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Document 32023D0362

Decisión (UE) 2023/362 del Consejo de 14 de febrero de 2023 relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Japón sobre determinadas disposiciones de los convenios entre Estados miembros de la Unión Europea y Japón sobre servicios aéreos

ST/16230/2022/INIT

DO L 50 de 17.2.2023, p. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/362/oj

17.2.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 50/1


DECISIÓN (UE) 2023/362 DEL CONSEJO

de 14 de febrero de 2023

relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Japón sobre determinadas disposiciones de los convenios entre Estados miembros de la Unión Europea y Japón sobre servicios aéreos

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 100, apartado 2, en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 5 de junio de 2003, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con terceros países a fin de sustituir algunas disposiciones de los convenios bilaterales en vigor por un acuerdo a nivel de la Unión.

(2)

La Comisión negoció, en nombre de la Unión, un Acuerdo entre la Unión Europea y Japón sobre determinadas disposiciones de los convenios entre Estados miembros de la Unión Europea y Japón sobre servicios aéreos (en lo sucesivo, «Acuerdo»). Las negociaciones concluyeron con éxito con la rúbrica del Acuerdo el 21 de septiembre de 2022.

(3)

El Acuerdo tiene como objetivo adaptar al Derecho de la Unión los convenios bilaterales sobre servicios aéreos entre trece Estados miembros y Japón.

(4)

Procede firmar el Acuerdo en nombre de la Unión, a reserva de su celebración en una fecha posterior.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Japón sobre determinadas disposiciones de los convenios entre Estados miembros de la Unión Europea y Japón sobre servicios aéreos (en lo sucesivo, «Acuerdo»), a reserva de la celebración de dicho Acuerdo (1).

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 14 de febrero de 2023.

Por el Consejo

La Presidenta

E. SVANTESSON


(1)  El texto del Acuerdo se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.


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