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Document 22003D0021
Decision of the EEA Joint Committee No 21/2003 of 14 March 2003 amending Annex I (Veterinary and phytosanitary matters) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE n° 21/2003, de 14 de marzo de 2003, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE n° 21/2003, de 14 de marzo de 2003, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE
DO L 137 de 5.6.2003, pp. 1–2
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
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In force
Decisión del Comité Mixto del EEE n° 21/2003, de 14 de marzo de 2003, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE
Diario Oficial n° L 137 de 05/06/2003 p. 0001 - 0002
Decisión del Comité Mixto del EEE no 21/2003 de 14 de marzo de 2003 por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE EL COMITÉ MIXTO DEL EEE, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98, Considerando lo siguiente: (1) El anexo I del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 157/2002, de 6 de diciembre de 2002(1). (2) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2002/237/CE de la Comisión, de 21 de marzo de 2002, por la que se modifica la Decisión 94/360/CE sobre la frecuencia reducida de los controles físicos de los envíos de determinados productos importados de terceros países, con arreglo a la Directiva 90/675/CEE del Consejo(2). (3) Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2002/349/CE de la Comisión, de 26 de abril de 2002, por la que se establece la lista de productos que deben examinarse en los puestos de inspección fronterizos en virtud de la Directiva 97/78/CE del Consejo(3). (4) La presente Decisión no es aplicable a Liechtenstein. DECIDE: Artículo 1 La parte 1.2 del capítulo I del anexo I del Acuerdo se modificará como sigue: 1) En el punto 25 (Decisión 94/360/CE de la Comisión) se añadirá el guión siguiente: "- 32002 D 0237: Decisión 2002/237/CE de la Comisión, de 21 de marzo de 2002 (DO L 80 de 23.3.2002, p. 40).". 2) Después del punto 112 (Decisión 2001/672/CE de la Comisión) se añadirá el punto siguiente: "113. 32002 D 0349: Decisión 2002/349/CE de la Comisión, de 26 de abril de 2002, por la que se establece la lista de productos que deben examinarse en los puestos de inspección fronterizos en virtud de la Directiva 97/78/CE del Consejo (DO L 121 de 8.5.2002, p. 6). El presente acto se aplicará a Islandia en lo referente a los ámbitos cubiertos por los actos específicos a los que se refiere el apartado 2 de la parte introductoria.". Artículo 2 Los textos de las Decisiones 2002/237/CE y 2002/349/CE en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos. Artículo 3 La presente Decisión entrará en vigor el 15 de marzo de 2003, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo(4). Artículo 4 La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea. Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 2003. Por el Comité Mixto del EEE El Presidente P. Westerlund (1) DO L 38 de 13.2.2003, p. 3. (2) DO L 80 de 23.3.2002, p. 40. (3) DO L 121 de 8.5.2002, p. 6. (4) No se han indicado preceptos constitucionales.