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Dieses Dokument ist ein Auszug aus dem EUR-Lex-Portal.

Dokument 32013R0521R(01)

    Corrección de errores del Reglamento (UE) n ° 521/2013 del Consejo, de 6 de junio de 2013 , que modifica el Reglamento (CE) n ° 1183/2005 por el que se imponen medidas restrictivas específicas dirigidas contra personas que incurren en violación del embargo de armas en relación con la República Democrática del Congo ( DO L 56 de 8.6.2013 )

    DO L 294 de 10.10.2014, S. 56–56 (BG, ES)
    DO L 294 de 10.10.2014, S. 62–62 (IT)
    DO L 294 de 10.10.2014, S. 61–61 (FR, MT, PT)
    DO L 294 de 10.10.2014, S. 54–54 (DE, EL)
    DO L 294 de 10.10.2014, S. 49–49 (DA)
    DO L 294 de 10.10.2014, S. 59–59 (SL)
    DO L 294 de 10.10.2014, S. 50–50 (SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/521/corrigendum/2014-10-10/oj

    10.10.2014   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 294/56


    Corrección de errores del Reglamento (UE) no 521/2013 del Consejo, de 6 de junio de 2013, que modifica el Reglamento (CE) no 1183/2005 por el que se imponen medidas restrictivas específicas dirigidas contra personas que incurren en violación del embargo de armas en relación con la República Democrática del Congo

    ( Diario Oficial de la Unión Europea L 156 de 8 de junio de 2013 )

    En la página 1, en el considerando 5

    donde dice:

    «(5)

    La facultad de modificar la lista en el anexo I del Reglamento (CE) no 1183/2005 debe ser ejercida por el Consejo, ante la amenaza específica para la paz y la seguridad internacionales planteada por la situación en la República Democrática del Congo y para garantizar la coherencia con el proceso de modificación del anexo de la Decisión 2010/788/PESC.»

    ,

    debe decir:

    «(5)

    La competencia de modificar la lista en el anexo I del Reglamento (CE) no 1183/2005 debe ser ejercida por el Consejo, ante la amenaza específica para la paz y la seguridad internacionales planteada por la situación en la República Democrática del Congo y para garantizar la coherencia con el proceso de modificación del anexo de la Decisión 2010/788/PESC.»

    .


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