Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62021TB0022

    Asunto T-22/21: Auto del Tribunal General de 22 de octubre de 2021 — Equinoccio-Compañía de Comercio Exterior/Comisión («Recurso de anulación — Instrumento de Ayuda Preadhesión — Estado tercero — Contrato público nacional — Resolución del contrato por parte del poder adjudicador — Solicitud de ejecución forzosa de una garantía bancaria por parte del poder adjudicador — Autorización del Jefe de la Delegación de la Unión en el Estado tercero o de su sustituto — Incompetencia»)

    DO C 513 de 20.12.2021, p. 28–29 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    20.12.2021   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 513/28


    Auto del Tribunal General de 22 de octubre de 2021 — Equinoccio-Compañía de Comercio Exterior/Comisión

    (Asunto T-22/21) (1)

    («Recurso de anulación - Instrumento de Ayuda Preadhesión - Estado tercero - Contrato público nacional - Resolución del contrato por parte del poder adjudicador - Solicitud de ejecución forzosa de una garantía bancaria por parte del poder adjudicador - Autorización del Jefe de la Delegación de la Unión en el Estado tercero o de su sustituto - Incompetencia»)

    (2021/C 513/42)

    Lengua de procedimiento: inglés

    Partes

    Demandante: Equinoccio-Compañía de Comercio Exterior, S. L. (Madrid) (representantes: D. Luff y R. Sciaudone, abogados)

    Demandada: Comisión Europea (representantes: D. Bianchi y T. Van Noyen, agentes)

    Objeto

    Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación del escrito de la Comisión de 5 de noviembre de 2020 que lleva la referencia GK/Regio.ddg.d. 1(2020)6793282, relativo a la ejecución de la garantía bancaria solicitada por el Ministerio turco de Ciencia, Industria y Tecnología.

    Fallo

    1)

    Desestimar el recurso.

    2)

    Condenar en costas a Equinoccio-Compañía de Comercio Exterior, S. L.


    (1)  DO C 128 de 12.4.2021.


    Top