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Document 62022CN0333
Case C-333/22: Request for a preliminary ruling from the Cour d’appel de Bruxelles (Belgium) lodged on 20 May 2022 — Ligue des droits humains ASBL, BA v L’organe de contrôle de l’information policière
Asunto C-333/22: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Bruxelles (Bélgica) el 20 de mayo de 2022 — Ligue des droits humains ASBL y BA / Organe de contrôle de l’information policière
Asunto C-333/22: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Bruxelles (Bélgica) el 20 de mayo de 2022 — Ligue des droits humains ASBL y BA / Organe de contrôle de l’information policière
DO C 326 de 29.8.2022, pp. 7–8
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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29.8.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 326/7 |
Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Bruxelles (Bélgica) el 20 de mayo de 2022 — Ligue des droits humains ASBL y BA / Organe de contrôle de l’information policière
(Asunto C-333/22)
(2022/C 326/11)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour d'appel de Bruxelles
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Ligue des droits humains ASBL y BA
Demandada: Organe de contrôle de l’information policière
Cuestiones prejudiciales
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1) |
¿Exigen los artículos 47 y 8, apartado 3, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea que se prevea un recurso judicial contra una autoridad de control independiente, como el Órgano de Control de Información Policial, cuando esta ejerce los derechos del interesado frente al responsable del tratamiento? |
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2) |
¿Es conforme el artículo 17 de la Directiva (UE) 2016/680 (1) con los artículos 47 y 8, apartado 3, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, según los interpreta el Tribunal de Justicia, en la medida en que únicamente obliga a la autoridad de control —que ejerce los derechos del interesado frente al responsable del tratamiento— a informar a dicho interesado que «se han efectuado todas las comprobaciones necesarias o la revisión correspondiente» y de «su derecho a la tutela judicial» aunque esa información no permita ningún control a posteriori de la actuación y de la apreciación de la autoridad de control con respecto a los datos del interesado y a las obligaciones que incumben al responsable del tratamiento? |
(1) Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo (DO 2016, L 119, p. 89).