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Document 32004X0225(01)

    Addendum al Reglamento (CE) n° 314/2004 del Consejo, de 19 de febrero de 2004, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe — Declaración sobre la Posición Común del Consejo por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Zimbabwe y al Reglamento del Consejo relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe

    DO L 57 de 25.2.2004, p. 1–1 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    32004X0225(01)

    Addendum al Reglamento (CE) n° 314/2004 del Consejo, de 19 de febrero de 2004, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe — Declaración sobre la Posición Común del Consejo por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Zimbabwe y al Reglamento del Consejo relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe

    Diario Oficial n° L 057 de 25/02/2004 p. 0001 - 0001


    Addendum al Reglamento (CE) n° 314/2004 del Consejo, de 19 de febrero de 2004, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe(1)

    Declaración sobre la Posición Común del Consejo por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Zimbabwe y al Reglamento del Consejo relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe

    La prohibición de poner fondos o recursos económicos a disposición de las personas no impedirá que las instituciones financieras que reciban fondos transferidos por terceros a la cuenta de la persona o entidad enumerada hagan abonos en las cuentas congeladas, siempre y cuando los abonos en dichas cuentas también se congelen. La entidad financiera informará de dichas transacciones a las autoridades competentes.

    (1) DO L 55 de 24.2.2004, p. 1.

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