de estas acciones comunitarias; por ello, el Parlamento Europeo ha vuelto a reiterar su solicitud de un programa específico dedicado al aprendizaje electrónico. [11] A5-152/2001. Las actividades recientes se cimientan en los éxitos del pasado. Hace tiempo que la Comisión Europea inició acciones pioneras en el uso de las nuevas tecnologías en la educación; los objetivos generales de la cooperación europea en este ámbito quedaron ya reflejados en las resoluciones del Consejo de 1983 [12] sobre medidas para introducir en la educación las nuevas tecnologías de la información. [12] CS(1983) 7469. La Comisión Europea ha apoyado también el uso de las nuevas tecnologías en la educación en sus sucesivos programas marco de investigación, empezando por el programa DELTA [13]. Dentro del programa dedicado a la tecnología de la sociedad de la información se han llevado a cabo muchos proyectos piloto en el ámbito de las universidades flexibles, el aprendizaje en el trabajo, el ciudadano que aprende y la escuela del mañana. En el marco de la investigación a largo plazo, se han dedicado esfuerzos especiales para anticipar los entornos escolares experimentales. [13] DELTA - ESPRIT; COM(1987) 359 final. En la Resolución del Consejo de 1996 relativa a los software educativos multimedia en el campo de la educación y de la formación [14] se pedía, por primera vez, un planteamiento integrado que abarcara todos los programas pertinentes. [14] COM(1996) 120 final. Por otro lado, los programas clave de la UE en materia de educación y formación, Sócrates [15] y Leonardo da Vinci [16], ambos en su segunda generación, tienen plenamente en cuenta las nuevas tecnologías. Sócrates tiene una línea específica, Minerva, dedicada al aprendizaje abierto y a distancia y al uso educativo de las TIC, que ha ejercido una influencia decisiva en la creación e interconexión de redes europeas para la cooperación a todos los niveles educativos. Erasmus y Comenius, las acciones de Sócrates para la educación superior y escolar, hacen un amplio uso de las nuevas tecnologías. En la nueva acción Grundtvig de Sócrates, dedicada a la educación de adultos y al aprendizaje permanente, las nuevas tecnologías se consideran una herramienta cotidiana. Leonardo da Vinci, en particular, ha sido un programa guiado por la innovación, y está en el origen de un creciente número de productos, servicios y redes para la mejora de la formación a todos los niveles y el fomento del aprendizaje permanente. [15] COM(1994) 502 final. [16] COM(1994) 215 final. A nivel nacional, casi todos los países tienen su propio plan de acción para promover el uso de las TIC en la educación y la formación; a menudo, esto supone un apoyo directo a experimentos locales en todos los niveles de educación y formación, en particular para formar a los profesores y formadores. Existe una rica experiencia, que en algunos casos se encuentra ya en la tercera o la cuarta «generación» de políticas documentadas, que está basada en la evaluación de los esfuerzos realizados e incluye una amplia consulta con los profesionales de la educación. En todos los Estados miembros se consideran necesarias políticas específicas para integrar las TIC en los sistemas de educación y formación. En el marco de la iniciativa eLearning se ha iniciado una estrecha colaboración con los Estados miembros en varios ámbitos, como son el de la educación de los profesores, la pedagogía, los nuevos entornos de aprendizaje, o las universidades virtuales. Esta cooperación debería tener un seguimiento en el contexto del nuevo programa eLearning, con vistas al análisis y al aprovechamiento conjuntos de la experiencia y a la identificación de buenas prácticas y de los distintos planteamientos ante cuestiones de interés común. 3. Retos y oportunidades 3.1. Modernizar los sistemas europeos de educación y formación 3.1.1. Educación superior Las universidades e instituciones de educación superior son agentes clave en la producción y difusión de conocimientos, en el desarrollo de la investigación sociológica, pedagógica y tecnológica, en la formación de profesores y formadores y en el desarrollo profesional continuo, seña de identidad de la sociedad del conocimiento. Cada vez utilizan más el aprendizaje electrónico como fuente de valor añadido para sus alumnos y para proporcionar una vía de aprendizaje flexible y virtual, dentro y fuera del campus, a través de los recursos en la web. A fin de responder a un mercado de la educación en permanente cambio y a los retos que plantea la competencia mundial, algunas universidades están concluyendo acuerdos de colaboración estratégicos y adoptando nuevos modelos empresariales. Sin embargo, hasta la fecha siguen siendo las instituciones de prestigio bien establecidas las que cosechan más éxitos, frente a las nuevas empresas de riesgo globales que, en su mayor parte, no han logrado establecer modelos empresariales duraderos ni mantener unos niveles de aprendizaje elevados. El «aprendizaje electrónico», más que una revolución, está demostrando ser una importante evolución. A nivel europeo se ha establecido una cooperación prometedora en el mundo universitario. Más de setecientas universidades europeas han participado en proyectos de colaboración a gran escala y en una reflexión profunda sobre la organización de las universidades y sobre los requisitos pedagógicos que han de engarzarse en la aplicación de nuevos planteamientos y modelos educativos. En algunos casos, la competencia puede ir en contra de la voluntad política de cooperar, pero, al mismo tiempo, aportar nuevas oportunidades de financiación e investigación para las universidades europeas. Los experimentos piloto en el ámbito del aprendizaje electrónico (aprendizaje abierto y a distancia, campus y universidades virtuales, movilidad virtual) han ofrecido también una buena ocasión para replantearse la organización de las universidades, los programas de estudios o la estrategia europea, así como para evaluar el impacto de las TIC en cuanto a la interacción entre profesores y alumnos, abordar la cuestión de la apertura de las universidades a nuevas audiencias y dar respuesta a los requisitos relacionados con el desarrollo profesional continuo y el aprendizaje permanente. Otros proyectos piloto han puesto de manifiesto el potencial de unos servicios de aprendizaje electrónico de alto nivel, dirigidos a profesionales o clientes corporativos, como fuente de ingresos para las universidades. En el ámbito de la educación a distancia, representantes de diez redes, entre ellas la European Association of Distance Teaching Universities (EADTU, Asociación Europea de Universidades de Educación a Distancia) o la European Federation for the Education of the Children of the Occupational Travellers (EFECOT, Federación Europea para la Educación de los Hijos de Trabajadores Itinerantes), se han unido para formar un «Liaison Committee of the European Open and Distance Learning Networks» (Comité de enlace de las redes europeas de aprendizaje abierto y a distancia) [17]. La European Association of Universities (Asociación Europea de Universidades), que reúne a más de quinientas universidades, es observadora permanente de dicho «Comité de enlace». [17] Sitio Internet y vínculos a las trece instituciones miembros, que agrupan a la mayoría de universidades europeas: http://www.odl-liaison.org. Como preparativo para la elaboración del presente programa eLearning se creó un grupo de trabajo ad hoc integrado por representantes de universidades tradicionales y de enseñanza abierta y a distancia. Los participantes llegaron a la conclusión de que un programa eLearning ayudaría a clarificar el «por qué» y el «cómo» utilizar las TIC en la educación, y de que la actuación debería centrarse en los métodos y modalidades de educación innovadores. Los campus virtuales y los recursos basados en la web pueden llegar a nuevos alumnos y satisfacer exigencias educativas que hasta ahora no han sido atendidas correctamente. Los miembros de este grupo de trabajo recomendaron seguir estudiando la experiencia existente en las universidades europeas, mejorar el seguimiento y tomar como base lo ya conseguido. Deben analizarse mejor las distintas posibilidades de universidad virtual, con vistas a una posible transferencia por toda Europa. 3.1.2. Centros escolares En los centros escolares observamos una atención cada vez mayor en la calidad de los productos y servicios de aprendizaje electrónico y en el contexto pedagógico en que se utilizan. Estamos pasando de las cuestiones relacionadas con la conexión y la infraestructura a otras asociadas al contenido, la formación de los profesores y las implicaciones organizativas, en especial las nuevas interacciones sociales dentro y fuera de los centros escolares. Por lo que se refiere a la formación de los profesores y la gestión de los centros escolares, la tendencia ahora es centrarse menos en el aspecto «electrónico» del proceso de aprendizaje electrónico y más en lo que es el «aprendizaje» en sí. El que la utilización de los nuevos contenidos y servicios ofrezca resultados positivos depende en gran medida de la calidad de la docencia y del compromiso del personal docente. Cuando pueden acceder a una formación más avanzada, los profesores encuentran apoyo para colaborar más estrechamente, diseñar recursos educativos, evaluar su propia actividad docente y utilizar la tecnología como herramienta para mejorar su planteamiento del aprendizaje y la enseñanza. A este respecto, el contexto pedagógico es muy importante, y queda todavía camino por recorrer para llegar a entender cuáles son los factores de éxito que determinan las buenas prácticas. También en el ámbito escolar se ha implantado una cooperación europea prometedora. Más de cinco mil centros han participado directa o indirectamente en acciones apoyadas por los programas educativos europeos. La mayoría de los experimentos piloto demuestran que la innovación es el resultado de la interacción entre tres series de parámetros: uso de las TIC, planteamientos del aprendizaje y contextos educativos específicos. Esto plantea cuestiones acerca, por ejemplo, de la actual organización del espacio de aprendizaje y del tiempo que se pasa en el centro escolar. Entre los ámbitos de cooperación prometedores merece la pena citar la creación y el desarrollo de la Red europea de centros escolares (EUN), constituida en 1998 para que los ministerios de educación de los Estados miembros cooperen en cuestiones relacionadas con las TIC en la educación. La Red está integrada por veintitrés ministerios de educación de toda Europa y gestiona una serie de proyectos de investigación importantes, así como una red de centros escolares innovadores y varios servicios de concienciación y comunicación. Los portales de la EUN [18] ofrecen vínculos con los de los ministerios de educación participantes y con recursos de aprendizaje electrónico desarrollados por profesores. [18] www.eun.org y schoolnet.eun.org. Durante la preparación del programa eLearning se organizaron varios talleres. En ellos se llegó a la conclusión de que era importante analizar mejor el proceso de aprendizaje y las contribuciones específicas que pueden aportar las TIC en los diferentes contextos. Ahora más que nunca, la atención se centra en evaluar y comprender el valor añadido que ofrecen las TIC al aprendizaje, así como en los aspectos relacionados con el aprendizaje y la comunicación, más que en los tecnológicos. Otros talleres, organizados como seguimiento al informe «Futuros objetivos precisos de los sistemas educativos», concluyeron que era necesario efectuar un seguimiento, una evaluación y una revisión inter pares de las prácticas y la experiencia en este ámbito de la educación. En la Cumbre europea de Barcelona, los Jefes de Estado y de Gobierno pidieron a la Comisión que informara de la viabilidad del hermanamiento de centros escolares a nivel europeo. El informe elaborado por la Comisión [19] describe en detalle las ventajas de utilizar las TIC como apoyo de la movilidad virtual y física, y para alcanzar el objetivo de que todos los jóvenes europeos, durante su periodo escolar, participen con sus profesores en un proyecto educativo con alumnos y profesores de otros países europeos. Esto podría constituir un hito decisivo en el fomento de la dimensión europea de la educación y en la concienciación de los jóvenes con respecto al modelo social europeo, multilingüe y multicultural. Las comunidades de aprendizaje electrónico con base en Internet pueden ayudar a mejorar el aprendizaje de idiomas, el diálogo intercultural y la mutua comprensión. [19] Informe sobre el hermanamiento: COM(2002) 283/F-1. 3.1.3. Aprender en el trabajo En el lugar de trabajo se ha hecho hincapié en el ahorro de costes y en una educación y formación flexibles y conforme a las necesidades, integradas en el entorno del trabajador. En un contexto en el que las nuevas capacidades y competencias deben ajustarse a las necesidades rápidamente cambiantes de las empresas y del mercado de trabajo, el aprendizaje electrónico está demostrando ser muy popular como solución rentable (por ejemplo, hasta un 60 % de las necesidades de formación de los principales agentes del sector de las TIC se satisfacen actualmente con el aprendizaje electrónico). En este terreno, uno de los participantes más avanzados son las «universidades corporativas», sobre todo en el sector de la informática. Para las PYME, las ventajas de emplear estos métodos parecen evidentes, pues no pueden afrontar los costes en dinero y tiempo que supone la formación de su personal. Sin embargo, hay que seguir esforzándose para que las pequeñas empresas entiendan, configuren y utilicen las herramientas y los métodos de aprendizaje electrónico de acuerdo con sus propias necesidades. El aprendizaje electrónico resulta especialmente ventajoso cuando se trata de actualizar la información y los contenidos al mismo ritmo con que cambian las necesidades empresariales, ambientales y reguladoras. Por ejemplo, un curso de aprendizaje electrónico que ofrece ayuda a los obreros de pequeñas fundiciones puede adaptarse rápidamente para reflejar los cambios introducidos en la reglamentación relativa al uso de productos químicos en el lugar de trabajo. La Comunicación sobre la economía electrónica [20] pone de relieve la necesidad de suplir las escaseces de mano de obra con formación en TIC y negocio electrónico y, en este contexto, de promover la aplicación de soluciones de aprendizaje electrónico. La Cumbre sobre las capacidades electrónicas (e-Skills Summit) pidió también que aumentara la inversión en el aprendizaje permanente apoyado en el aprendizaje electrónico [21]. [20] COM(2001) 711 final (29.11.2001). [21] European e-Skills Summit Declaration, 16-18 de octubre de 2002, Copenhague, borrador final. A las personas se les pide cada vez más que asuman una mayor responsabilidad y un mayor control con respecto a su propio aprendizaje. Los empleadores están pasando de un sistema centralizado de formación estándar a otro en el que invierten en el autoaprendizaje de sus empleados. El aprendizaje electrónico facilita este proceso en el que se faculta al individuo para que ajuste sus propias necesidades de desarrollo personal a las de un entorno de trabajo en rápida mutación. Como tal, el aprendizaje electrónico contribuye a desarrollar el capital humano y a mejorar la calidad del trabajo [22]. [22] COM(2001) 313 final de 20.6.2001, Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Políticas sociales y de empleo - Un marco para invertir en la calidad. 3.2. El modelo emergente del aprendizaje permanente La Comunicación de la Comisión «Hacer realidad un espacio Europeo del aprendizaje permanente» [23], así como el documento de trabajo de los servicios de la Comisión y la Resolución del Consejo sobre el potencial de la sociedad de la información para fomentar la inclusión social (e Inclusion) [24], identifican el aprendizaje electrónico como un medio importante para su aplicación. [23] COM(2001) 678 final. [24] SEC(2001) 1428 (18.9.2001) Los grupos de trabajo que funcionan en estos ámbitos apuntan la creciente necesidad de información y orientación sobre los métodos y recursos de aprendizaje electrónico y de puntos de acceso públicos en Internet, que deberían estar disponibles en bibliotecas, instituciones culturales y otras instituciones públicas, así como en otros lugares de fácil acceso, con un planteamiento orientado al usuario. Las autoridades locales y regionales tienen un papel importante que desempeñar en este contexto. Existe también una necesidad imperiosa de políticas públicas que actúen como fuerza motriz en el fomento de la motivación para aprender y la valorización de lo aprendido. A fin de mejorar la contribución del aprendizaje electrónico al proceso de aprendizaje, es importante que sus productos y métodos puedan dar cabida a las necesidades y estilos de aprendizaje individuales, y que no estén basados en una filosofía de «talla única» en la que los alumnos estén considerados como «unidades» estándar. Si el aprendizaje electrónico ha de contribuir eficazmente al objetivo esencial de «hacer realidad un espacio Europeo del aprendizaje permanente», los profesores y formadores tienen un importante papel que desempeñar no sólo en la utilización de los recursos disponibles, sino también en su desarrollo, aportando ideas, comentarios y consejos a los productores de estos materiales en relación con su calidad y su flexibilidad para responder a las diferentes necesidades. Además, los productos y servicios de aprendizaje electrónico deberían tener en cuenta los estilos personales de aprendizaje y ayudar a fomentar la responsabilidad y la participación de la persona en el proceso de aprendizaje permanente. 3.3. Asociación público-privada La necesidad de oportunidades de educación y formación a lo largo de toda la vida requiere a su vez nuevos modelos de servicios y de financiación de los recursos de aprendizaje. El Consejo de Lisboa pide, por ejemplo, que se creen bases de datos de oportunidades de aprendizaje conectadas con bases de datos de ofertas de empleo. Resalta, asimismo, la responsabilidad social de las empresas para que colaboren en el cumplimiento de estas nuevas exigencias, que, en general, conducen al desarrollo de su principal activo: una mano de obra bien formada. El Comité de las Regiones ha subrayado que las autoridades locales y regionales, las organizaciones no gubernamentales (ONG) y los interlocutores sociales deberían participar en asociaciones público-privadas, pues los agentes a pie de calle tienen un papel importante en la consecución de los objetivos de aprendizaje. En la Cumbre sobre el aprendizaje electrónico (eLearning Summit) [25], celebrada los días 10 y 11 de mayo de 2001, se inició una cooperación prometedora; en esta Cumbre se fomentaron asociaciones eficaces entre autoridades públicas y empresas de TIC, aprendizaje electrónico y medios. Como resultado de la Cumbre, la industria creó, en abril de 2002, el eLearning Industry Group (eLIG, Grupo de la industria del aprendizaje electrónico), un grupo de trabajo autónomo que trabajará con la Comisión Europea, los gobiernos nacionales y el mundo académico para emprender proyectos innovadores que promuevan el despliegue del aprendizaje electrónico en Europa. [25] European eLearning summit Declaration Final 18-5 (La Hulpe, 10-11.5.2001). El eLIG [26] asesorará a la Comisión Europea y a los gobiernos nacionales de toda Europa en ámbitos tales como la infraestructura de TIC, el establecimiento de normas abiertas que faciliten el intercambio de contenidos de aprendizaje electrónico y el desarrollo de un mercado sostenible de dichos contenidos y de las capacidades profesionales y personales esenciales. Este grupo ha decidido llevar a cabo cuatro proyectos para el desarrollo del aprendizaje electrónico en Europa que se corresponden con las prioridades generales establecidas en los programas europeos de investigación y educación, a saber: conexión, normas abiertas en materia de aprendizaje electrónico, desarrollo profesional de profesores y formadores, y plataformas europeas de distribución e intercambio de contenidos de aprendizaje electrónico. [26] Los miembros fundadores y socios principales del eLIG son: 3Com, Accenture, Apple, BT, Cisco, Digitalbrain, IBM, Intel, Line Communications, NIIT, Nokia, Online Courseware Factory, Sanoma WSOY, Sun Microsystems y Vivendi Universal Publishing. 3.4. Contenidos y servicios de calidad Las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) tienen un importante potencial de mejora de la educación y la formación. Sirven de apoyo a los procesos de aprendizaje, mejorando la comunicación, el descubrimiento, la simulación, la exploración, la resolución de problemas, etc. El programa se dirigirá especialmente a arrojar luz sobre las contribuciones específicas que pueden aportar las TIC en estos distintos contextos, y a crear un entorno que favorezca el desarrollo de contenidos y servicios de aprendizaje electrónico de calidad. Los métodos de aprendizaje pueden implicar cambios radicales en la definición de los contenidos y las materias que han de estudiarse, en las aptitudes --que uno puede aprender a través de los diferentes medios-- y en los mecanismos cognitivos que se ponen en marcha en el planteamiento de las diversas materias. Muchos intentos anteriores relacionados con el aprendizaje electrónico fracasaron por no analizar bien las necesidades de la persona que aprende y el carácter de lo que se ha de aprender. A menudo aislaban a la persona, sin dar apenas, o en absoluto, ocasión de interacción social. Imponían el modo de aprender, con poca flexibilidad y sin posibilidad de adaptación a las necesidades de cada cual. Sin embargo, merced a un mejor entendimiento de sus mecanismos (cómo y cuándo debe utilizarse) y a los continuos avances tecnológicos (en especial las oportunidades que ofrece Internet), el aprendizaje electrónico comienza a desvelar sus ventajas reales. Cada vez hay más oportunidades de interacción --cara a cara o a distancia-- combinando los itinerarios educativos tradicionales y los innovadores. La exigencia de unos planteamientos nuevos respecto de los contenidos y los servicios es un aspecto esencial del planteamiento «mixto» y flexible de la oferta de aprendizaje electrónico. Mientras que la Comisión no puede participar por sí misma en la producción de contenidos y en el establecimiento de servicios nuevos, sí que puede hacer mucho para crear las condiciones adecuadas para la sostenibilidad de los mercados y las inversiones públicas. En particular, debe tener en cuenta las cuestiones relacionadas con los derechos de propiedad intelectual, los acuerdos sobre derechos de autor, los nuevos métodos de distribución, el fomento de normas aceptadas a nivel internacional y los softwares abiertos. En cuanto al mercado global de los productos y servicios de aprendizaje electrónico, se espera que en los próximos años experimente un fuerte crecimiento, lo que supone simultáneamente un reto y una oportunidad para los sistemas educativos europeos y para los sectores económicos relacionados, como el de las editoriales multimedia. Sin embargo, las recientes tendencias a la baja en el sector de las TIC y las consolidaciones en el mercado de los productos de aprendizaje electrónico han demostrado que quizá la transición no sea tan rápida o tan sencilla como se esperaba en un principio. Esto ofrece al mismo tiempo al sector multimedia europeo la posibilidad de recuperarse. Es necesario entender y analizar los factores que permiten garantizar la calidad de los productos educativos que han de resultar de las inversiones públicas y privadas. 3.5. Contrarrestar la brecha digital El desarrollo de la sociedad y la economía del conocimiento conlleva el riesgo de una nueva desventaja social: la brecha digital. El no disponer de un fácil acceso a Internet, o el no ser capaz de manejar con soltura las herramientas de las TIC, se está convirtiendo en un obstáculo para la integración social y el desarrollo personal. Por ejemplo, en unos pocos años el uso de herramientas basadas en las TIC ha pasado a ser un requisito para la mayoría de los puestos de trabajo de la industria y los servicios. El gobierno electrónico abre a los ciudadanos una vía de acceso a la administración pública mucho más fácil y manejable. Lo mismo cabe decir de los servicios sanitarios electrónicos. Sin embargo, lo que para unos es un avance, para otros puede representar un obstáculo adicional. Esto es lo que ocurre con las personas y los grupos que ya son víctimas de otras formas de exclusión social. Un elemento importante en la lucha contra la brecha digital entra en el ámbito de la educación, a saber, el fomento de la alfabetización digital. Tiene que abordarse todo el espectro de la alfabetización digital, teniendo en cuenta que el uso de Internet y los aparatos electrónicos puede estar integrado de maneras muy diversas en las actividades cotidianas. Por un lado, el uso de Internet presupone un buen manejo de la lengua materna y otras lenguas, y disponer de unas capacidades informáticas básicas. Por otro, se requiere toda una gama de competencias nuevas: competencias mediáticas; creación, producción y utilización de nuevos servicios digitales; diseño de nuevos objetos y juegos educativos. Los países europeos deberían analizar todas las aptitudes que son necesarias y revisar la docencia de las capacidades educativas básicas. Sólo entonces podrá servir Internet como estímulo para aprender, ampliando las fronteras físicas del aula mediante el acceso a otros entornos de información y comunicación. Las conclusiones del Consejo de Lisboa, informe político sobre el desarrollo de la sociedad europea del conocimiento, subrayan la importancia de un planteamiento basado en la cohesión social, a fin de evitar la brecha digital. La acción comunitaria en este ámbito se pone en marcha, en gran medida, a través de los Fondos Estructurales. El Fondo Europeo de Desarrollo Regional financia iniciativas regionales relacionadas con la sociedad de la información y acciones innovadoras, muchas de las cuales tienen componentes importantes en materia de educación y formación. El Fondo social se ocupa de las necesidades de las categorías de usuarios menos favorecidas, en particular de las personas en paro --o de aquellas que corren el riesgo de perder su trabajo--, de quienes viven en regiones aisladas o zonas deprimidas o de quienes tienen necesidades o problemas especiales. La experiencia adquirida con estas acciones debería aprovecharse en favor de otras regiones y otros usuarios, facilitando el intercambio de buenas prácticas y estableciendo vínculos con la política de educación y formación, de carácter más amplio. 4. La necesidad de acciones específicas Lo expuesto anteriormente pone de manifiesto lo importante que es hacer frente a los retos relacionados con el aprendizaje electrónico. Son muchos los instrumentos y programas comunitarios existentes que pueden servir para el desarrollo del aprendizaje electrónico, desde la política regional o de telecomunicaciones a la investigación tecnológica avanzada o los derechos de propiedad intelectual (reglamento), por no hablar de los programas de educación y formación. Sin embargo, y a pesar de su potencial sinergia, estas acciones están con frecuencia desconectadas y sus resultados no se conocen lo suficiente. El objetivo del plan de acción eLearning consistente en una mayor visibilidad y coherencia pretendía solucionar precisamente estos problemas. La presente propuesta de convertir el plan de acción en un programa tiene como objetivo completar sus acciones de seguimiento y coordinación con un conjunto selecto de acciones estratégicas específicas en ámbitos de gran prioridad. Tales acciones han de hacer posible que se comprendan mejor el verdadero impacto de las TIC e Internet en esos ámbitos prioritarios y los verdaderos problemas y oportunidades que las TIC suponen para ellos, y que se determinen los factores clave para hacer un uso eficaz de estas tecnologías, así como la manera de utilizarlas. También han de resultar en una mejor estructuración de la cooperación europea en esos ámbitos y fomentar el desarrollo de métodos, contenidos y servicios de aprendizaje electrónico, así como estimular la cooperación y el debate. La naturaleza de las acciones propuestas hace que traspasen los límites tradicionales de la educación escolar, la educación superior, la formación profesional y el aprendizaje de adultos. De hecho, el aprendizaje electrónico abre las puertas a toda una serie de asociaciones de colaboración posibles: público-públicas, público-privadas y privado-privadas. Por ejemplo, los centros escolares están llamados a colaborar más estrechamente con universidades y otras fuentes de conocimiento, como museos, centros culturales, fábricas, hospitales, bibliotecas, etc.; las universidades y los centros de formación profesional pueden cooperar con la industria para ofrecer plazas de aprendiz virtuales y un aprendizaje más contextual; las PYME están llamadas a colaborar con las administraciones locales o regionales y con las asociaciones industriales en relación con las necesidades de formación comunes. Si bien los actuales programas de educación y formación de Sócrates y Leonardo da Vinci apoyan ya el uso de las nuevas tecnologías en los sectores, respectivamente, de la educación y la formación, sólo es posible hacer realidad todas las ventajas del aprendizaje electrónico con un programa que trascienda los límites de la educación y la formación, desde una auténtica perspectiva de aprendizaje permanente. Además, un programa nuevo permitiría probar nuevos modos de actuar, más flexibles y más en armonía con el carácter innovador del aprendizaje electrónico. 5. prioridades y objetivos Se propone la adopción de un programa de apoyo económico con el objetivo global de mejorar la calidad y la accesibilidad de los sistemas europeos de educación y formación mediante la integración eficaz de las nuevas tecnologías (aprendizaje electrónico), como apoyo y complemento de las acciones de los Estados miembros en este ámbito. Este programa ha de constituir una aportación sustancial a la estrategia de Lisboa. Ante las estrictas restricciones presupuestarias, debe establecerse una selección de ámbitos prioritarios para el programa eLearning. Dicha selección es el resultado de una serie de consultas entabladas con redes europeas de educación, grupos de trabajo y expertos, y se basa en la experiencia adquirida con el plan de acción. A continuación se exponen los cuatro ámbitos prioritarios propuestos, junto con sus objetivos. El programa eLearning pretende abordar cada uno de estos cuatro ámbitos prioritarios de una manera coherente, proporcionando información relevante para el diseño de las políticas, facilitando el intercambio de experiencias y buenas prácticas y tomando como base los valiosos recursos europeos de aprendizaje electrónico: - Contrarrestar la brecha digital. Las acciones en este ámbito abordarán la aportación de las TIC al aprendizaje, en particular para quienes --debido a su situación geográfica o social o a sus necesidades especiales-- no pueden aprovechar la oferta tradicional de educación y formación. El objetivo es concienciar y demostrar cómo las TIC pueden ayudar a estos grupos menos favorecidos a adquirir las capacidades educativas básicas y las nuevas competencias que son necesarias en la sociedad del conocimiento. Se identificarán buenos ejemplos y se constituirán sinergias entre los muchos proyectos nacionales y europeos dirigidos a estos grupos. - Universidades e instituciones de educación superior. La prioridad en este caso es integrar mejor la dimensión virtual en la movilidad física, el aseguramiento de la calidad y los planes de reconocimiento mutuo del Proceso de Bolonia. El objetivo es fomentar el desarrollo de nuevos modelos organizativos para las universidades europeas (campus virtual) y para los planes europeos de intercambio y puesta en común (movilidad virtual), tomando como base los marcos de cooperación europeos ya existentes (programa Erasmus, proceso de Bolonia), así como imbuir del concepto de aprendizaje electrónico a sus herramientas operativas (ECTS [Sistema Europeo de Transferencia de Créditos], masters europeos; aseguramiento de la calidad; movilidad). - Hermanamiento de centros escolares vía Internet. Esta prioridad llevará a la práctica una petición del Consejo Europeo de Barcelona, que señaló el hermanamiento de centros escolares como una oportunidad para los jóvenes de aprender y practicar con las TIC, y como medio de concienciación respecto del modelo social europeo, multilingüe y multicultural. El objetivo es reforzar y desarrollar las redes escolares, en particular por medio de un plan a escala europea de hermanamiento de centros que permitiría a todos los centros escolares europeos establecer asociaciones pedagógicas con otro centro de Europa, fomentando así el aprendizaje de idiomas y el diálogo intercultural. - Acciones transversales para el fomento del aprendizaje electrónico en Europa, continuando el seguimiento del plan de acción eLearning. Los objetivos son la difusión, promoción y adopción de las buenas prácticas y los productos resultantes de los muchos proyectos y programas financiados a nivel europeo o por los Estados miembros, y reforzar la cooperación entre los diversos agentes participantes, en particular promoviendo las asociaciones público-privadas. Para alcanzar estos objetivos, el programa financiará los siguientes tipos de acciones: - Un conjunto estratégico de acciones relacionadas con los objetivos señalados, como, por ejemplo, análisis de resultados e intercambio de experiencias europeas en relación con centros públicos de aprendizaje polivalentes; aspectos específicamente relacionados con el aprendizaje electrónico para los acuerdos de cooperación universitaria en el marco de Erasmus, o una red regional de apoyo y orientación pedagógica en el hermanamiento de centros escolares. - Un conjunto estratégico de acciones dirigidas a la identificación, el análisis y el intercambio sistemáticos de buenas prácticas mediante talleres, seminarios, estudios, informes, etc. ad hoc, apoyados por una «infraestructura virtual» europea para la cooperación y el intercambio (por ejemplo, el portal europeo del aprendizaje electrónico). - Diseño y desarrollo de herramientas de seguimiento, análisis y previsión para el aprendizaje electrónico en Europa, incluida la financiación de encuestas y estudios específicos y de actividades de recopilación de información sobre el uso real del aprendizaje electrónico en los distintos contextos educativos, y la cooperación con los proyectos internacionales existentes (por ejemplo, PISA-OCDE). - Diseño de una estructura virtual para el suministro de información pertinente y actualizada sobre el aprendizaje electrónico en Europa, dirigida a cubrir necesidades académicas, industriales o relacionadas con el diseño de las políticas, basada en las acciones anteriores y en cooperación con Eurostat, el Banco Europeo de Inversiones y la OCDE. - Seguimiento del plan de acción eLearning; agrupamiento de los proyectos pertinentes dedicados al aprendizaje electrónico dentro de los programas de educación, formación, investigación y otros, así como de los Fondos Estructurales, a fin de establecer una sinergia eficaz y de alcanzar la «masa crítica» necesaria para que los sistemas de educación y formación adopten el aprendizaje electrónico; y, tomándolos como base, cuando proceda, nuevas plataformas de cooperación abiertas a todas las partes interesadas del mundo educativo. - Actos específicos (conferencias, seminarios, talleres, etc.) para dar a conocer las acciones del programa eLearning y fomentar la cooperación entre las partes interesadas y los Estados miembros, así como la transferencia eficaz de métodos, contenidos y servicios de aprendizaje electrónico de dominio público. 2002/0303 (COD) Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se adopta un programa plurianual (2004-2006) para la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación en Europa (programa eLearning) (Texto pertinente a los fines del EEE) EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el apartado 4 de su artículo 149 y el apartado 4 de su artículo 150, Vista la propuesta de la Comisión [27], [27] DO C [...] de [...], p. [...]. Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo [28], [28] DO C [...] de [...], p. [...]. Visto el dictamen del Comité de las Regiones [29], [29] DO C [...] de [...], p. [...]. De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado, Considerando lo siguiente: (1) Entre los objetivos de los programas de educación y formación Sócrates [30] y Leonardo da Vinci [31] se incluye el desarrollo del aprendizaje abierto y a distancia, así como el uso de las tecnologías de la información y la comunicación. [30] Decisión 253/2000/CE de 24 de enero de 2000, DO L 28 de 3.2.2000, p. 1-15. [31] Decisión 382/1999/CE de 26 de abril de 1999, DO L 146 de 11.6.1999, p. 33-47. (2) En las conclusiones del Consejo Europeo reunido en Lisboa los días 23 y 24 de marzo de 2000 («Consejo de Lisboa») se destacaba la necesidad de adaptación de los sistemas de educación y formación europeos a las demandas de la economía del conocimiento, y se señalaba el fomento de las nuevas capacidades básicas, en particular con respecto a las tecnologías de la información, como uno de los tres componentes principales de este nuevo planteamiento. (3) En las conclusiones del Consejo de Lisboa se insta a invertir en las personas y se subraya la necesidad de evitar que la nueva economía empeore los problemas sociales existentes de desempleo, exclusión social y pobreza. Asimismo, se pide que se fomente la alfabetización digital en toda la Unión. (4) El plan de acción eEurope 2002 [32], que desarrolla la estrategia de Lisboa, presentaba la iniciativa eLearning como su componente educativo y fijaba una serie de objetivos ambiciosos, entre otras cosas, para conectar los centros escolares a Internet y proporcionar la formación necesaria a un número suficiente de profesores. El plan de acción eEurope 2005 [33] señala además al aprendizaje electrónico como una de las medidas importantes de las políticas. [32] COM(2000) 330 final. [33] COM(2002) 263 final. (5) La iniciativa «eLearning - Concebir la educación del futuro» [34], lanzada en mayo de 2000 por la Comisión en respuesta al Consejo de Lisboa, fue aprobada por el Consejo Europeo en su reunión de Feira en junio de 2000. En marzo de 2001, reunido en Estocolmo, el Consejo Europeo tomó nota de los resultados positivos de esta iniciativa. [34] COM(2000) 318 final. (6) El «plan de acción eLearning» [35] desarrollaba las cuatro líneas de actuación de la iniciativa eLearning (infraestructuras y equipamiento, formación, contenidos y servicios europeos de calidad y cooperación a todos los niveles) en diez acciones clave, reuniendo los diversos programas e instrumentos comunitarios, a fin de dotarlos de una mayor coherencia y de establecer una sinergia entre ellos y de mejorar la accesibilidad para los usuarios. [35] COM(2001) 172 final. (7) El Parlamento Europeo aprobó sendas resoluciones sobre estas Comunicaciones [36], reconociendo que la iniciativa eLearning está ayudando a consolidar la idea de un «espacio único europeo de la educación» que complementa al espacio europeo de investigación y al mercado único europeo, y pidiendo que se desarrolle independientemente conforme a un nuevo programa específico, con un claro fundamento jurídico, para evitar la duplicación con los programas existentes y dotar a la acción comunitaria de una visibilidad y un valor añadido mayores. [36] COM(2000) 318 - C5-0741/2000 and COM(2001) 172 - C5-0151/201 - 2000/23337 (COS) (8) El Parlamento Europeo [37], el Comité Económico y Social Europeo [38] y el Comité de las Regiones [39] han adoptado dictámenes favorables a la iniciativa eLearning. [37] Final A5-152/2001, 27 de abril de 2001. [38] DO C 36 de 8.2.2002, p. 63-71. [39] DO C 144 de 16.5.2001, p.34-37. (9) La Resolución del Consejo de 13 de julio de 2001 relativa al eLearning [40] respalda todas estas iniciativas y pide a la Comisión que continúe e intensifique sus acciones en este ámbito. [40] DO C 204 de 20.7.2001, p. 3-5. (10) El 21 de noviembre de 2001, la Comisión adoptó la Comunicación «Hacer realidad un espacio Europeo del aprendizaje permanente» [41], en la que señalaba el potencial del aprendizaje electrónico para permitir y gestionar las nuevas oportunidades educativas en pos de este objetivo. [41] COM(2001) 678 final. (11) Es necesario abordar el problema de la exclusión social que resulta de la incapacidad de algunas personas para aprovechar plenamente las ventajas que ofrecen las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) e Internet en la sociedad del conocimiento, la llamada «brecha digital», que a menudo afecta a los jóvenes y a las categorías sociales que ya son víctimas de otras formas de exclusión. El aprendizaje electrónico tiene el potencial de reforzar la cohesión social y de prevenir los riesgos de que aumente la exclusión social. (12) Debe prestarse una atención especial a las diferencias de género plasmadas en el uso del aprendizaje electrónico y al fomento de la igualdad de oportunidades en éste ámbito. (13) El aprendizaje electrónico tiene el potencial para ayudar a la Unión a dar respuesta a los retos de la sociedad del conocimiento, mejorar la calidad del aprendizaje, facilitar el acceso a los recursos de aprendizaje, satisfacer necesidades específicas, en particular las de las personas con discapacidad, y permitir un aprendizaje y una formación más eficaces en el lugar de trabajo, en particular en las pequeñas y medianas empresas. (14) En la Declaración de Bolonia, firmada por veintinueve ministros europeos de educación el 19 de junio de 1999, se señalaba la necesidad de dar una dimensión europea a la educación superior y se hacía hincapié en la importancia de integrar el aprendizaje electrónico en este contexto, en particular con respecto al desarrollo curricular, los sistemas de reconocimiento mutuo, el aseguramiento de la calidad, los programas de movilidad y los programas integrados de estudio, formación e investigación, dirigidos a profesores, investigadores y personal administrativo. (15) En las conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona de marzo de 2002 se pedía una acción a escala europea para el hermanamiento de centros escolares; a ellas siguió el informe de la Comisión sobre el hermanamiento de centros escolares vía Internet [42], presentado al Consejo Europeo en su reunión de Sevilla. [42] COM(2002) 283 F-1. (16) Hacen falta servicios y contenidos europeos de calidad para la educación y la formación, que sean multilingües, multiculturales y asequibles para los sistemas de educación y formación. También es necesario crear un mercado europeo activo, público y privado [43], y facilitar el acceso público a los multimedia con fines de aprendizaje. [43] Decisión 2001/48/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, por la que se adopta un programa plurianual comunitario de estímulo al desarrollo y el uso de contenidos digitales europeos en las redes mundiales y de fomento de la diversidad lingüística en la sociedad de la información, DO L 14 de 18.1.2001, p. 32. (17) Para reforzar el valor añadido de la acción comunitaria es necesario asegurar la coherencia y la complementariedad entre las acciones emprendidas en el marco de la presente Decisión y otras políticas, instrumentos y acciones comunitarios pertinentes, en particular la prioridad temática relativa a las tecnologías de la sociedad de la información dentro del sexto programa marco de investigación [44]. [44] Decisión n° 1513/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al sexto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, destinado a contribuir a la creación del Espacio Europeo de Investigación y a la innovación (2002-2006), DO L 232 de 29.8.2002, p. 1. (18) La participación debe estar abierta a los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea y los países AELC-EEE. Expertos e instituciones educativas de otros terceros países deben poder participar en el intercambio de experiencia, en el marco de la cooperación establecida con estos países. (19) El programa debe ser sometido a un seguimiento y una evaluación regulares en cooperación entre la Comisión y los Estados miembros, a fin de efectuar los reajustes necesarios, principalmente en las prioridades de aplicación de las medidas. La evaluación debe incluir una evaluación externa que han de llevar a cabo organismos independientes e imparciales. (20) Puesto que el objetivo de la acción propuesta, a saber, fomentar la cooperación europea para mejorar la calidad y la accesibilidad de la educación y la formación mediante un uso eficaz del aprendizaje electrónico, no puede alcanzarse de modo satisfactorio con la acción aislada de los Estados miembros, dada la dimensión transnacional de las acciones y medidas necesarias, la Comunidad puede adoptar medidas de acuerdo con el principio de subsidiariedad establecido en el artículo 5 del Tratado. De acuerdo con el principio de proporcionalidad, establecido en dicho artículo, la presente Decisión no excede de lo necesario para alcanzar los objetivos citados. (21) La presente Decisión establece una dotación financiera para toda la duración del programa que ha de ser el principal punto de referencia de la Autoridad Presupuestaria, en el sentido del punto 33 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario. (22) Las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión deben adoptarse de acuerdo con la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión [45]. [45] DO L 184 de 17.7.1999, p. 23. DECIDEN: Artículo 1 Establecimiento del programa 1. Se establece por la presente Decisión el programa eLearning, un programa plurianual destinado a mejorar la calidad y la accesibilidad de los sistemas europeos de educación y formación mediante el uso eficaz de las tecnologías de la información y la comunicación, en adelante denominado «el programa». 2. Este programa se aplicará a lo largo de un periodo que irá del 1 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2006. Artículo 2 Objetivos del programa 1. El objetivo global del programa es fomentar y facilitar el uso eficaz de las tecnologías de la información y la comunicación en los sistemas europeos de educación y formación, como aportación a unos sistemas educativos de calidad y como elemento esencial de su adaptación a las demandas de la sociedad del conocimiento y del modelo europeo de cohesión social. 2. Los objetivos específicos del programa son: a) buscar y promover las maneras y los medios de utilizar el aprendizaje electrónico para intensificar la cohesión social y el desarrollo personal, impulsar el intercambio cultural y contrarrestar la brecha digital; b) promover y perfeccionar el uso del aprendizaje electrónico como factor facilitador de la implantación del modelo de aprendizaje permanente en Europa; c) aprovechar el potencial del aprendizaje electrónico para mejorar la dimensión europea de la educación; d) hacer posible una cooperación más estructurada en el ámbito del aprendizaje electrónico entre los diversos programas e instrumentos comunitarios y las acciones de los Estados miembros; e) proporcionar mecanismos para promover la mejora de la calidad de los productos y servicios, así como para su eficaz difusión y el intercambio de buenas prácticas. Artículo 3 Ámbitos de intervención del programa 1. Los objetivos del programa se perseguirán en los siguientes ámbitos de intervención, de acuerdo con las líneas de actuación descritas en el anexo: a) Contrarrestar la brecha digital: las acciones en este ámbito abordarán la aportación de las TIC al aprendizaje, en particular para quienes --debido a su situación geográfica o social o a sus necesidades especiales-- no pueden aprovechar la oferta tradicional de educación y formación. Se identificarán buenos ejemplos y se constituirán sinergias entre los muchos proyectos nacionales y europeos dirigidos a estos grupos; la orientación en este ámbito vendrá dada por estudios y por la labor de un grupo de expertos de alto nivel. b) Campus virtuales europeos: las acciones en este ámbito se centrarán en la integración de una dimensión virtual en la educación superior; el objetivo es fomentar el desarrollo de nuevos modelos organizativos para las universidades virtuales europeas (campus virtual) y para los planes europeos de intercambio y puesta en común (movilidad virtual), tomando como base los marcos de cooperación europeos ya existentes (programa Erasmus, proceso de Bolonia), así como imbuir del concepto de aprendizaje electrónico a sus herramientas operativas (ECTS [Sistema Europeo de Transferencia de Créditos], masters europeos; aseguramiento de la calidad; movilidad). c) Hermanamiento de centros escolares vía Internet: las acciones en este ámbito irán dirigidas a reforzar y desarrollar las redes escolares, en particular por medio de un plan a escala europea de hermanamiento de centros que ha de permitir a todos los centros escolares europeos establecer asociaciones pedagógicas con otro centro de cualquier parte de Europa, fomentando de ese modo el aprendizaje de idiomas y el diálogo intercultural, así como la concienciación con respecto al modelo social europeo, multilingüe y multicultural. d) Acciones transversales: en este ámbito, la finalidad de las acciones será fomentar el aprendizaje electrónico en Europa, continuando el seguimiento del plan de acción eLearning. Los objetivos son la difusión, promoción y adopción de las buenas prácticas y los productos resultantes de los muchos proyectos y programas financiados a nivel europeo o por los Estados miembros, y reforzar la cooperación entre los diversos agentes participantes, en particular promoviendo las asociaciones público-privadas. 2. Estas acciones se llevarán a cabo de acuerdo con los procedimientos establecidos en el anexo y siguiendo los planteamientos siguientes, o, en su caso, una combinación de los mismos: a) apoyo a proyectos piloto estratégicos, capaces de tener un impacto significativo y con claras perspectivas de sostenibilidad a largo plazo; b) apoyo a la investigación, el análisis y el seguimiento de métodos, herramientas, prácticas y tendencias en el diseño y la utilización de modelos de «aprendizaje electrónico» en la educación y la formación; c) apoyo a acciones estratégicas emprendidas por redes y asociaciones europeas concebidas para impulsar la innovación, la calidad del diseño y la utilización de productos y servicios, basadas en el uso pertinente de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la educación y la formación; d) apoyo a plataformas europeas destinadas a la difusión, la cooperación y el intercambio de buenas prácticas; e) asistencia técnica y administrativa. Artículo 4 Aplicación del programa y cooperación con los Estados miembros 1. La Comisión: a) velará por que se lleven a cabo las acciones comunitarias contempladas en el programa de conformidad con el anexo; b) buscará las posibles sinergias con otros programas y acciones de la Comunidad en el ámbito de la educación, la investigación, la política social y el desarrollo regional; c) fomentará y facilitará la cooperación con organizaciones internacionales que operen en el campo del aprendizaje electrónico. 2. Los Estados miembros: a) tomarán las medidas necesarias para garantizar una cooperación estrecha con la Comisión, en particular por lo que se refiere a la información relevante sobre la utilización del aprendizaje electrónico y las prácticas relacionadas con el mismo; b) tomarán medidas para establecer, a nivel nacional, las sinergias potenciales con otros programas comunitarios. Artículo 5 Medidas de aplicación 1. Las siguientes medidas, necesarias para la aplicación de la presente Decisión, serán adoptadas conforme al procedimiento de gestión contemplado en el apartado 2 del artículo 6: a) el plan de trabajo anual, con sus prioridades, y los criterios y procedimientos de selección; b) el presupuesto anual y el desglose de los fondos de acuerdo con las distintas acciones del programa, de conformidad con los artículos 9 y 10; c) las medidas para hacer el seguimiento y la evaluación del programa y para difundir y transferir sus resultados. 2. Todas las demás medidas que sean necesarias para la aplicación de la presente Decisión se adoptarán conforme al procedimiento consultivo contemplado en el apartado 3 del artículo 6. Artículo 6 Comité 1. La Comisión estará asistida por un Comité compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión. 2. Cuando se haga referencia al presente apartado se aplicarán los artículos 4 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8. El periodo establecido en el apartado 3 del artículo 4 de la Decisión 1999/468/CE será de dos meses. 3. Cuando se haga referencia al presente apartado se aplicarán los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8. 4. El Comité adoptará su reglamento interno. Artículo 7 Cooperación con los comités de otros programas e información sobre otras iniciativas comunitarias 1. A fin de asegurar la coherencia del programa con las demás medidas a las que hace referencia el artículo 8, la Comisión mantendrá regularmente informado al Comité de las iniciativas comunitarias emprendidas en los ámbitos de la educación, la formación y la juventud, incluida la cooperación con organizaciones internacionales. 2. La Comisión velará por que se comunique regularmente a otros programas relacionados la información concerniente a la ejecución del programa. Artículo 8 Coherencia y complementariedad 1. La Comisión, en colaboración con los Estados miembros, garantizará la coherencia y complementariedad globales del programa con otras políticas y acciones y otros instrumentos comunitarios, en particular con los programas de educación y formación Sócrates, Leonardo da Vinci y Juventud. 2. La Comisión hará que se establezcan una relación efectiva y, si procede, acciones coordinadas entre este programa y los programas y las acciones en el ámbito de las nuevas tecnologías aplicadas a la educación y la formación, y, en particular, con las acciones pertinentes de investigación, desarrollo tecnológico y demostración incluidas en el sexto programa marco [46]. [46] DO L 232 de 29.8.2002, p. 1. Artículo 9 Financiación 1. La dotación financiera para la aplicación del programa en el periodo establecido en el artículo 1 será de 36 millones de euros. 2. La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales ajustándose a la perspectiva financiera. Artículo 10 Distribución del presupuesto 1. El presupuesto se distribuirá entre las acciones de la manera siguiente: (a) aprendizaje electrónico para contrarrestar la brecha digital: en torno a un 25 % del presupuesto total; (b) campus virtuales europeos: en torno a un 30 % del presupuesto total; (c) hermanamiento electrónico de centros escolares europeos: en torno a un 25 % del presupuesto total; (d) acciones transversales y seguimiento del aprendizaje electrónico: en torno a un 10 % del presupuesto total; (e) asistencia técnica y administrativa: en torno a un 10 % del presupuesto total. Artículo 11 Participación de los países AELC-EEE y de los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea Las condiciones y modalidades de participación en el programa de los países de la AELC que son miembros del EEE y de los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea se establecerán de acuerdo con las disposiciones pertinentes de los instrumentos que rigen las relaciones entre la Comunidad Europea y dichos países. Artículo 12 Cooperación con terceros países A iniciativa de la Comisión, podrá invitarse a participar en las conferencias y reuniones, exceptuadas las reuniones del Comité, a expertos de terceros países distintos a los contemplados en el artículo 11. Los fondos asignados al reembolso de los gastos de viaje y dietas, conforme a las reglas de la Comisión aplicables, no deben sobrepasar el 0,02 % del presupuesto total del programa. Artículo 13 Seguimiento y evaluación 1. La Comisión someterá el programa a un seguimiento regular, en colaboración con los Estados miembros. Los resultados del seguimiento y la evaluación se utilizarán en la aplicación del programa. En el seguimiento estarán incluidos los informes contemplados en la letra a) del apartado 3 y otras actividades específicas. 2. La Comisión hará que se lleve a cabo una evaluación externa del programa, tanto en una fase intermedia del mismo como en el momento de su conclusión. En ella se hará una estimación de la pertinencia, eficacia y repercusión de las diferentes acciones, y se analizará también el impacto global del programa. Se prestará una atención especial a las cuestiones relacionadas con la cohesión social y la igualdad de oportunidades. En esta evaluación se examinará también la complementariedad de las acciones del programa con otras emprendidas en el marco de otras políticas, otros instrumentos y otras acciones pertinentes de la Comunidad. 3. La Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: a) antes de que finalice 2005, un informe provisional de evaluación que recoja los resultados conseguidos y los aspectos cualitativos de la aplicación del programa hasta el 30 de junio de 2005; (b) no más tarde del 31 de diciembre de 2007, un informe de evaluación ex post. Artículo 14 Entrada en vigor La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el [...] Por el Parlamento Europeo Por el Consejo El Presidente El Presidente [...] [...] ANEXO 1. Líneas de actuación Las líneas de actuación son el medio de poner en práctica el objetivo general del programa: fomentar el desarrollo y el uso apropiado del aprendizaje electrónico en Europa y ayudar a los Estados miembros en sus esfuerzos en este ámbito. Están estructuradas conforme a los cuatro ámbitos de intervención del programa. 1.1. Línea de actuación 1: «el aprendizaje electrónico para contrarrestar la brecha digital» Esta acción se refiere al uso del aprendizaje electrónico para resolver los problemas generados por la brecha digital, una nueva (o adicional) forma de exclusión social que se deriva del hecho de que algunas personas no puedan aprovechar plenamente las ventajas que ofrecen las TIC e Internet en la sociedad del conocimiento. En esta acción deben incluirse cuestiones teóricas y prácticas, desde la comprensión de la alfabetización digital a la determinación de las acciones correctoras dirigidas a grupos destinatarios específicos. a) Comprender la alfabetización digital. La alfabetización digital constituye una de las capacidades y competencias esenciales para participar activamente en la sociedad del conocimiento y en la nueva cultura mediática. Está relacionada con la alfabetización mediática (competencias mediáticas elementales) y con las competencias sociales, pues tienen en común objetivos como el de la ciudadanía activa y el uso responsable de las TIC. La acción debe fomentar la concienciación con respecto a estas capacidades y competencias básicas, y la comprensión de las mismas, así como de la manera en que las TIC pueden ayudar a adquirirlas en un contexto de aprendizaje permanente. En la reflexión deben tener cabida los diferentes modos y niveles en que pueden utilizarse las TIC para el aprendizaje, el trabajo, la ciudadanía y la satisfacción personal. La acción se desarrollará mediante: * la creación de una red de expertos de alto nivel, quienes proporcionarán orientación y asesoramiento en relación con la acción y con la selección de los proyectos correspondientes; * la financiación de seminarios, talleres, informes y estudios específicos. b) Determinación y difusión de buenas prácticas en el uso del aprendizaje electrónico para contrarrestar la brecha digital. Esta acción debe ofrecer información pertinente sobre el uso de los diferentes modelos de aprendizaje electrónico, evaluando y documentando estudios de casos de calidad, con un especial énfasis en: * la mejora del acceso a los recursos de aprendizaje para quienes no pueden acceder con facilidad a las TIC; por ejemplo, por medio de centros públicos equipados con recursos de aprendizaje electrónico y que orienten y ayuden cuando sea necesario; * la atención a las necesidades de los jóvenes, en particular de los que están cada vez más al margen de la sociedad como, por ejemplo, los que abandonan prematuramente los estudios o los inmigrantes desfavorecidos; * la atención a las diferencias de planteamiento cognitivas y didácticas y a los diferentes estilos de aprendizaje; en este contexto, se prestará atención a las distintas necesidades y actitudes de los hombres y las mujeres en el uso de los nuevos medios, a fin de garantizar la igualdad entre aquéllos y éstas; * la atención a necesidades específicas, como las de los niños hospitalizados o los usuarios con discapacidad; * el uso educativo de los medios de acceso general, como la televisión, tanto en casa como en centros de recursos, desarrollando las nuevas posibilidades de los medios digitales; * el desarrollo de nuevas herramientas y contenidos educativos para los jóvenes, por ejemplo, mediante el empleo de juegos interactivos; * la creación de nuevas herramientas y servicios educativos para cubrir necesidades de carácter general, como son la educación para la ciudadanía o el diálogo intercultural; * el desarrollo de nuevas herramientas y servicios para motivar y ayudar a las personas adultas a adaptar sus capacidades a la sociedad del conocimiento, tomando como base el trabajo que están llevando a cabo los Estados miembros en el contexto del plan de acción eEurope 2005. d) Acciones de concienciación e información a través de redes europeas en este ámbito. Dentro de esta línea se ofrecerá apoyo a acciones en contra de la brecha digital emprendidas por redes, asociaciones, autoridades públicas o asociaciones público-privadas europeas, o por otras formas de cooperación. Se apoyarán los contactos y los intercambios de buenas prácticas entre ellas, incluida, cuando proceda, la creación de nuevas redes, por ejemplo, de proyectos europeos dentro de los diferentes programas comunitarios. 1.2. Línea de actuación 2: «campus virtuales europeos» El objetivo de esta línea de actuación es imbuir a las iniciativas europeas en el ámbito de la educación superior del concepto de aprendizaje electrónico. Contribuirá a la creación de un espacio europeo de la educación superior y se basará, en particular, en el proceso de Bolonia. a) En apoyo del proceso de Bolonia. Esta acción se dirige a desarrollar los aspectos de los distintos componentes del proceso de Bolonia que están relacionados con el aprendizaje electrónico, en particular los relativos a: * la movilidad virtual, como complemento y refuerzo de la movilidad física (Erasmus virtual); * los sistemas de reconocimiento y validación (ECTS) para los cursos de aprendizaje electrónico; * los servicios de información y orientación, o cualquier otra sinergia entre modelos virtuales y tradicionales establecida entre universidades participantes en este proceso. Estos proyectos deberían basarse en acuerdos institucionales que, siempre que fuera posible, ampliaran o complementaran acuerdos de cooperación ya existentes en el marco de programas Erasmus a escala europea o mundial. b) Campus virtuales transnacionales. El programa podría apoyar un número limitado de proyectos estratégicos propuestos por centros de educación superior de, al menos, tres Estados miembros. Los proyectos tendrían que elaborar modelos de cooperación en materia de aprendizaje electrónico en los siguientes ámbitos: * diseño de titulaciones de educación y formación transnacionales por parte de varias universidades, incluyendo acuerdos estándar de reconocimiento académico; * experimentos de movilidad virtual a gran escala como complemento de la movilidad física; * desarrollo de programas duales de estudios innovadores, que combinen métodos de aprendizaje tradicionales y en línea. c) Modelos europeos de aprendizaje electrónico para la educación superior. Estos proyectos deben diseñar nuevos modelos de cooperación entre las instituciones europeas de educación superior, que traten, en particular: * el papel de las universidades virtuales en la oferta de formación continua y desarrollo profesional, y en la creación de servicios de apoyo al aprendizaje como son el acceso estructurado a recursos tales como bibliotecas, museos o centros de investigación; * el papel de las universidades virtuales en la formación de profesores, formadores y demás personal educativo en el uso pedagógico del aprendizaje electrónico; * la manera de hacer que se comprenda mejor el cambio organizativo que supone la aplicación del aprendizaje electrónico en la educación superior, así como sus repercusiones en la evaluación y la orientación; * el diseño de modelos europeos de asociación público-privada en el ámbito del aprendizaje electrónico en la educación superior, manteniendo un buen nivel de acceso público a una educación superior de calidad y aprovechando las oportunidades que ofrecen los nuevos modelos de colaboración y financiación; el interés y el compromiso de las partes públicas y privadas serán decisivos en la selección de los posibles proyectos, así como la aportación de estos proyectos a la consecución de objetivos de interés público en los ámbitos educativo y social. d) Redes de campus virtuales. Esta acción apoyará la creación y activación de redes de campus virtuales, fomentando el intercambio de buenas prácticas y la discusión de nuevos modelos, retos y riesgos. 1.3. Línea de actuación 3: «hermanamiento de centros escolares vía Internet» Esta acción ha de facilitar los hermanamientos de centros escolares vía Internet, animando a los centros europeos a entablar colaboraciones pedagógicas con centros de cualquier otra parte de Europa y, de este modo, fomentando el aprendizaje de idiomas y el diálogo intercultural. La acción comenzará con centros de enseñanza secundaria, y más adelante podrá estudiarse la posibilidad de ampliarla a otros niveles escolares. a) Identificación y análisis de las iniciativas existentes. En esta acción deben analizarse las prácticas existentes para extraer conclusiones aplicables en la organización de nuevas actividades. El resultado será una serie de informes sobre los siguientes temas: * Proyectos de demostración apropiados sobre la aportación de los multimedia educativos y las redes de comunicación al hermanamiento de centros escolares, especialmente en el ámbito de los proyectos multilingües y multiculturales. * Directrices, dirigidas a los profesores, sobre la manera de aprovechar el potencial de las TIC para concebir métodos de cooperación innovadores, como pueden ser los planteamientos pluridisciplinares o el uso de herramientas y recursos docentes compartidos. * Determinación de temas apropiados para proyectos de cooperación, en ámbitos prioritarios como la educación científica y artística, las competencias mediáticas elementales o la docencia dedicada a la ciudadanía. b) Creación de una red de apoyo en cooperación con los Estados miembros. Esta red estaría formada por profesores o educadores con experiencia en el ámbito de la cooperación europea, y proporcionaría apoyo y orientación pedagógicos, herramientas y servicios para la búsqueda de socios y directrices y métodos para el intercambio de experiencia. c) Creación de una plataforma Internet como núcleo de la acción de hermanamiento. Se trata de construir un sitio web multilingüe como plataforma para la cooperación y la comunicación entre los participantes y como expositor de buenas prácticas. d) Acciones de promoción y comunicación. El éxito de la iniciativa depende de una acción de comunicación dinámica, anclada en el sitio web y que consiste, entre otras cosas, en el diseño de una representación visual atractiva, publicaciones, comunicados de prensa, elaboración de hojas de datos sobre proyectos escolares, actos de apertura y clausura, concursos y premios. 1.4. Línea de actuación 4: acciones transversales y seguimiento del aprendizaje electrónico También se financiarán acciones transversales como las siguientes: a) Apoyo al seguimiento activo del plan de acción eLearning. Esta acción daría una coherencia y visibilidad mayores a las acciones de la UE en materia de aprendizaje electrónico, mediante: * la difusión eficaz del material pertinente, como informes y estudios, a los diferentes grupos destinatarios y a los participantes en los programas; * la agrupación de proyectos que persiguen objetivos similares o aplican metodologías afines; * el apoyo al intercambio de experiencias, la revisión inter pares, el establecimiento de redes y otras posibles sinergias dentro de las actividades del plan de acción. b) Mantenimiento de un portal eLearning que ofrezca una única y sencilla vía de acceso a las actividades europeas en materia de aprendizaje electrónico y a las fuentes de información existentes, directorios, bases de datos o repositorios de conocimientos, y que proporcione un fácil acceso a los programas, proyectos, estudios, informes y grupos de trabajo de la UE. c) Organización de una conferencia anual sobre aprendizaje electrónico, como foro para evaluar los progresos y presentar proyectos de calidad que demuestren el valor añadido del aprendizaje electrónico para los distintos usuarios y las diferentes necesidades. d) Acciones de concienciación e información a través de redes europeas. Esta acción financiaría redes europeas del ámbito del aprendizaje electrónico, así como actividades pertinentes como conferencias, seminarios o talleres dedicados específicamente a temas clave como el aseguramiento de la calidad, y cualquier otro mecanismo para estimular el debate a nivel europeo y el intercambio de buenas prácticas en este ámbito. e) Participación en proyectos internacionales relacionados con el uso eficaz y adecuado de las TIC en la educación y la formación, como, por ejemplo, los que están en curso en la OCDE (PISA), la IEA (TIMSS, SITES) o la UNESCO (alfabetización digital) [47]. [47] PISA: Programme for International Student Assessment; TIMSS: Third International Mathematics and Science Study; SITES: Second Information Technologies in Education Study; e IEA: International association for the evaluation of educational achievement. f) Diseño y desarrollo de herramientas de seguimiento, análisis y previsión para el aprendizaje electrónico en Europa, incluida la financiación de encuestas, estudios y actividades de recopilación de información ad hoc sobre el uso real del aprendizaje electrónico en los diferentes contextos educativos; esto constituiría la base de una estructura virtual para el suministro de información pertinente y actualizada sobre el aprendizaje electrónico en Europa, dirigida a cubrir necesidades académicas, industriales o relacionadas con el diseño de las políticas, basada en las acciones anteriores y en cooperación con Eurostat, el Banco Europeo de Inversiones y organizaciones internacionales (por ejemplo, la OCDE). 1.5. Acciones de apoyo técnico Además, la ejecución del programa estará apoyada por otras acciones destinadas a difundir los resultados (por ejemplo, publicaciones, referencias en Internet, proyectos y actos de presentación, etc.) y, si es necesario, por estudios estratégicos dedicados a nuevos problemas y oportunidades o cualquier otra cuestión que sea importante para el aprendizaje electrónico en Europa. El programa apoyará igualmente de manera continuada las aportaciones de usuarios y participantes, así como su propia evaluación final externa. 2. Métodos de aplicación y modalidades de intervención presupuestaria La financiación se concederá por medio de concursos y convocatorias de propuestas. Será del 100 % para los servicios adquiridos (como estudios, publicaciones o expertos) y, posiblemente, para la contribución a una futura agencia ejecutiva, que está en estudio. Las acciones se financiarán mediante: - subvenciones que cubran, como máximo, el 80 % de los costes admisibles con otras fuentes públicas o privadas para proyectos de cooperación como, por ejemplo, proyectos innovadores de estructuración (línea de actuación 2); - subvenciones que cubran, como máximo, el 80 % de los costes admisibles de asociaciones de colaboración dedicadas al aprendizaje electrónico establecidas entre instituciones de educación superior con el fin de imbuir del concepto de aprendizaje electrónico a los acuerdos existentes en el contexto del proceso de Bolonia, y a los nuevos modelos virtuales de la educación superior europea (línea de actuación 2); - la financiación al 100 % de una estructura de apoyo para el hermanamiento de centros escolares, materializada sobre todo en un sitio web central; una red europea de apoyo pedagógico, en cooperación con los Estados miembros; acciones de promoción y difusión y cualquier otra medida de apoyo, como, por ejemplo, la revisión de los actuales sistemas de hermanamiento o la producción de herramientas ad hoc para la búsqueda de socios; para las acciones de promoción y difusión están previstas subvenciones del 50 % al 80 % (línea de actuación 3); - subvenciones del 50 % al 80 % de los costes asociados a las acciones de información y comunicación, como conferencias, seminarios, visitas, informes conjuntos, revisión inter pares y acciones similares de difusión y puesta en común de conocimientos (línea de actuación 4). Los mecanismos de adjudicación previstos en la propuesta siguen, en general, el planteamiento comunitario habitual con respecto a las subvenciones y la cofinanciación basadas en peticiones detalladas de financiación. Habrá partes financiadas plenamente por la Comunidad, como la red de apoyo y el sitio web central para el hermanamiento de centros escolares. La financiación se concederá por medio de convocatorias de propuestas y concursos. La gestión del programa estará centralizada por la Comisión, con la posible asistencia de una futura agencia ejecutiva cuya creación está actualmente en estudio. Los créditos están destinados a cubrir los gastos de estudios, de reuniones de expertos, de información y de publicaciones directamente vinculados a la realización del objetivo del programa o de las acciones cubiertas por la presente línea, así como cualquier otro gasto de asistencia técnica y administrativa que no conlleve misiones que impliquen a los poderes públicos. Algunas de las acciones cofinanciadas (por ejemplo, las de la línea de actuación 3) podrían llevarse a cabo con redes específicas (EUN, EUA) que tienen un monopolio de hecho. EUN es una red de ministerios de educación de todos los Estados miembros y de varios Estados solicitantes. EUA es la Asociación Europea de Universidades, que reúne a más de quinientas universidades. FICHA DE FINANCIACIÓN LEGISLATIVA Ámbito(s) político(s): Educación y cultura Actividad(es): Educación Denominación de la medida: Programa para la mejora de la calidad y la accesibilidad de los sistemas europeos de educación y formación mediante la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (programa eLearning) 1. LÍNEA(S) PRESUPUESTARIA(S) + DENOMINACIÓN Nuevas líneas presupuestarias: B3-1008 y B3-1008A 2. DATOS GLOBALES EN CIFRAS 2.1. Dotación total de la medida (Parte B): Millones de EUR en CC 36 millones de euros 2.2. Periodo de aplicación: Del 1 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2006 2.3. Estimación global plurianual de los gastos: a) Calendario de créditos de compromiso/créditos de pago (intervención financiera) En millones de EUR (cifra aproximada al 3er decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> b) Asistencia técnica y administrativa (ATA) y gastos de apoyo (GA) (véase el punto 6.1.2) En millones de EUR (cifra aproximada al 3er decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> En millones de EUR (cifra aproximada al 3er decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> c) Incidencia financiera global de los recursos humanos y otros gastos de funcionamiento (véanse los puntos 7.2 y 7.3) En millones de EUR (cifra aproximada al 3er decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> 2.4. Compatibilidad con la programación financiera y las perspectivas financieras |X| Propuesta compatible con la programación financiera existente | | Esta propuesta requiere una reprogramación de la rúbrica correspondiente de las perspectivas financieras, | | incluido, en su caso, un recurso a las disposiciones del acuerdo interinstitucional. 2.5. Incidencia financiera en los ingresos: |X| Ninguna implicación financiera (se refiere a aspectos técnicos relacionados con la aplicación de una medida) 3. CARACTERÍSTICAS PRESUPUESTARIAS >SITIO PARA UN CUADRO> 4. FUNDAMENTO JURÍDICO Artículos 149 y 150 del Tratado CE. Decisión .../.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se adopta un programa plurianual (2004-2006) para la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación en Europa (programa eLearning) 5. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN 5.1. Necesidad de una intervención comunitaria 5.1.1. Objetivos perseguidos e intervención comunitaria El objetivo global del programa es mejorar la calidad y accesibilidad de los sistemas europeos de educación y formación mediante la integración efectiva de las nuevas tecnologías (eLearning), como apoyo y complemento a las acciones emprendidas por los Estados miembros en este ámbito. Para ello, el programa fomentará el uso creativo e innovador de las TIC en los sistemas de educación y formación, como parte importante de su adaptación a la sociedad del conocimiento, y estudiará y promoverá las maneras y los medios de utilizar el aprendizaje electrónico para intensificar la cohesión social y el desarrollo personal, impulsando el diálogo intercultural y contrarrestando la brecha digital. El programa tiene también como objetivo desarrollar la dimensión europea de la educación, haciendo que todos los alumnos europeos tengan, a lo largo de su período de estudios, la oportunidad de participar en un proyecto europeo en cooperación con otros alumnos de otros países europeos. En la educación superior, el programa eLearning debe contribuir a reforzar y ampliar los actuales sistemas de movilidad física e intercambios académicos (programa Erasmus, proceso de Bolonia) y a ofrecer una alternativa de movilidad virtual a quienes, por diversas razones, no pueden sacar provecho a la movilidad real. En cuanto a los centros escolares, el programa iniciará y apoyará un plan a escala europea de hermanamiento de centros vía Internet, que comenzará con los de enseñanza secundaria. Este plan fomentará el hermanamiento de centros escolares como elemento generador de una dimensión europea en la educación, como estímulo para aprender idiomas, como ejercicio de diálogo intercultural y como preparación a la ciudadanía en la sociedad del conocimiento. Muy importante será también la línea de actuación transversal, dirigida a la difusión y promoción dinámicas de los resultados del programa. Esto se llevará a cabo, en primer lugar, como parte del seguimiento del plan de acción eLearning, en cooperación con otros programas e instrumentos comunitarios que sean relevantes para el aprendizaje electrónico. El programa fomentará, asimismo, el desarrollo de proyectos transnacionales, el intercambio de buenas prácticas y la creación de plataformas europeas de información y comunicación. Los objetivos específicos del programa son: * buscar y promover las maneras y los medios de utilizar el aprendizaje electrónico para intensificar la cohesión social y el desarrollo personal, impulsar el intercambio cultural y contrarrestar la brecha digital; * promover y perfeccionar el uso del aprendizaje electrónico como factor facilitador de la implantación del modelo de aprendizaje permanente en Europa; * aprovechar el potencial del aprendizaje electrónico para mejorar la dimensión europea de la educación; * hacer posible una cooperación más estructurada en el ámbito del aprendizaje electrónico entre los diversos programas e instrumentos comunitarios y las acciones de los Estados miembros; * proporcionar mecanismos para promover la mejora de la calidad de los productos y servicios, así como para su eficaz difusión y el intercambio de buenas prácticas. Para alcanzarlos, la Comunidad propone establecer un programa de acción que no duplique, sino que complemente otros programas comunitarios y nacionales. El programa ofrecerá apoyo económico con vistas a generar: - acciones concertadas entre la Comisión, los Estados miembros y otros agentes interesados en la educación y la innovación, así como expertos e investigadores en este campo, a fin de hacer un seguimiento, evaluar y difundir las experiencias y buenas prácticas nacionales en el uso del aprendizaje electrónico para contrarrestar la brecha digital, proporcionando información pertinente para la toma de decisiones y buenos ejemplos para los agentes interesados; - asociaciones multilaterales y plurianuales en las que participen centros de educación superior de los Estados miembros y otros agentes interesados en la educación y la innovación, como las instituciones culturales y científicas, las autoridades públicas y la industria, con el fin de reforzar la cooperación europea en el ámbito del aprendizaje electrónico en la educación superior y de ayudar a construir un espacio europeo de la educación, sobre todo en el ámbito de los programas transeuropeos de estudio, formación e investigación y en el terreno de la movilidad virtual; - un plan a escala europea de hermanamiento de centros escolares vía Internet, entre centros de los diferentes países europeos, con el objetivo de que todos los alumnos tengan la oportunidad, a lo largo de su periodo de estudios, de entablar una relación pedagógica con un centro escolar de cualquier otra parte de Europa, fomentándose así el diálogo intercultural y el aprendizaje de idiomas; - acciones transversales apoyadas por el programa, que constituyen un marco para una cooperación mejor estructurada en el ámbito del aprendizaje electrónico, como parte del seguimiento del plan de acción eLearning, a fin de conseguir una mejor sinergia entre los programas e instrumentos comunitarios, y entre éstos y los sistemas nacionales de educación y formación; las acciones dentro de esta línea de actuación facilitarán los contactos, el seguimiento, la evaluación comparativa y la revisión inter pares, los proyectos de investigación conjuntos o coordinados, la participación en proyectos y encuestas internacionales y la difusión de buenas prácticas europeas en general. Además, el programa proporcionará asistencia técnica para estudios y publicaciones, para el desarrollo conjunto de acciones de comunicación y de herramientas --basadas o no en la web-- de difusión, promoción y apoyo de las acciones y medidas contra la brecha digital, de programas transeuropeos de educación y formación, de planes de movilidad virtual y de cualquier otro uso creativo e innovador del aprendizaje electrónico en Europa. El programa funcionará basándose prioritariamente en lo que ya existe tanto a nivel europeo como nacional. En las acciones de concienciación y comunicación, que son muy importantes para un uso mejor y más extendido del aprendizaje electrónico, el programa se aplicará, siempre que sea posible, a través de asociaciones y redes europeas, o de otras formas de cooperación organizada, que estén ya bien implantadas, pues es una manera más eficaz de llegar a los grupos destinatarios. 5.1.2. Disposiciones adoptadas a raíz de la evaluación ex ante La evaluación ex ante abarca un gran abanico de acciones emprendidas entre 1996 y 2002. La presente propuesta se deriva de la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo por la que se establece el plan de acción eLearning [48], que señala una serie de acciones clave para fomentar la integración de las TIC en la educación y la formación, en cooperación con las acciones de los Estados miembros en este ámbito y en apoyo de las mismas; se deriva, asimismo, de la Resolución del Consejo relativa al eLearning [49], que aprueba el citado plan de acción y las acciones adoptadas hasta la fecha e invita a la Comisión a continuar e intensificar su actuación en este campo, así como de la Resolución del Parlamento Europeo [50] en la que se pide la elaboración de un fundamento jurídico para que la iniciativa eLearning siga avanzando. [48] COM(2001) 172 final. [49] DO C de 20.7.2001, p.3. [50] A5-0102/2001 final. En la elaboración de la presente propuesta se ha tenido en cuenta un debate sustancial en el que han participado los servicios de la Comisión responsables de las acciones relacionadas con el seguimiento de eEurope y eLearning, como son las Direcciones Generales de Sociedad de la Información, Empleo, Industria y Eurostat, así como servicios de información y observación como Eurydice y la OCDE; la propuesta se ha alimentado, pues, de los diversos estudios e informes producidos por estos servicios. Una adopción amplia y eficaz del aprendizaje electrónico [51] se considera una aportación importante a la consecución de los ambiciosos objetivos fijados por la UE para sus sistemas de educación y formación [52] y al desarrollo de la sociedad del conocimiento en Europa. [51] El «aprendizaje electrónico» se ha convertido en un concepto genérico, descrito a menudo como «aprendizaje mixto», que se refiere de manera imprecisa a todo tipo de apoyo tecnológico al aprendizaje. Esto abarca una gran gama de aparatos, desde los ordenadores a la televisión y la radio digitales, y una gama igualmente amplia de soportes y servicios, en particular la nueva dimensión que han dado a todas estas herramientas su interconectabilidad y accesibilidad a través de Internet. En aras de la coherencia, en el contexto del presente programa se utilizará la definición del plan de acción eLearning: «la utilización de las nuevas tecnologías multimediales y de Internet, para mejorar la calidad del aprendizaje facilitando el acceso a recursos y servicios, así como los intercambios y la colaboración a distancia». [52] COM(2001) 59. También se han tenido presentes los amplios y prolongados debates con los Estados miembros en el seno del grupo de trabajo dedicado al aprendizaje electrónico y en las conferencias y demás actos organizados por las sucesivas presidencias de la UE en relación con el uso de las TIC en la educación y la formación. Por último, la propuesta se basa asimismo en las conclusiones de una serie de reuniones ad hoc mantenidas con expertos en relación con las acciones clave señaladas en el plan de acción eLearning, como son las universidades virtuales, la formación del profesorado, los nuevos entornos de aprendizaje o la enseñanza de las ciencias, así como con responsables del diseño de las políticas de terceros países avanzados en el uso de las TIC en la educación, como son Australia y Canadá, y con la industria del aprendizaje electrónico. Conforme aumenta la adopción del aprendizaje electrónico y nuestra comprensión de sus ventajas y sus inconvenientes, y a medida que se expande la demanda general y el mercado europeo correspondientes, debe prestarse atención a los aspectos relacionados con su correcta utilización, tales como la eficacia, las buenas prácticas, la calidad y la sostenibilidad, así como a los cambios organizativos que son necesarios para aprovechar plenamente sus ventajas. Es necesario innovar más en el uso del aprendizaje electrónico, manteniéndose al día de los avances en todos los sectores relacionados, en particular del rico debate actual y de la investigación sobre el uso pedagógico de las nuevas tecnologías, que con frecuencia cuestionan el papel de la tecnología e insisten en la necesidad de no olvidar lo fundamental. Es también necesario fomentar la difusión activa de los resultados de la investigación y la observación a los responsables de la toma de decisiones, a otros investigadores y a los profesionales de este ámbito. En particular, hay una necesidad imperiosa de contenidos y servicios europeos de calidad y de encontrar las maneras y los medios de asegurar su interoperabilidad, de aumentar su visibilidad y accesibilidad y de mejorar las posibilidades que tienen otros usuarios interesados de adoptarlos a través de mecanismos de distribución comerciales y no comerciales. Estos esfuerzos para crear y compartir conocimientos deben realizarse respetando la diversidad lingüística y cultural. Los actuales programas comunitarios no cubren satisfactoriamente estas necesidades específicas. En el programa de las tecnologías de la sociedad de la información, dentro de la acción clave III (contenidos y herramientas multimedia), existe una línea específica relativa a la educación y la formación, que, sin embargo, se centra en la investigación tecnológica «puntera», como la tecnología GRID, y no tiene las herramientas y los mecanismos necesarios para asegurar la difusión eficaz de los resultados a los profesionales, con vistas a facilitar su adopción por los sistemas educativos. Es necesario un vínculo bien estructurado entre la investigación avanzada y la adopción del aprendizaje electrónico por parte de los sistemas de educación y formación. Existen posibilidades de proyectos con TIC en los programas de educación y formación Sócrates y Leonardo da Vinci, en particular la acción Minerva, pero se centran en la investigación y los ensayos iniciales y no ofrecen la investigación específica y el enfoque más funcional que se necesitan para llevar a cabo una evaluación, explotación y adopción eficaces del aprendizaje electrónico. Es necesario un complemento específico a estos programas, dirigido a desarrollar y aprovechar eficazmente las posibilidades del aprendizaje electrónico. Por último, se dispone de grandes recursos financieros para subvencionar el desarrollo de cursos y materiales de formación y aprendizaje dentro del Fondo Social Europeo, pero van dirigidos al empleo y otras demandas urgentes de la sociedad, no abarcan todo el espectro de posibilidades del aprendizaje electrónico y, sobre todo, no pueden prestar la debida atención a la investigación pedagógica avanzada. Es necesario dotar de unos fundamentos pedagógicos y de desarrollo personal adecuados a las iniciativas relacionadas con el empleo, teniendo en cuenta diferentes estilos de aprendizaje, las barreras culturales y sociales que se oponen al aprendizaje y las cuestiones relacionadas con la ciudadanía en la sociedad del conocimiento, que van más allá de las necesidades puramente instrumentales relacionadas con el trabajo. De todo lo anterior se desprenden dos conclusiones operativas: - existe un consenso con respecto al valor añadido de la dimensión europea para el diseño de políticas de TIC relativas a su aplicación en la educación y la formación, y, en particular, para impulsar el debate, la información y el intercambio de buenas prácticas; - existe, asimismo, un consenso con respecto a la oportunidad de establecer un nuevo instrumento comunitario para abordar necesidades específicas detectadas durante el proceso de consulta, en particular la integración de los aspectos relacionados con el aprendizaje electrónico en el proceso de Bolonia, y para probar nuevas formas de intervención comunitaria en apoyo de la cooperación europea en este ámbito. Basándose en todo lo expuesto, y teniendo en cuenta las lecciones extraídas de otros programas comunitarios, los servicios de la Comisión elaboraron un informe de evaluación ex ante basado en la guía publicada al efecto por la DG Presupuesto en diciembre de 2001. El contenido de dicho informe se ha integrado plenamente en la exposición de motivos y en la ficha de financiación. 5.1.3. Disposiciones adoptadas a raíz de la evaluación ex post La propuesta parte de la experiencia adquirida y de las lecciones aprendidas con programas como Sócrates/Minerva, de acciones multimedia específicas como Connect y de otros programas comunitarios como la acción clave III (contenidos y herramientas multimedia) del programa de las tecnologías de la sociedad de la información, y eContent. Esto incluye los correspondientes informes de evaluación externa, así como otros dedicados a cuestiones relacionadas con el aprendizaje electrónico, como el informe final del grupo operativo sobre softwares educativos multimedia. La propuesta tiene también en cuenta la experiencia adquirida con las acciones preparatorias dedicadas al aprendizaje electrónico emprendidas en 2001 y 2002, y que continuarán en 2003. Dicha experiencia confirma la conclusión de que es necesario un planteamiento más flexible y específico, más ajustado al aprendizaje electrónico, que es una actividad en rápida evolución. Otra fuente de inspiración de la presente propuesta son los informes y análisis elaborados por redes europeas con una sólida experiencia en programas de la UE. Una última fuente fundamental han sido las políticas documentadas y la experiencia de los Estados miembros, objeto de un profundo debate en las reuniones del grupo de trabajo sobre aprendizaje electrónico con las Estados miembros. En algunos casos se han producido evaluaciones interesantes de las primeras fases de las políticas y acciones nacionales para implantar las TIC en la educación. Las lecciones del pasado pueden leerse desde dos ángulos: a) lecciones aplicables al diseño del programa; b) lecciones aplicables a la administración del programa. Por lo que respecta al diseño del programa, la propuesta se basa en el valor constatado de las redes europeas promovidas por la Comunidad, del que ofrecen muchas pruebas la evaluación de programas como Sócrates y los informes mencionados en el párrafo anterior. En cuanto a la administración del programa, la Comisión tendrá en mente las lecciones del pasado y las observaciones puestas de manifiesto en las evaluaciones y auditorías. Cuando ponga en marcha el programa, la Comisión procurará que se mantenga lo más simple y manejable posible, pues esto es esencial para que resulte eficaz y se utilice ampliamente en toda Europa. Se tendrá así ocasión de poner a prueba modos de funcionamiento más flexibles o sencillos. Siempre que sea posible y lo justifique el análisis de rentabilidad, la administración del programa, así como otras tareas asociadas a su ejecución, como son las de seguimiento y documentación de los resultados de los proyectos, se confiarán a una agencia ejecutiva cuya creación está en estudio. 5.2. Acciones previstas y modalidades de intervención presupuestaria Las acciones previstas son: 1. Acciones concertadas para contrarrestar la brecha digital 2. Campus virtuales europeos 3. Hermanamiento de centros escolares vía Internet 4. Acciones transversales derivadas del seguimiento del plan de acción eLearning; además, deben proporcionarse apoyo a la evaluación de proyectos y servicios de información y comunicación La financiación se concederá por medio de concursos y convocatorias de propuestas. La financiación será del 100 % para los servicios adquiridos (como estudios, publicaciones o expertos) y, posiblemente, para la contribución a una futura agencia ejecutiva, que está en estudio. Las acciones se financiarán mediante: - subvenciones que cubran, como máximo, el 80 % de los costes admisibles con otras fuentes públicas o privadas para proyectos de cooperación como, por ejemplo, proyectos innovadores de estructuración (línea de actuación 2); - subvenciones que cubran, como máximo, el 80 % de los costes admisibles de asociaciones de colaboración dedicadas al aprendizaje electrónico establecidas entre instituciones de educación superior con el fin de imbuir del concepto de aprendizaje electrónico a los acuerdos existentes en el contexto del proceso de Bolonia, y a los nuevos modelos virtuales de la educación superior europea (línea de actuación 2); - la financiación al 100 % de una estructura de apoyo para el hermanamiento de centros escolares, materializada sobre todo en un sitio web central; una red europea de apoyo pedagógico, en cooperación con los Estados miembros; acciones de promoción y difusión y cualquier otra medida de apoyo, como, por ejemplo, la revisión de los actuales sistemas de hermanamiento o la producción de herramientas ad hoc para la búsqueda de socios; para las acciones de promoción y difusión están previstas subvenciones del 50 % al 80 % (línea de actuación 3); - subvenciones del 50 % al 80 % de los costes asociados a las acciones de información y comunicación, como conferencias, seminarios, visitas, informes conjuntos, revisión inter pares y acciones similares de difusión y puesta en común de conocimientos (línea de actuación 4). 5.3. Modalidades de ejecución Los mecanismos de adjudicación previstos en la propuesta siguen, en general, el planteamiento comunitario habitual con respecto a las subvenciones y la cofinanciación basadas en peticiones detalladas de financiación. Determinadas partes serán íntegramente financiadas por la Comunidad, como la red de apoyo y el sitio web central para el hermanamiento de centros escolares. La financiación se concederá por medio de convocatorias de propuestas y concursos. La gestión del programa estará centralizada por la Comisión, con la posible asistencia de una futura agencia ejecutiva cuya creación está actualmente en estudio. Los créditos están destinados a cubrir los gastos de estudios, de reuniones de expertos, de información y de publicaciones directamente vinculados a la realización del objetivo del programa o de las acciones cubiertas por la presente línea, así como cualquier otro gasto de asistencia técnica y administrativa que no conlleve misiones que impliquen a los poderes públicos. Algunas de las acciones cofinanciadas (por ejemplo, las de la línea de actuación 3) podrían llevarse a cabo con redes específicas (EUN, EUA) que tienen un monopolio de hecho. EUN es una red de ministerios de educación de todos los Estados miembros y de varios Estados solicitantes. EUA es la Asociación Europea de Universidades, que reúne a más de quinientas universidades. 6. INCIDENCIA FINANCIERA 6.1. Incidencia financiera total en la Parte B (para todo el período de programación) 6.1.1. Intervención financiera CC en millones de EUR (cifra aproximada al 3er decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> 6.1.2 Asistencia técnica y administrativa (ATA), gastos de apoyo (GA) y gastos de TI (créditos de compromiso) >SITIO PARA UN CUADRO> 6.2. Cálculo de los costes por medida prevista en la Parte B (para todo el período de programación) CC en millones de EUR (cifra aproximada al 3er decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> * Productos anuales previstos ** El coste unitario medio se ha calculado según los costes de acciones anteriores similares >SITIO PARA UN CUADRO> Los productos anuales previstos se han calculado de acuerdo con la siguiente distribución global del presupuesto del programa: - Acciones contra la brecha digital: en torno a un 25 % del presupuesto total - Asociaciones para el aprendizaje electrónico en la educación superior: en torno a un 30 % del presupuesto total - Hermanamiento de centros escolares vía Internet: en torno a un 25 % del presupuesto total - Acciones transversales y seguimiento del aprendizaje electrónico: en torno a un 10 % del presupuesto total - Asistencia técnica y administrativa: en torno a un 10 % del presupuesto total La proporción del presupuesto asignada al apoyo técnico y los servicios de información no ha sido predeterminada, sino que se deriva del tipo de acciones identificadas, en especial las que se han destacado durante los debates con los socios a fin de crear un programa que ofrezca un valor añadido comunitario. De acuerdo con la evaluación ex ante, es primordial tomar como base lo ya existente y difundir información sobre la labor realizada en la fase exploratoria y por otros programas comunitarios o acciones de los Estados miembros. Esto ayudará también a aprovechar mejor los resultados de los proyectos existentes, concienciando a sus responsables de la necesidad de evitar duplicaciones y estableciendo sinergias. Todas estas acciones pueden considerarse altamente eficaces, vistos los reducidos importes que les son asignados y los efectos multiplicadores que se espera que tengan a escala comunitaria. Debe tenerse presente la cantidad limitada de que dispone el presupuesto global del programa y el hecho de que los importes asignados a estas acciones sea reducido. 7. INCIDENCIA EN LOS EFECTIVOS Y EN LOS GASTOS ADMINISTRATIVOS 7.1. Incidencia en los recursos humanos >SITIO PARA UN CUADRO> 7.2. Incidencia financiera global de los recursos humanos >SITIO PARA UN CUADRO> 7.3. Otros gastos de funcionamiento que se derivan de la acción >SITIO PARA UN CUADRO> * Coste unitario Los importes corresponden a los gastos totales de la acción durante 12 meses. Las cifras anteriores se refieren a 2004. Durante el primer año, los gastos administrativos y de personal aumentarían comparativamente más rápido que el presupuesto del programa. Los importes corresponden a los gastos totales de la acción durante 12 meses. >SITIO PARA UN CUADRO> Las necesidades de recursos administrativos y de personal se cubrirán con parte de la asignación otorgada a la DG gestora en el marco del procedimiento anual de asignación. 8. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN 8.1. Sistema de seguimiento La aplicación del programa, incluido el seguimiento, podría correr a cargo de una agencia ejecutiva, que debería ser operativa desde el mismo comienzo del programa. Se espera que las actividades de seguimiento empiecen aproximadamente doce meses después del inicio del programa, no antes. Este tiempo se aprovechará para preparar las herramientas de recopilación y procesamiento de datos. El seguimiento continuado del programa se basará en la información suministrada directamente por los beneficiarios, que presentarán informes de actividad y financieros provisionales y finales, en los que se contemplarán los criterios de funcionamiento establecidos en el proceso de selección. Para asegurar la calidad de la ejecución del programa se llevarán a cabo visitas regulares a los proyectos y se pedirá a los participantes en el programa que informen periódicamente de sus actividades. Todos los proyectos y acciones contarán con una evaluación integrada, o bien contemplarán la evaluación por expertos externos o internos, e incluirán indicadores de rendimiento y directrices de seguimiento. En el caso de proyectos de realización única, como seminarios y conferencias, se efectuarán un seguimiento in situ y una evaluación externa pormenorizada basada en muestras aleatorias o en factores de riesgo. 8.2. Modalidades y periodicidad de la evaluación prevista Durante el segundo año del programa se llevará a cabo una evaluación provisional, y al final del mismo se efectuará la evaluación ex post, centrada en los efectos de la acción en cuestión. A efectos de evaluación se han determinado los siguientes indicadores: >SITIO PARA UN CUADRO> 9. MEDIDAS ANTIFRAUDE Las decisiones de financiación y los contratos formalizados entre la Comisión y los beneficiarios de una subvención comunitaria establecen los controles que deberán efectuar in situ en los locales de estos últimos la Comisión y el Tribunal de Cuentas, y otorgan el poder de exigir pruebas de cualquier gasto realizado al amparo de tales contratos, acuerdos y compromisos legales durante los cinco años que siguen a la finalización del periodo contractual. Cuando se estime necesario se llevarán a cabo auditorías sobre el terreno. Los beneficiarios están obligados a informar y a llevar una contabilidad financiera, obligaciones que se analizan desde el punto de vista del contenido y la admisibilidad del gasto, teniendo presente el propósito de la financiación comunitaria y atendiendo a las obligaciones contractuales y a los principios de economía y buena gestión financiera. A los acuerdos financieros se adjunta información de carácter administrativo y económico, concebida para especificar el tipo de gasto que es admisible conforme a dichos acuerdos. Cuando proceda, la cobertura comunitaria de determinados elementos del coste se limitará a aquellos que sean reales, identificables y verificables en el sistema contable del beneficiario, a fin de facilitar el control y la auditoría (así como la evaluación a efectos de selección) de los proyectos cuando reciban la financiación. En cuanto a la contratación, y tal como está previsto en el nuevo Reglamento financiero (artículos 93-96), la Comisión podrá imponer sanciones administrativas o económicas a los candidatos o licitadores que se encuentren en alguna de las situaciones de exclusión previstas.