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Documento 62020CA0473

Asunto C-473/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 20 de octubre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sofiyski rayonen sad — Bulgaria) — «Invest Fund Management» AD / Komisia za finansov nadzor [Procedimiento prejudicial — Aproximación de las legislaciones — Directiva 2009/65/CE — Organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) — Sociedades de gestión de OICVM — Obligaciones relativas a la información que debe proporcionarse a los inversores — Artículo 72 — Obligación de actualizar los «elementos esenciales del folleto» — Alcance — Artículo 69, apartado 2 — Información mencionada en el anexo I, esquema A — Composición de un órgano de la sociedad de gestión — Artículo 99 bis, letra r) — Transposición en el ordenamiento jurídico de los Estados miembros — Normativa nacional que amplía las situaciones en las que puede constatarse y sancionarse una infracción relativa a la actualización del folleto]

DO C 472 de 12.12.2022, p. 4—5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.12.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 472/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 20 de octubre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sofiyski rayonen sad — Bulgaria) — «Invest Fund Management» AD / Komisia za finansov nadzor

(Asunto C-473/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Aproximación de las legislaciones - Directiva 2009/65/CE - Organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) - Sociedades de gestión de OICVM - Obligaciones relativas a la información que debe proporcionarse a los inversores - Artículo 72 - Obligación de actualizar los «elementos esenciales del folleto» - Alcance - Artículo 69, apartado 2 - Información mencionada en el anexo I, esquema A - Composición de un órgano de la sociedad de gestión - Artículo 99 bis, letra r) - Transposición en el ordenamiento jurídico de los Estados miembros - Normativa nacional que amplía las situaciones en las que puede constatarse y sancionarse una infracción relativa a la actualización del folleto)

(2022/C 472/05)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Sofiyski rayonen sad

Partes en el procedimiento principal

Demandante:«Invest Fund Management» AD

Demandada: Komisia za finansov nadzor

Fallo

1)

El artículo 72 de la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios, en su versión modificada por la Directiva 2014/91/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014,

debe interpretarse en el sentido de que

la información relativa a una sociedad de gestión, prevista en el anexo I, esquema A, de esta Directiva, que como mínimo se exige que contengan los folletos en virtud de su artículo 69, apartado 2, está comprendida en el concepto de «elementos esenciales del folleto» a los efectos de dicho artículo 72, de modo que debe estar actualizada.

2)

El artículo 99 bis, letra r), de la Directiva 2009/65, en su versión modificada por la Directiva 2014/91,

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a una normativa nacional en virtud de la cual una sociedad de gestión que no haya cumplido, en el plazo establecido por dicha normativa nacional, con la obligación de actualizar el folleto, prevista en los artículos 68 a 82 de esa Directiva, respecto a varios organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios puede ser objeto de una sanción administrativa por cada uno de ellos, pese a referirse la modificación que debía actualizarse en los folletos a un único elemento relativo a la composición de un órgano de la sociedad de gestión, siempre que la sanción administrativa sea, además de efectiva y disuasoria, proporcionada.


(1)  DO C 433 de 14.12.2020.


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