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Document 32010R0385

    Reglamento (UE) n o  385/2010 de la Comisión, de 5 de mayo de 2010 , que corrige el Reglamento (CE) n o  1831/96, relativo a la apertura y al modo de gestión, a partir del año 1996, de los contingentes arancelarios comunitarios de determinadas frutas y hortalizas y determinados productos transformados a base de frutas y hortalizas consolidados en el GATT

    DO L 113 de 6.5.2010, p. 11–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2020; derog. impl. por 32020R1987 ver art. 4

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2010/385/oj

    6.5.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 113/11


    REGLAMENTO (UE) No 385/2010 DE LA COMISIÓN

    de 5 de mayo de 2010

    que corrige el Reglamento (CE) no 1831/96, relativo a la apertura y al modo de gestión, a partir del año 1996, de los contingentes arancelarios comunitarios de determinadas frutas y hortalizas y determinados productos transformados a base de frutas y hortalizas consolidados en el GATT

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1), y, en particular, su artículo 148, leído en relación con su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 1831/96 de la Comisión (2) abrió contingentes arancelarios de determinadas frutas y hortalizas y determinados productos transformados a base de frutas y hortalizas que figuran en sus anexos y estableció la gestión de dichos contingentes.

    (2)

    Desde la adopción del Reglamento (CE) no 1831/96, han cambiado varios códigos NC que figuraban en los anexos originales I, II y III de dicho Reglamento. En consecuencia, el Reglamento (CE) no 973/2006 de la Comisión (3) sustituyó esos anexos.

    (3)

    Parece que en el anexo I del Reglamento (CE) no 1831/96, modificado por el Reglamento (CE) no 973/2006, falta el código NC 2009 80 34 y resulta necesario incluirlo.

    (4)

    Procede, por tanto, corregir el Reglamento (CE) no 1831/96, modificado por el Reglamento (CE) no 973/2006.

    (5)

    Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la organización común de mercados agrícolas.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    En el anexo I del Reglamento (CE) no 1831/96, en lo que respecta al no de orden 09.0093, el código NC «2009 80 34» se incluirá en la columna «Código NC Subdivisión TARIC».

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Será aplicable a partir del 3 de julio de 2006.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 5 de mayo de 2010.

    Por la Comisión

    El Presidente

    José Manuel BARROSO


    (1)  DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

    (2)  DO L 243 de 24.9.1996, p. 5.

    (3)  DO L 176 de 30.6.2006, p. 63.


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