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Dokument 32015R0196

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/196 de la Comisión, de 5 de febrero de 2015 , por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia en el pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Toma Piemontese (DOP)]

DO L 33 de 10.2.2015., str. 7.–7. (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Pravni status dokumenta Na snazi

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2015/196/oj

10.2.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 33/7


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/196 DE LA COMISIÓN

de 5 de febrero de 2015

por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia en el pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Toma Piemontese (DOP)]

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 52, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 53, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) no 1151/2012, la Comisión ha examinado una solicitud de Italia por la que se pide la aprobación de una modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Toma Piemontese», registrada en virtud del Reglamento (CE) no 1263/96 de la Comisión (2).

(2)

Por tratarse de una modificación que no se considera de menor importancia, en el sentido del artículo 53, apartado 2, del Reglamento (UE) no 1151/2012, la Comisión, en aplicación del artículo 50, apartado 2, letra a), de ese Reglamento, ha publicado la solicitud de modificación en el Diario Oficial de la Unión Europea (3).

(3)

Dado que no se ha presentado a la Comisión ninguna declaración de oposición en virtud del artículo 51 del Reglamento (UE) no 1151/2012, procede aprobar la modificación del pliego de condiciones.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda aprobada la modificación del pliego de condiciones publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea relativa a la denominación «Toma Piemontese» (DOP).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de febrero de 2015.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Phil HOGAN

Miembro de la Comisión


(1)   DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.

(2)  Reglamento (CE) no 1263/96 de la Comisión, de 1 de julio de 1996, por el que se completa el anexo del Reglamento (CE) no 1107/96 relativo al registro de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 17 del Reglamento (CEE) no 2081/92 (DO L 163 de 2.7.1996, p. 19).

(3)   DO C 310 de 12.9.2014, p. 4.


Vrh