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Document 62022CN0422

Asunto C-422/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Najwyższy (Polonia) el 22 de junio de 2022 — Zakład Ubezpieczeń Społecznych Oddział w Toruniu / TE

DO C 380 de 3.10.2022, p. 2–3 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

3.10.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 380/2


Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Najwyższy (Polonia) el 22 de junio de 2022 — Zakład Ubezpieczeń Społecznych Oddział w Toruniu / TE

(Asunto C-422/22)

(2022/C 380/03)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Najwyższy

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Zakład Ubezpieczeń Społecznych Oddział w Toruniu

Recurrida: TE

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Está obligada la institución de un Estado [miembro] que ha expedido un formulario A1 y que, de oficio, sin que medie solicitud de la institución competente del Estado miembro interesado, pretende anular/revocar o invalidar el formulario expedido a tramitar un procedimiento de conciliación con la institución competente de otro Estado miembro sobre la base de reglas análogas a las establecidas en los artículos 6 y 16 del Reglamento (CE) n.o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) n.o 883/2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social? (1)

2.

¿Debe tramitarse el procedimiento de conciliación incluso antes de la anulación/revocación o invalidación del formulario expedido o bien dicha anulación/revocación o invalidación tiene un carácter previo y provisional (artículo 16, apartado 2) y será definitiva si la institución interesada del Estado miembro no presenta objeciones o un parecer divergente sobre la cuestión?


(1)  DO 2009, L 284, p. 1.


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