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Document 32021R1466

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1466 de la Comisión de 6 de julio de 2021 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1239 en lo que atañe al importe de la garantía y al período de validez de los certificados de exportación de arroz

C/2021/4863

DO L 321 de 13.9.2021, p. 16–17 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/1466/oj

13.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 321/16


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/1466 DE LA COMISIÓN

de 6 de julio de 2021

por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1239 en lo que atañe al importe de la garantía y al período de validez de los certificados de exportación de arroz

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 178 y su artículo 223, apartado 3, letras a), b) y c),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1239 de la Comisión (2) establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 en lo relativo al régimen de certificados de importación y exportación.

(2)

El Reglamento Delegado (UE) 2016/1237 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento Delegado (UE) 2021/1467 de la Comisión (4), ha suprimido la obligatoriedad de los certificados para las exportaciones de «arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo)» del código NC 1006 20 y «arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado» del código NC 1006 30.

(3)

Por consiguiente, procede suprimir las disposiciones de aplicación relativas al importe de la garantía y al período de validez, así como la obligación de notificación, de dichos certificados de exportación.

(4)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1239 en consecuencia.

(5)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1239 se modifica como sigue:

1)

En el artículo 19 bis, se suprime la letra b).

2)

En el anexo II, parte II, se suprime la letra A.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 6 de julio de 2021.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1239 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al régimen de certificados de importación y exportación (DO L 206 de 30.7.2016, p. 44).

(3)  Reglamento Delegado (UE) 2016/1237 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, que complementa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que atañe a las disposiciones de aplicación del régimen de certificados de importación y exportación, y el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que atañe a las normas relativas a la liberación y ejecución de las garantías constituidas para dichos certificados, que modifica los Reglamentos (CE) n.o 2535/2001, (CE) n.o 1342/2003, (CE) n.o 2336/2003, (CE) n.o 951/2006, (CE) n.o 341/2007 y (CE) n.o 382/2008 de la Comisión y que deroga los Reglamentos (CE) n.o 2390/98, (CE) n.o 1345/2005, (CE) n.o 376/2008 y (CE) n.o 507/2008 de la Comisión (DO L 206 de 30.7.2016, p. 1).

(4)  Reglamento Delegado (UE) 2021/1467 de la Comisión, de 6 de julio de 2021, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/1237 en lo que atañe a la obligación de certificado de exportación en el caso del arroz (véase la página 18 del presente Diario Oficial).


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