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Document 32003R2028
Commission Regulation (EC) No 2028/2003 of 18 November 2003 derogating from Regulation (EC) No 2375/2002 opening and providing for the administration of Community tariff quotas for common wheat of a quality other than high quality from third countries
Reglamento (CE) n° 2028/2003 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2003, por el que se establece una excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n° 2375/2002 relativo a la apertura y modo de gestión de los contingentes arancelarios comunitarios de trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta, procedente de terceros países
Reglamento (CE) n° 2028/2003 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2003, por el que se establece una excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n° 2375/2002 relativo a la apertura y modo de gestión de los contingentes arancelarios comunitarios de trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta, procedente de terceros países
DO L 301 de 19.11.2003, pp. 3–4
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2003
Reglamento (CE) n° 2028/2003 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2003, por el que se establece una excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n° 2375/2002 relativo a la apertura y modo de gestión de los contingentes arancelarios comunitarios de trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta, procedente de terceros países
Diario Oficial n° L 301 de 19/11/2003 p. 0003 - 0004
Reglamento (CE) no 2028/2003 de la Comisión de 18 de noviembre de 2003 por el que se establece una excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n° 2375/2002 relativo a la apertura y modo de gestión de los contingentes arancelarios comunitarios de trigo blando de todas las calidades excepto de calidad alta, procedente de terceros países LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 1766/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1104/2003(2) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 12, Vista la Decisión 2003/253/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Canadá en virtud del artículo XXVIII del GATT de 1994 para la modificación de las concesiones previstas para los cereales contempladas en la lista CXL de la CE adjunta al GATT de 1994(3) y, en particular su artículo 2, Vista la Decisión 2003/254/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América para la modificación de las concesiones previstas para los cereales contempladas en la lista CXL de la CE adjunta al GATT 1994(4), y, en particular, su artículo 2, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CE) n° 2375/2002 de la Comisión(5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1111/2003(6), abrió y estableció el modo de gestión de un contingente arancelario de trigo blando de baja y mediana calidad procedente de terceros países. El apartado 1 de su artículo 3 dispone que el contingente anual de importación, que es de 2981600 toneladas, está subdividido en tres subcontingentes: 572000 toneladas para los Estados Unidos, 38000 toneladas para Canadá y 2371600 toneladas para los demás terceros países. (2) Desde el comienzo del tercer trimestre de 2003, el ritmo de ejecución del subcontingente III, que corresponde a la mayor parte de las importaciones de trigo de baja y mediana calidad en el mercado comunitario, es considerablemente inferior al registrado por este subcontingente al comienzo de 2003. Ello se debe a una fuerte disminución de las exportaciones rusas y ucranianas de cereales, como consecuencia de una importante merma de la producción en la campaña 2003/04. (3) Además, debido a la recuperación de la producción de trigo en Canadá y en los Estados Unidos, el trigo de estos países es más competitivo en el mercado comunitario al comienzo de la campaña 2003/04. Actualmente, el subcontingente II está agotado y, dadas las principales cotizaciones internacionales, es probable que el subcontingente I también lo esté al final de 2003. (4) A su vez, la producción comunitaria de trigo blando ha disminuido unos 10 millones de toneladas con respecto a la de la campaña anterior. Como esta disminución no puede compensarse con otros cereales forrajeros, este hecho ha originado tensiones en el mercado del trigo, particularmente por lo que respecta a la alimentación animal. (5) En esas circunstancias, para que todos los subcontingentes se utilicen al máximo, procede establecer una excepción a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 2375/2002 consistente en permitir el acceso al subcontingente III a todos los terceros países hasta el final del primer año de ejecución del régimen de contingentes arancelarios. Conviene disponer además que no sea necesario presentar un certificado de origen para acceder a ese subcontingente. (6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de cereales. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 1. No obstante lo dispuesto en la letra c) del apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 2375/2002, podrán acceder al subcontingente III todos los terceros países. 2. El artículo 11 del Reglamento (CE) n° 2375/2002 no se aplicará a las importaciones de trigo blando que se efectúen al amparo del subcontingente III. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2003. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 2003. Por la Comisión Franz Fischler Miembro de la Comisión (1) DO L 181 de 1.7.1992, p. 21. (2) DO L 158 de 27.6.2003, p. 1. (3) DO L 95 de 11.4.2003, p. 36. (4) DO L 95 de 11.4.2003, p. 40. (5) DO L 358 de 31.12.2002, p. 88. (6) DO L 158 de 26.6.2003, p. 21.