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Document 32012O0029
2012/833/EU: Guideline of the European Central Bank of 10 December 2012 amending Guideline ECB/2010/20 on the legal framework for accounting and financial reporting in the European System of Central Banks (ECB/2012/29)
2012/833/UE: Orientación del Banco Central Europeo, de 10 de diciembre de 2012 , por la que se modifica la Orientación BCE/2010/20 sobre el régimen jurídico de la contabilidad y la información financiera en el Sistema Europeo de Bancos Centrales (BCE/2012/29)
2012/833/UE: Orientación del Banco Central Europeo, de 10 de diciembre de 2012 , por la que se modifica la Orientación BCE/2010/20 sobre el régimen jurídico de la contabilidad y la información financiera en el Sistema Europeo de Bancos Centrales (BCE/2012/29)
DO L 356 de 22.12.2012, p. 94–108
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
No longer in force, Date of end of validity: 30/12/2016; derogado por 32016O0034
22.12.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 356/94 |
ORIENTACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 10 de diciembre de 2012
por la que se modifica la Orientación BCE/2010/20 sobre el régimen jurídico de la contabilidad y la información financiera en el Sistema Europeo de Bancos Centrales
(BCE/2012/29)
(2012/833/UE)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, los artículos 12.1, 14.3 y 26.4,
Vista la contribución del Consejo General del Banco Central Europeo (BCE) conforme a los guiones segundo y tercero del artículo 46.2 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Orientación BCE/2010/20, de 11 de noviembre de 2010, sobre el régimen jurídico de la contabilidad y la información financiera del Sistema Europeo de Bancos Centrales (1) establece las reglas para normalizar los procedimientos contables y de información relativos a las operaciones emprendidas por los bancos centrales nacionales. |
(2) |
En el anexo IV de la Orientación BCE/2010/20 se dispone ya, en la partida 13 de pasivo («Provisiones») y en términos no obligatorios, la posibilidad de establecer provisiones frente a los riesgos cambiario, de tipos de interés, de crédito y de fluctuación de la cotización del oro. Dada la importancia de garantizar que los bancos centrales nacionales dispongan de los recursos financieros suficientes para hacer frente a los notables riesgos derivados de sus actividades, y sin perjuicio de las normas de contabilidad nacionales sobre provisiones frente a riesgos, se estima que es necesario reforzar esta opción incluyéndola en la parte dispositiva de la Orientación BCE/2010/20. Esta recomendación no impedirá a los bancos centrales nacionales mantener ni constituir provisiones frente a otros riesgos, de acuerdo con sus respectivas normas de contabilidad nacionales. |
(3) |
La información financiera acerca de las operaciones de provisión urgente de liquidez debería armonizarse, mencionándose los activos resultantes de esas operaciones en el anexo IV de la Orientación BCE/2010/20, en la partida 6 («Otros activos en euros frente a entidades de crédito de la zona del euro») de activo. |
(4) |
Consecuentemente, debe modificarse la Orientación BCE/2010/20, |
HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:
Artículo 1
Modificaciones
La Orientación BCE/2010/20 se modificará como sigue:
1. |
Se añadirá el siguiente artículo 6 bis: «Artículo 6 bis Provisión frente a los riesgos cambiario, de tipos de interés, de crédito y de fluctuación de la cotización del oro Teniendo debidamente en cuenta la naturaleza de las actividades de los BCN, un BCN podrá establecer una provisión frente a los riesgos cambiario, de tipos de interés, de crédito y de fluctuación de la cotización del oro en su balance. El BCN decidirá la cuantía y el uso de la provisión en virtud de una estimación razonada de los riesgos del BCN.». |
2. |
El anexo IV de la Orientación BCE/2010/20 se sustituirá por el anexo de la presente Orientación. |
Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Orientación entrará en vigor el 31 de diciembre de 2012.
Artículo 3
Destinatarios
La presente Orientación se aplicará a todos los bancos centrales del Eurosistema.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 10 de diciembre de 2012.
Por el Consejo de Gobierno del BCE
El Presidente del BCE
Mario DRAGHI
(1) DO L 35 de 9.2.2011, p. 31.
ANEXO
«ANEXO IV
COMPOSICIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL BALANCE (1)
ACTIVO
Partida del balance (3) |
Descripción del contenido de las partidas del balance |
Criterios de valoración |
Ámbito de aplicación (4) |
||||||||
1 |
1 |
Oro y derechos en oro |
Reservas materiales de oro, esto es, lingotes, monedas, placas y pepitas, almacenado o “en camino”. Oro que no está físicamente en existencias, como saldos de cuentas corrientes a la vista en oro (cuentas no asignadas), depósitos a plazo y derechos a recibir oro derivados de las operaciones siguientes: a) operaciones de ajuste al alza y a la baja, y b) swaps de oro, con o sin movimiento, cuando exista una diferencia de más de un día hábil entre despacho y recepción |
Valor de mercado |
Obligatorio |
||||||
2 |
2 |
Activos en moneda extranjera frente a no residentes en la zona del euro |
Activos frente a entidades de contrapartida residentes fuera de la zona del euro, incluidas instituciones internacionales y supranacionales y bancos centrales fuera de la zona del euro, denominados en moneda extranjera |
|
|
||||||
2.1 |
2.1 |
Activos frente al Fondo Monetario Internacional (FMI) |
a) Derechos de giro dentro del tramo de reserva (neto) Cuota nacional menos saldos en euros a disposición del FMI. La cuenta no 2 del FMI (cuenta en euros para gastos administrativos) puede incluirse en esta partida o en la denominada “Pasivos en euros frente a no residentes en la zona del euro” |
a) Derechos de giro dentro del tramo de reserva (neto) Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||||
b) DEG Saldos en DEG (brutos) |
b) DEG Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
|||||||||
c) Otros derechos sobre activos Acuerdos generales para la obtención de préstamos, préstamos conforme a acuerdos especiales de préstamo, depósitos en fondos fiduciarios administrados por el FMI |
c) Otros derechos sobre activos Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
|||||||||
2.2 |
2.2 |
Depósitos en bancos, inversiones en valores, préstamos al exterior y otros activos exteriores |
a) Depósitos en bancos fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” Cuentas corrientes, depósitos a plazo, depósitos a un día, adquisiciones temporales |
a) Depósitos en bancos fuera de la zona del euro Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||||
b) Inversiones en valores fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” Pagarés y obligaciones, letras, bonos cupón cero, instrumentos del mercado monetario, instrumentos de renta variable mantenidos como parte de las reservas exteriores, todos emitidos por no residentes en la zona del euro |
i) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento Precio de mercado y tipo de cambio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
|||||||||
ii) Valores negociables clasificados como mantenidos hasta su vencimiento Coste sujeto a pérdida de valor y tipo de cambio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
iii) Valores no negociables Coste sujeto a pérdida de valor y tipo de cambio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
iv) Instrumentos de renta variable negociables Precio de mercado y tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||||||||
c) Préstamos exteriores (depósitos) fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” |
c) Préstamos exteriores Depósitos al valor nominal convertido al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
|||||||||
d) Otros activos exteriores Billetes y monedas no pertenecientes a la zona del euro |
d) Otros activos exteriores Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
|||||||||
3 |
3 |
Activos en moneda extranjera frente a residentes en la zona del euro |
a) Inversiones en valores dentro de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” Pagarés y obligaciones, letras, bonos cupón cero, instrumentos del mercado monetario, instrumentos de renta variable mantenidos como parte de las reservas exteriores, todos emitidos por residentes en la zona del euro |
i) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento Precio de mercado y tipo de cambio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||
ii) Valores negociables clasificados como mantenidos hasta su vencimiento Coste sujeto a pérdida de valor y tipo de cambio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
iii) Valores no negociables Coste sujeto a pérdida de valor y tipo de cambio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
iv) Instrumentos de renta variable negociables Precio de mercado y tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||||||||
b) Otros derechos frente a residentes en la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” Préstamos, depósitos, adquisiciones temporales y otros empréstitos |
b) Otros derechos sobre activos Depósitos y otros empréstitos al valor nominal, convertido al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
|||||||||
4 |
4 |
Activos en euros frente a no residentes en la zona del euro |
|
|
|
||||||
4.1 |
4.1 |
Depósitos en bancos, inversiones en valores y préstamos |
a) Depósitos en bancos fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” Depósitos en bancos fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” Cuentas corrientes, depósitos a plazo, depósitos a un día. Adquisiciones temporales relacionadas con la gestión de valores denominados en euros |
a) Depósitos en bancos fuera de la zona del euro Valor nominal |
Obligatorio |
||||||
b) Inversiones en valores fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” Instrumentos de renta variable, pagarés y obligaciones, letras, bonos cupón cero, instrumentos del mercado monetario, todos emitidos por no residentes en la zona del euro |
i) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento Precio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
|||||||||
ii) Valores negociables clasificados como mantenidos hasta su vencimiento Coste sujeto a pérdida de valor Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
iii) Valores no negociables Coste sujeto a pérdida de valor Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
iv) Instrumentos de renta variable negociables Precio de mercado |
Obligatorio |
||||||||||
c) Préstamos fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” |
c) Préstamos fuera de la zona del euro Depósitos al valor nominal |
Obligatorio |
|||||||||
d) Valores emitidos por entidades fuera de la zona del euro salvo los incluidos en la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros” Valores emitidos por organizaciones supranacionales o internacionales, por ejemplo, el Banco Europeo de Inversiones, con independencia de su situación geográfica |
i) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento Precio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
|||||||||
ii) Valores negociables clasificados como mantenidos hasta su vencimiento Coste sujeto a pérdida de valor Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
iii) Valores no negociables Coste sujeto a pérdida de valor Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
4.2 |
4.2 |
Activos procedentes de la facilidad de crédito prevista en el MTC II |
Préstamos otorgados de acuerdo con las condiciones del MTC II |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||||
5 |
5 |
Préstamos en euros concedidos a entidades de crédito de la zona del euro en relación con operaciones de política monetaria |
Partidas 5.1 a 5.5: operaciones realizadas de acuerdo con las características de los diferentes instrumentos de política monetaria descritos en el anexo I de la Orientación BCE/2011/14, de 20.9.2011, sobre los instrumentos y procedimientos de la política monetaria del Eurosistema (5) |
|
|
||||||
5.1 |
5.1 |
Operaciones principales de financiación |
Operaciones temporales regulares de provisión de liquidez de frecuencia semanal y plazo normal de vencimiento a una semana |
Valor nominal o coste de la cesión temporal |
Obligatorio |
||||||
5.2 |
5.2 |
Operaciones de financiación a plazo más largo |
Operaciones temporales regulares de provisión de liquidez de frecuencia mensual y plazo normal de vencimiento a tres meses |
Valor nominal o coste de la cesión temporal |
Obligatorio |
||||||
5.3 |
5.3 |
Operaciones temporales de ajuste |
Operaciones temporales ejecutadas específicamente con fines de ajuste |
Valor nominal o coste de la cesión temporal |
Obligatorio |
||||||
5.4 |
5.4 |
Operaciones temporales estructurales |
Operaciones temporales que ajustan la situación estructural del Eurosistema frente al sector financiero |
Valor nominal o coste de la cesión temporal |
Obligatorio |
||||||
5.5 |
5.5 |
Facilidad marginal de crédito |
Facilidad para obtener liquidez a un día a un tipo de interés predeterminado contra activos de garantía (facilidad permanente) |
Valor nominal o coste de la cesión temporal |
Obligatorio |
||||||
5.6 |
5.6 |
Préstamos relacionados con el ajuste de los márgenes de garantía |
Crédito adicional a las entidades de crédito derivado del incremento del valor de los activos de garantía en relación con otros créditos concedidos a tales entidades |
Valor nominal/coste |
Obligatorio |
||||||
6 |
6 |
Otros activos en euros frente a entidades de crédito de la zona del euro |
Cuentas corrientes, depósitos a plazo, depósitos a un día, adquisiciones temporales relacionadas con la gestión de carteras de valores incluidas en la partida 7 del activo “Valores emitidos en euros por residentes en la zona del euro”, incluidas las operaciones resultantes de la transformación de las reservas mantenidas anteriormente en monedas de la zona del euro, y otros activos. Cuentas de corresponsalía con entidades de crédito no nacionales de la zona del euro. Otros activos y operaciones no relacionados con las operaciones de política monetaria del Eurosistema, incluida la provisión urgente de liquidez. Todo activo derivado de operaciones de política monetaria iniciadas por un BCN antes de ser miembro del Eurosistema |
Valor nominal/coste |
Obligatorio |
||||||
7 |
7 |
Valores emitidos en euros por residentes en la zona del euro |
|
|
|
||||||
7.1 |
7.1 |
Valores mantenidos a efectos de la política monetaria |
Valores emitidos en la zona del euro mantenidos con fines de polítca monetaria. Certificados de deuda del BCE adquiridos con fines de ajuste |
a) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento Precio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||
b) Valores negociables clasificados como mantenidos hasta su vencimiento Coste sujeto a pérdida de valor [coste cuando la pérdida de valor se cubre con una provisión conforme a la partida 13 b) del pasivo “Provisiones”] Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
c) Valores no negociables Coste sujeto a pérdida de valor Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
7.2 |
7.2 |
Otros valores |
Valores salvo los incluidos en las partidas del activo 7.1 “Valores mantenidos con fines de política monetaria” y 11.3 “Otros activos financieros”: bonos y obligaciones, letras, bonos cupón cero, instrumentos del mercado monetario adquiridos en firme, incluida la deuda pública anterior a la UEM, denominados en euros. Instrumentos de renta variable |
a) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento Precio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||
b) Valores negociables clasificados como mantenidos hasta su vencimiento Coste sujeto a pérdida de valor Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
c) Valores no negociables Coste sujeto a pérdida de valor Las primas o descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||||||||
d) Instrumentos de renta variable negociables Precio de mercado |
Obligatorio |
||||||||||
8 |
8 |
Créditos en euros a las administraciones públicas |
Activos frente a las administraciones públicas adquiridos con anterioridad al inicio de la UEM (valores no negociables, préstamos) |
Depósitos/préstamos al valor nominal, valores no negociables al coste |
Obligatorio |
||||||
— |
9 |
Cuentas intra-Eurosistema+) |
|
|
|
||||||
— |
9.1 |
Participating interest in ECB+) |
Partida exclusiva del balance de los BCN Participación en el capital del BCE correspondiente a cada BCN conforme al Tratado y a la respectiva clave de capital y contribuciones derivadas del artículo 48.2 de los Estatutos del SEBC |
Coste |
Obligatorio |
||||||
— |
9.2 |
Activos contrapartida de las reservas exteriores transferidas al BCE+) |
Partida exclusiva del balance de los BCN Activos frente al BCE denominados en euros relacionados con las transferencias iniciales y ulteriores de reservas exteriores conforme al artículo 30 de los Estatutos del SEBC. |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||||
— |
9.3 |
Activos relacionados con la emisión de certificados de deuda del BCE+) |
Partida exclusiva del balance del BCE Activos internos del Eurosistema frente a BCN, derivados de la emisión de certificados de deuda del BCE |
Coste |
Obligatorio |
||||||
— |
9.4 |
Activos netos relacionados con la asignación de los billetes en euros dentro del Eurosistema+) (2) |
Para los BCN: activo neto relacionado con la aplicación de la clave de asignación de billetes, esto es, incluidos los saldos internos del Eurosistema respecto de la emisión de billetes del BCE, el importe de compensación y las anotaciones contables complementarias de conformidad con la Decisión BCE/2010/23 de 25 de noviembre de 2010 sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (6) Para el BCE: activos relacionados con la emisión de billetes del BCE de conformidad con la Decisión BCE/2010/29 |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||||
— |
9.5 |
Otros activos intra-Eurosistema (neto)+) |
Posición neta de las siguientes subpartidas: |
|
|
||||||
|
|
Obligatorio |
|||||||||
|
|
Obligatorio |
|||||||||
|
|
Obligatorio |
|||||||||
9 |
10 |
Partidas en curso de liquidación |
Saldos de las cuentas de liquidación (activos), incluido el montante de cheques pendientes de cobro |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||||
9 |
11 |
Otros activos |
|
|
|
||||||
9 |
11.1 |
Monedas de la zona del euro |
Monedas en euros cuando un BCN no sea el emisor legal |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||||
9 |
11.2 |
Inmovilizado material e inmaterial |
Terrenos e inmuebles, mobiliario y equipamiento, incluido el informático, software |
Coste menos amortización Tipos de amortización
Capitalización de los gastos: existen limitaciones (por debajo de 10 000 EUR, IVA excluido: sin capitalización) |
Recomendado |
||||||
9 |
11.3 |
Otros activos financieros |
|
a) Instrumentos de renta variable negociables Precio de mercado |
Recomendado |
||||||
b) Participaciones y acciones no líquidas y otros instrumentos de renta variable mantenidos como inversión permanente Coste sujeto a pérdida de valor |
Recomendado |
||||||||||
c) Inversiones en filiales o participaciones significativas Valor neto de los activos |
Recomendado |
||||||||||
d) Valores negociables distintos de los mantenidos hasta su vencimiento Precio de mercado Las primas o descuentos se amortizan |
Recomendado |
||||||||||
e) como mantenidos hasta su vencimiento o mantenidos como inversión permanente Coste sujeto a pérdida de valor Las primas o descuentos se amortizan |
Recomendado |
||||||||||
f) Valores no negociables Coste sujeto a pérdida de valor Las primas o descuentos se amortizan |
Recomendado |
||||||||||
g) Depósitos en bancos y préstamos Valor nominal, convertido al tipo de cambio de mercado si los saldos o depósitos están denominados en moneda extranjera |
Recomendado |
||||||||||
9 |
11.4 |
Diferencias por valoración de partidas fuera de balance |
Resultados de valoración de operaciones de divisas a plazo, swaps de divisas, swaps de tipos de interés, acuerdos de tipos de interés futuros, operaciones de valores a plazo, operaciones al contado de divisas desde la fecha de contratación hasta la fecha de liquidación |
Posición neta entre el plazo y el contado, al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||||
9 |
11.5 |
Cuentas de periodificación del activo y gastos anticipados |
Intereses no vencidos pero imputables al período de referencia. Gastos anticipados e intereses devengados pagados (por ejemplo, intereses devengados que se adquirieren al comprar un valor) |
Valor nominal, convertido al tipo recambio de mercado |
Obligatorio |
||||||
9 |
11.6 |
Diversos |
Anticipos, préstamos y otras partidas menores. Cuentas transitorias de revalorización (partida del balance solo durante el ejercicio: las pérdidas no realizadas en las fechas de revalorización durante el ejercicio no cubiertas por las correspondientes cuentas de revalorización de la partida del pasivo “Cuentas de revalorización”). Préstamos con garantía personal Inversiones relacionadas con depósitos de oro de clientes. Monedas denominadas en unidades monetarias nacionales de la zona del euro. Gastos corrientes (pérdida neta acumulada), pérdida del ejercicio precedente antes de la cobertura. Activo neto por pensiones |
Valor nominal/coste |
Recomendado |
||||||
Cuentas transitorias de revalorización Diferencias de revalorización entre el coste medio y el valor de mercado, convertidas al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||||||||
Inversiones relacionadas con depósitos de oro de clientes Valor de mercado |
Obligatorio |
||||||||||
Saldos activos derivados de incumplimientos de entidades de contrapartida del Eurosistema en el marco de las operaciones de crédito de este |
Saldos activos (derivados de incumplimientos) Valor nominal/recuperable (antes de/después de liquidar pérdidas) |
Obligatorio |
|||||||||
Activos o derechos (frente a terceros) objeto de apropiación o adquisición en el marco de la ejecución de garantías aportadas por entidades de contrapartida del Eurosistema incursas en incumplimiento |
Activos o derechos (derivados de incumplimientos) Coste (convertido al tipo de cambio de mercado del momento de la adquisición si los activos financieros están denominados en moneda extranjera) |
Obligatorio |
|||||||||
— |
12 |
Pérdida del ejercicio |
|
Valor nominal |
Obligatorio |
PASIVO
Partida del balance (8) |
Descripción del contenido de las partidas del balance |
Criterios de valoración |
Ámbito de aplicación (9) |
||||||
1 |
1 |
Billetes en circulación (7) |
|
|
Obligatorio |
||||
|
|
Obligatorio |
|||||||
2 |
2 |
Depósitos en euros mantenidos por entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria |
Partidas 2.1, 2.2, 2.3 y 2.5: Depósitos en euros descritos en el anexo I de la Orientación BCE/2011/14 |
|
|
||||
2.1 |
2.1 |
Cuentas corrientes (incluidas las reservas mínimas) |
Cuentas en euros de entidades de crédito incluidas en la lista de entidades financieras sujetas a la obligación de mantener reservas mínimas conforme a los Estatutos del SEBC. Esta partida contiene fundamentalmente cuentas empleadas para mantener las reservas mínimas |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||
2.2 |
2.2 |
Facilidad de depósito |
Depósitos a un día a un tipo de interés predeterminado (facilidad permanente) |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||
2.3 |
2.3 |
Depósitos a plazo |
Depósitos con fines de absorción de liquidez debidos a operaciones de ajuste |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||
2.4 |
2.4 |
Operaciones temporales de ajuste |
Operaciones de política monetaria con fines de absorción de liquidez |
Valor nominal o coste de la cesión temporal |
Obligatorio |
||||
2.5 |
2.5 |
Depósitos relacionados con el ajuste de los márgenes de garantía |
Depósitos de entidades de crédito derivados de reducciones del valor de los activos de garantía relativos a los créditos a tales entidades |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||
3 |
3 |
Otros pasivos en euros con entidades de crédito de la zona del euro |
Cesiones temporales relacionadas con adquisiciones temporales simultáneas para la gestión de carteras de valores conforme a la partida 7 del activo “Valores emitidos en euros por residentes en la zona del euro”. Otras operaciones no relacionadas con la política monetaria del Eurosistema. No cuentas corrientes de entidades de crédito. Cualesquiera pasivos/depósitos derivados de operaciones de política monetaria iniciadas por un BCN antes de ser miembro del Eurosistema |
Valor nominal o coste de la cesión temporal |
Obligatorio |
||||
4 |
4 |
Certificados de deuda emitidos |
Partida exclusivamente del balance del BCE-para los BCN, partida transitoria. Certificados de deuda descritos en el anexo I de la Orientación BCE/2011/14. Instrumentos emitidos a descuento con fines de absorción de liquidez |
Coste Los descuentos se amortizan |
Obligatorio |
||||
5 |
5 |
Pasivos en euros con otros residentes en la zona del euro |
|
|
|
||||
5.1 |
5.1 |
Administraciones públicas |
Cuentas corrientes, depósitos a plazo, depósitos a la vista |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||
5.2 |
5.2 |
Otros pasivos |
Cuentas corrientes del personal, empresas y clientes incluidas las entidades financieras exentas de la obligación de mantener reservas mínimas (véase la partida 2.1 del pasivo “Cuentas corrientes”), depósitos a plazo, depósitos a la vista |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||
6 |
6 |
Pasivos en euros con no residentes en la zona del euro |
Cuentas corrientes, depósitos a plazo, depósitos a la vista, incluidas cuentas mantenidas para realizar pagos y cuentas con fines de gestión de reservas: de otros bancos, bancos centrales, instituciones internacionales/supranacionales, incluida la Comisión Europea; cuentas corrientes de otros depositantes. Cesiones temporales relacionadas con adquisiciones temporales simultáneas para la gestión de valores en euros. Saldos de cuentas de TARGET2 de los bancos centrales de los Estados miembros cuya moneda no es el euro |
Valor nominal o coste de la cesión temporal |
Obligatorio |
||||
7 |
7 |
Pasivos en moneda extranjera con residentes en la zona del euro |
Cuentas corrientes. Pasivos por adquisiciones temporales; normalmente operaciones de inversión empleando activos en moneda extranjera u oro |
Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||
8 |
8 |
Pasivos en moneda extranjera con no residentes en la zona del euro |
|
|
|
||||
8.1 |
8.1 |
Depósitos y otros pasivos |
Cuentas corrientes. Pasivos por adquisiciones temporales; normalmente operaciones de inversión empleando activos en moneda extranjera u oro |
Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||
8.2 |
8.2 |
Pasivos derivados de la facilidad de crédito prevista en el MTC II |
Empréstitos conforme a las condiciones del MTC II |
Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||
9 |
9 |
Contrapartida de los derechos especiales de giro asignados por el FMI |
Partida que muestra el importe en DEG asignado originariamente al país/BCN correspondiente |
Valor nominal, conversión al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
||||
— |
10 |
Cuentas intra-Eurosistema+) |
|
|
|
||||
— |
10.1 |
Pasivos equivalentes a la transferencia de reservas en moneda extranjera+) |
Partida exclusiva del balance del BCE en euros |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||
— |
10.2 |
Pasivos relacionados con la emisión de certificados de deuda del BCE+) |
Partida exclusiva del balance de los BCN Pasivo intra-Eurosistema frente al BCE derivado de la emisión de certificados de deuda del BCE |
Coste |
Obligatorio |
||||
— |
10.3 |
Pasivos netos relacionados con la asignación de los billetes en euros dentro del Eurosistema+) (7) |
Partida exclusiva del balance de los BCN Para los BCN: pasivo neto relacionado con la aplicación de la clave de asignación de billetes, esto es, incluidos los saldos internos del Eurosistema respecto de la emisión de billetes del BCE, el importe de compensación y las anotaciones contables complementarias de conformidad con la Decisión BCE/2010/23 |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||
— |
10.4 |
Otros pasivos intra- Eurosistema (neto)+) |
Posición neta de las siguientes subpartidas |
|
|
||||
|
|
Obligatorio |
|||||||
|
|
Obligatorio |
|||||||
|
|
Obligatorio |
|||||||
10 |
11 |
Partidas en curso de liquidación |
Saldos de cuentas de liquidación (pasivos), incluidas las transferencias bancarias en curso |
Valor nominal |
Obligatorio |
||||
10 |
12 |
Otros pasivos |
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10 |
12.1 |
Diferencias por valoración de partidas fuera de balance |
Resultados de valoración de operaciones de divisas a plazo, swaps de divisas, swaps de tipos de interés, acuerdos de tipos de interés futuros, operaciones de valores a plazo, operaciones al contado de divisas desde la fecha de contratación hasta la fecha de liquidación |
Posición neta entre el plazo y el contado, al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
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10 |
12.2 |
Cuentas de periodificación del pasivo e ingresos percibidos por adelantado |
Gastos que se pagarán en un ejercicio futuro pero que corresponden al ejercicio declarado. Ingresos percibidos en el período de referencia pero relativos a un ejercicio futuro |
Valor nominal, convertido al tipo recambio de mercado |
Obligatorio |
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10 |
12.3 |
Diversos |
Cuentas fiscales transitorias. Cuentas de cobertura de créditos o garantías en moneda extranjera. Cesiones temporales con entidades de crédito relacionadas con adquisiciones simultáneas para la gestión de carteras de valores conforme a la partida 11.3 del activo “Otros activos financieros”. Depósitos obligatorios distintos de los de reserva. Otras partidas de menor importancia. Ingresos corrientes (beneficio neto acumulado), beneficio del ejercicio precedente antes de la distribución. Pasivos con garantía personal. Depósitos de oro de clientes Monedas en circulación caso de que el emisor legal sea un BCN. Billetes en circulación denominados en unidades monetarias nacionales de la zona del euro que ya no son de curso legal pero siguen circulando después del año de introducción del efectivo en euros, salvo que figuren en la partida del pasivo “Provisiones”. Pasivo neto por pensiones |
Valor nominal o coste (de la cesión temporal)t |
Recomendado |
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Depósitos de oro de clientes Valor de mercado |
Depósitos de oro de clientes: Obligatorio |
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10 |
13 |
Provisiones |
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Recomendado |
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Obligatorio |
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11 |
14 |
Cuentas de revalorización |
Cuentas de revalorización relativas a variaciones de precio para el oro, para todos los valores denominados en euros, para todos los valores denominados en moneda extranjera, para las opciones; diferencias de valoración de mercado relativas a productos derivados sobre riesgos de tipos de interés; cuentas de revalorización relativas a movimientos del tipo de cambio para cada posición neta en moneda extranjera, incluidos swaps/operaciones a plazo de divisas y DEG Las contribuciones de los BCN al BCE de conformidad con el artículo 48.2 de los Estatutos del SEBC se consolidan con los importes respectivos que figuren en la partida 9.1 del activo “Participación en el capital del BCE”+) |
Diferencias de revalorización entre el coste medio y el valor de mercado, convertidas al tipo de cambio de mercado |
Obligatorio |
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12 |
15 |
Capital y reservas |
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12 |
15.1 |
Capital |
Capital desembolsado — el capital del BCE se consolida con las participaciones de los BCN |
Valor nominal |
Obligatorio |
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12 |
15.2 |
Reservas |
Reservas legales y otras reservas. Beneficios no distribuidos Las contribuciones de los BCN al BCE de conformidad con el artículo 48.2 de los Estatutos del SEBC se consolidan con los importes respectivos que figuren en la partida 9.1 del activo “Participación en el capital del BCE”+) |
Valor nominal |
Obligatorio |
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10 |
16 |
Beneficio del ejercicio |
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Valor nominal |
Obligatorio |
(1) La información relativa a los billetes en euros en circulación, a la remuneración de los activos o pasivos netos internos del Eurosistema derivados de la asignación de los billetes en euros dentro del Eurosistema y a los ingresos monetarios debería armonizarse en los estados financieros públicos anuales de los BCN. Las partidas que deben armonizarse se indican con un asterisco en los anexos IV, VIII y IX.
(2) Partidas que deben armonizarse. Véase el considerando 5 de la presente Orientación.
(3) La numeración de la primera columna corresponde a los modelos de balance que figuran en los anexos V, VI y VII (estado financiero semanal y balance consolidado anual del Eurosistema). La numeración de la segunda columna corresponde al modelo de balance que aparece en el anexo VIII (balance anual de un banco central). Las partidas marcadas con el signo “+)” están consolidadas en el estado financiero semanal del Eurosistema.
(4) Las normas de composición y valoración enumeradas en el presente anexo se consideran de obligado cumplimiento para las cuentas del BCE y para todos los activos y pasivos de las cuentas de los BCN relevantes para los fines del Eurosistema, es decir, significativos para las actividades del Eurosistema.
(5) DO L 331 de 14.12.2011, p. 1.
(6) DO L 35 de 9.2.2011, p. 17.
(7) Partidas que deben armonizarse. Véase el considerando 5 de la presente Orientación.
(8) La numeración de la primera columna corresponde a los modelos de balance que figuran en los anexos V, VI y VII (estado financiero semanal y balance consolidado anual del Eurosistema). La numeración de la segunda columna corresponde al modelo de balance que aparece en el anexo VIII (balance anual de un banco central). Las partidas marcadas con el signo “+)” están consolidadas en el estado financiero semanal del Eurosistema.
(9) Las normas de composición y valoración enumeradas en el presente anexo se consideran de obligado cumplimiento para las cuentas del BCE y para todos los activos y pasivos de las cuentas de los BCN relevantes para los fines del Eurosistema, es decir, significativos para las actividades del Eurosistema.»