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Document L:1994:351:TOC
Official Journal of the European Communities, L 351, 31 December 1994
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 351, 31 de diciembre de 1994
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 351, 31 de diciembre de 1994
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | Reglamento (CE) n° 3354/94 del Consejo, de 19 de diciembre de 1994, sobre la celebración del tercer Protocolo por el que se establecen las condiciones de pesca previstas en el Acuerdo en materia de pesca celebrado entre la Comunidad Económica Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno local de Groenlandia, por otra | |||
Tercer Protocolo por el que se establecen las condiciones de pesca previstas en el Acuerdo en materia de pesca celebrado entre la Comunidad Económica Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno local de Groenlandia, por otra | ||||
* | DIRECTIVA 94/73/CE DEL CONSEJO de 19 de diciembre de 1994 por la que se modifica la Directiva 90/684/CEE del Consejo sobre ayudas a la construcción naval | |||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad | ||||
Consejo | ||||
94/828/CE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 19 de diciembre de 1994, por la que se amplía la protección jurídica de las topografías de productos semiconductores a personas de determinados territorios | |||
94/829/CE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 19 de diciembre de 1994, sobre la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificación del Acuerdo en materia de pesca entre la Comunidad Económica Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno local de Groenlandia, por otra | |||
Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la modificación del Acuerdo en materia de pesca entre la Comunidad Económica Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno local de Groenlandia, por otra | ||||
94/830/CE: | ||||
* | Decisión del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, sobre la prórroga de las adaptaciones de los acuerdos de autolimitación entre la Comunidad Europea y Argentina, Australia, Bulgaria, la República Checa, Hungría, Nueva Zelanda, Polonia, la República Eslovaca y Uruguay sobre el comercio de carne de ovino y caprino y de ovejas y cabras vivas | |||
Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se prorroga la adaptación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Argentina sobre el comercio de carne de ovino y caprino | ||||
Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se prorroga la adaptación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Australia sobre el comercio de carne de ovino y caprino | ||||
Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se prorroga la adaptación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Bulgaria sobre el comercio de carne de ovino y caprino | ||||
Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se prorroga la adaptación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República Checa sobre el comercio de carne de ovino y caprino | ||||
Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se prorroga la adaptación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Hungría sobre el comercio de carne de ovino y caprino | ||||
Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se prorroga la adaptación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Nueva Zelanda sobre el comercio de carne de ovino y caprino | ||||
Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se prorroga la adaptación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Polonia sobre el comercio de carne de ovino y caprino | ||||
Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se prorroga la adaptación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República Eslovaca sobre el comercio de carne de ovino y caprino | ||||
Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se prorroga la adaptación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República Oriental del Uruguay sobre el comercio de carne de ovino y caprino | ||||
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |