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Document 31997R0069
Commission Regulation (EC) No 69/97 of 16 January 1997 amending Regulation (EC) No 1685/95 on arrangements for issuing export licences for wine sector products
Reglamento (CE) nº 69/97 de la Comisión de 16 de enero de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1685/95 por el que se establece un régimen de expedición de certificados de exportación en el sector vitivinícola
Reglamento (CE) nº 69/97 de la Comisión de 16 de enero de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1685/95 por el que se establece un régimen de expedición de certificados de exportación en el sector vitivinícola
DO L 14 de 17.1.1997, p. 54–56
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 24/04/2001
Reglamento (CE) nº 69/97 de la Comisión de 16 de enero de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1685/95 por el que se establece un régimen de expedición de certificados de exportación en el sector vitivinícola
Diario Oficial n° L 014 de 17/01/1997 p. 0054 - 0056
REGLAMENTO (CE) N° 69/97 DE LA COMISIÓN de 16 de enero de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1685/95 por el que se establece un régimen de expedición de certificados de exportación en el sector vitivinícola LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CEE) n° 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1592/96 (2), y, en particular, el apartado 3 del artículo 52 y su artículo 83, Considerando que el Reglamento (CE) n° 2805/95 de la Comisión, de 5 de diciembre de 1995, por el que se fijan las restituciones por exportación en el sector vitivinícola (3) cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 68/97 (4), fija distintos tipos de restitución según se trate de vino tinto o blanco; que este cambio requiere también que se adapten las distintas categorías de productos que figuran en el Anexo I del Reglamento (CE) n° 1685/95 de la Comisión, de 11 de julio de 1995, por el que se establece un régimen de expedición de certificados de exportación en el sector vitivinícola y se modifica el Reglamento (CEE) n° 3388/81, sobre modalidades especiales de aplicación del régimen de certificados de importación y exportación en el sector vitivinícola (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2807/95 (6); Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El Anexo I del Reglamento (CE) n° 1685/95 se sustituirá por el Anexo del presente Reglamento. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 17 de enero de 1997. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 16 de enero de 1997. Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO n° L 84 de 27. 3. 1987, p. 1. (2) DO n° L 206 de 16. 8. 1996, p. 31. (3) DO n° L 291 de 6. 12. 1995, p. 10. (4) Véase la página 51 del presente Diario Oficial. (5) DO n° L 161 de 12. 7. 1995, p. 2. (6) DO n° L 291 de 6. 12. 1995, p. 18. ANEXO «ANEXO I >SITIO PARA UN CUADRO>