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Document 62021CA0356

Asunto C-356/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 12 de enero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla m.st. Warszawy w Warszawie — Polonia) — J.K. / TP S.A. (Procedimiento prejudicial — Igualdad de trato en el empleo y la ocupación — Directiva 2000/78/CE — Artículo 3, apartado 1, letras a) y c) — Requisitos de acceso a la actividad por cuenta propia — Condiciones de empleo y ocupación — Prohibición de discriminación basada en la orientación sexual — Empresario independiente que trabaja sobre la base de un contrato de prestación de servicios — Terminación y no renovación de un contrato — Libertad de elegir a la otra parte contratante)

DO C 71 de 27.2.2023, pp. 9–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

27.2.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 71/9


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 12 de enero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla m.st. Warszawy w Warszawie — Polonia) — J.K. / TP S.A.

(Asunto C-356/21) (1)

(Procedimiento prejudicial - Igualdad de trato en el empleo y la ocupación - Directiva 2000/78/CE - Artículo 3, apartado 1, letras a) y c) - Requisitos de acceso a la actividad por cuenta propia - Condiciones de empleo y ocupación - Prohibición de discriminación basada en la orientación sexual - Empresario independiente que trabaja sobre la base de un contrato de prestación de servicios - Terminación y no renovación de un contrato - Libertad de elegir a la otra parte contratante)

(2023/C 71/10)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy dla m.st. Warszawy w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandante: J.K.

Demandada: TP S.A.

Con intervención de: PTPA

Fallo

El artículo 3, apartado 1, letras a) y c), de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación,

debe interpretarse en el sentido de que

se opone a una normativa nacional que tiene por efecto excluir, amparándose en la libertad de elegir a la otra parte contratante, de la protección contra la discriminación que debe conferirse con arreglo a dicha Directiva la negativa, basada en la orientación sexual de una persona, a celebrar o renovar con esta última un contrato que tenga por objeto la realización, por esa persona, de determinadas prestaciones en el contexto del ejercicio de una actividad independiente.


(1)  DO C 391 de 27.9.2021.


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