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Document 62023CN0165

Asunto C-165/23: Recurso interpuesto el 17 de marzo de 2023 — Comisión Europea / República de Bulgaria

DO C 173 de 15.5.2023, p. 24–25 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 173/24


Recurso interpuesto el 17 de marzo de 2023 — Comisión Europea / República de Bulgaria

(Asunto C-165/23)

(2023/C 173/33)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: Gr. Koleva y C. Hermes)

Demandada: República de Bulgaria

Motivos y principales alegaciones

El presente asunto tiene por objeto el incumplimiento por la República de Bulgaria de las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 13, apartados 2 y 5, y 14, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) n.o 1143/2014 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras (en lo sucesivo, «Reglamento»).

Conforme al artículo 14, apartado 1, del Reglamento, la República de Bulgaria debía establecer, o incluir en su sistema vigente, a más tardar el 13 de enero de 2018, un sistema de vigilancia de las especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión que recopile y registre datos sobre la incidencia en el medio ambiente de las especies exóticas invasoras, mediante inspección, seguimiento u otros procedimientos destinados a prevenir la propagación de especies exóticas invasoras en la Unión. El sistema de vigilancia debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 14, apartado 2, del Reglamento.

Con arreglo al artículo 13, apartados 2 y 5, del Reglamento, la República de Bulgaria debía establecer y aplicar, a más tardar el 13 de julio de 2019, un único plan de acción o una serie de planes de acción y transmitirlo o transmitirlos sin demora a la Comisión.

La República de Bulgaria no ha cumplido las obligaciones anteriormente indicadas.

Pretensiones de la parte demandante

La demandante solicita:

1)

Que se declare que la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 14, apartados 1 y 2, del Reglamento, al no haber establecido (o al no haber incluido en su sistema vigente) un sistema de vigilancia de las especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión que abarque asimismo toda la información contemplada en el artículo 14, apartado 2, del Reglamento.

2)

Que se declare que la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 13, apartados 2 y 5, del Reglamento al no haber establecido y aplicado un único plan de acción o una serie de planes de acción para abordar las vías de introducción prioritarias de especies exóticas invasoras, así como al no haberlo o haberlos transmitido sin demora a la Comisión.

3)

Que se condene a la República de Bulgaria al pago de las costas judiciales.


(1)  DO 2014, L 317, p. 35.


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