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Document 21988A1227(07)
Agreement in the form of an exchange of letters between the European Economic Community and the Kingdom of Morocco on the import into the Community of preserved fruit salads originating in Morocco
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Marruecos
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Marruecos
DO L 358 de 27.12.1988, p. 23–24
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In force
ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/1988/649/oj
Acuerdo en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Marruecos
Diario Oficial n° L 358 de 27/12/1988 p. 0023 - 0024
ACUERDO en forma de canje de notas entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos relativo a la importación, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva originaria de Marruecos Nota no 1 Señor ..., A fin de aplicar la reducción del 55 % de los derechos de aduana aplicables, prevista en el artículo 20 del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos, y en respuesta a las aclaraciones mutuas sobre las condiciones en que se efectúan las importaciones, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva de los códigos NC ex 2008 92 50, ex 2008 92 71 y ex 2008 92 79, originaria de Marruecos, tengo el honor de comunicarle que el Gobierno de Marruecos se compromete a adoptar todas las medidas necesarias para que las cantidades suministradas a la Comunidad no excedan de 100 toneladas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año. A tal fin, el Gobierno de Marruecos precisa que todas las exportaciones a la Comunidad de los mencionados productos se efectuarán exclusivamente a través de exportadores cuya actividad esté controlada por la Administración marroquí. Las garantías relativas a las cantidades se facilitarán de acuerdo con las modalidades concertadas entre la Administración marroquí y la Dirección General de Agricultura de la Comisión de las Comunidades Europeas. No obstante lo dispuesto en el artículo 20 del Acuerdo de Cooperación, el presente Acuerdo en forma de canje de notas permanecerá en vigor hasta su denuncia por una de las Partes, debiendo intervenir ésta antes del 30 de septiembre de cada año. Le agradecería tuviera a bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad sobre lo que precede. Le ruego acepte, Señor ..., el testimonio de mi más alta consideración. Por el Gobierno del Reino de Marruecos Nota no 2 Señor ..., Tengo el honor de acusar recibo de su nota con fecha de hoy, redactada en los siguientes términos: A fin de aplicar la reducción del 55 % de los derechos de aduana aplicables, prevista en el artículo 20 del Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos, y en respuesta a las aclaraciones mutuas sobre las condiciones en que se efectúan las importaciones, en la Comunidad, de macedonia de frutas en conserva de los códigos NC ex 2008 92 50, ex 2008 92 71 y ex 2008 92 79, originaria de Marruecos, tengo el honor de comunicarle que el Gobierno de Marruecos se compromete a adoptar todas las medidas necesarias para que las cantidades suministradas a la Comunidad no excedan de 100 toneladas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año. A tal fin, el Gobierno de Marruecos precisa que todas las exportaciones a la Comunidad de los mencionados productos se efectuarán exclusivamente a través de exportadores cuya actividad esté controlada por la Administración marroquí. Las garantías relativas a las cantidades se facilitarán de acuerdo con las modalidades concertadas entre la Administración marroquí y la Dirección General de Agricultura de la Comisión de las Comunidades Europeas. No obstante lo dispuesto en el artículo 20 del Acuerdo de Cooperación, el presente Acuerdo en forma de canje de notas permanecerá en vigor hasta su denuncia por una de las Partes, debiendo intervenir ésta antes del 30 de septiembre de cada año. Le agradecería tuviera a bien confirmarme el acuerdo de la Comunidad sobre lo que precede.. Por mi parte puedo confirmarle el acuerdo de la Comunidad sobre lo que precede y, por lo tanto, la aplicación de la reducción del 55 % de los derechos de aduana aplicables, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada año, a las cantidades de macedonia de frutas en conserva, originaria de Marruecos, mencionada en su nota. Le ruego acepte, Señor ..., el testimonio de mi más alta consideración. En nombre del Consejo de las Comunidades Europeas