This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 22003D0116
Decision of the EEA Joint Committee No 116/2003 of 26 September 2003 amending Annex XIII (Transport) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE n° 116/2003, de 26 de septiembre de 2003, por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE n° 116/2003, de 26 de septiembre de 2003, por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE
DO L 331 de 18.12.2003, pp. 36–37
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)
In force
Decisión del Comité Mixto del EEE n° 116/2003, de 26 de septiembre de 2003, por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE
Diario Oficial n° L 331 de 18/12/2003 p. 0036 - 0037
Decisión del Comité Mixto del EEE no 116/2003 de 26 de septiembre de 2003 por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE EL COMITÉ MIXTO DEL EEE, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98, Considerando lo siguiente: (1) El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 91/2003, de 11 de julio de 2003(1). (2) Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2003/27/CE de la Comisión, de 3 de abril de 2003, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 96/96/CE en lo que se refiere a la inspección de las emisiones de gases de escape de los vehículos de motor(2). DECIDE: Artículo 1 En el punto 16a (Directiva 96/96/CE del Consejo) del anexo XIII del Acuerdo se añadirá el guión siguiente: "- 32003 L 0027: Directiva 2003/27/CE de la Comisión, de 3 de abril de 2003 (DO L 90 de 8.4.2003, p. 41).". Artículo 2 Los textos de la Directiva 2003/27/CE, en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos. Artículo 3 La presente Decisión entrará en vigor el 27 de septiembre de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo(3). Artículo 4 La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea. Hecho en Bruselas, el 26 de septiembre de 2003. Por el Comité Mixto del EEE El Presidente H. S. H. Prinz Nikolaus von Liechtenstein (1) DO L 272 de 23.10.2003, p. 27. (2) DO L 90 de 8.4.2003, p. 41. (3) No se han indicado preceptos constitucionales.