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Document 62025CN0222

Asunto C-222/25, Rahapesu Andmebüroo: Petición de decisión prejudicial planteada por el Riigikohus (Estonia) el 21 de marzo de 2025 – X / Rahapesu Andmebüroo

DO C, C/2025/2847, 2.6.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/2847/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/2847/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/2847

2.6.2025

Petición de decisión prejudicial planteada por el Riigikohus (Estonia) el 21 de marzo de 2025 – X / Rahapesu Andmebüroo

(Asunto C-222/25, Rahapesu Andmebüroo)

(C/2025/2847)

Lengua de procedimiento: estonio

Órgano jurisdiccional remitente

Riigikohus

Partes en el procedimiento principal

Demandante: X

Demandada: Rahapesu Andmebüroo

Coadyuvante: Andmekaitse Inspektsioon

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Deben interpretarse el artículo 2, apartado 2, letra d), del Reglamento (UE) 2016/679 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos; en lo sucesivo, «RGPD»), y el artículo 2, apartado 1, en relación con el artículo 1, de la Directiva (UE) 2016/680 (2) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de estos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo, en el sentido de que el posible tratamiento de datos personales por una unidad de inteligencia financiera puede constituir un tratamiento de datos personales por la autoridad competente con fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de la ejecución de sanciones penales, incluidas la protección y la prevención frente a amenazas contra la seguridad pública, aun cuando la unidad de inteligencia financiera no sea un órgano instructor en el sentido del Código de Enjuiciamiento Criminal?

2.

¿Deben interpretarse el artículo 23, apartado 2, letra h), del RGPD y el artículo 15, apartado 3, de la Directiva 2016/680 en el sentido de que, en un procedimiento administrativo o judicial, puede denegarse al interesado la comunicación del acto jurídico en virtud del cual se le ha denegado el acceso a los datos personales que le conciernen, con el fin de evitar que se confirme o refute el hecho de que se han tratado datos personales que le conciernen, si el interesado no tiene conocimiento de si se ha producido o no dicho tratamiento, y también puede denegarse al interesado en tal caso información sobre si tiene la posibilidad de acogerse a la medida prevista en el artículo 17, apartado 1, de la Directiva 2016/680?

3.

¿Deben interpretarse el artículo 15 de la Directiva 2016/680 o, en su caso, el artículo 23 del RGPD en el sentido de que es compatible con dichos artículos una normativa nacional que autoriza al director de una unidad de inteligencia financiera a limitar los derechos del interesado, indicando la finalidad, las condiciones y el alcance temporal y territorial de la limitación de los derechos del interesado en relación con otras disposiciones, incluidas las de rango inferior?

4.

¿Deben interpretarse el artículo 15 de la Directiva 2016/680 o, en su caso, el artículo 23 del RGPD en el sentido de que es compatible con dichos artículos una normativa nacional que restringe totalmente el ejercicio del derecho previsto en el artículo 14 de la Directiva 2016/680 o en el artículo 15 del RGPD hasta que se destruyen los datos, de modo que el interesado nunca podrá tener acceso a esos datos?


(1)   DO 2016, L 119, p. 1.

(2)   DO 2016, L 119, p. 89.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/2847/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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