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Document 22010D0137

    Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 137/2010, de 10 de diciembre de 2010 , por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

    DO L 85 de 31.3.2011, p. 21–21 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2010/137(2)/oj

    31.3.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 85/21


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    No 137/2010

    de 10 de diciembre de 2010

    por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 123/2010, de 10 de noviembre de 2010 (1).

    (2)

    El Reglamento (CE) no 300/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2008, sobre normas comunes para la seguridad de la aviación civil y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 2320/2002 (2), fue incorporado al Acuerdo mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE no 69/2009, de 29 de mayo de 2009 (3), con algunas adaptaciones específicas por países.

    (3)

    Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) no 297/2010 de la Comisión, de 9 de abril de 2010, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 272/2009 que completa las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil (4).

    DECIDE:

    Artículo 1

    En el anexo XIII del Acuerdo, al punto 66ha [Reglamento (CE) no 272/2009 de la Comisión], se añade el siguiente texto:

    «, modificado por:

    32010 R 0297: Reglamento (UE) no 297/2010 de la Comisión, de 9 de abril de 2010 (DO L 90 de 10.4.2010, p. 1).».

    Artículo 2

    Los textos del Reglamento (UE) no 297/2010 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 11 de diciembre de 2010, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (5) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2010.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente

    Stefán Haukur JÓHANNESSON


    (1)  DO L 58 de 3.3.2011, p. 81.

    (2)  DO L 97 de 9.4.2008, p. 72.

    (3)  DO L 232 de 3.9.2009, p. 25.

    (4)  DO L 90 de 10.4.2010, p. 1.

    (5)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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