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Document 52021IP0163

Recomendación del Parlamento Europeo, de 29 de abril de 2021, al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre las relaciones entre la Unión y la India (2021/2023(INI))

DO C 506 de 15.12.2021, p. 109–118 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

15.12.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 506/109


P9_TA(2021)0163

Relaciones UE-India

Recomendación del Parlamento Europeo, de 29 de abril de 2021, al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre las relaciones entre la Unión y la India (2021/2023(INI))

(2021/C 506/17)

El Parlamento Europeo,

Vista la próxima reunión de dirigentes de la Unión y de la India anunciada para el 8 de mayo de 2021 en Oporto (Portugal),

Vista la Asociación Estratégica UE-India puesta en marcha en 2004,

Visto el Acuerdo de Cooperación de 1994 entre la Unión y la India,

Vista la declaración conjunta y la Asociación Estratégica UE-India: una hoja de ruta para 2025 (1), adoptada en la Cumbre virtual UE-India del 15 de julio de 2020, así como otras declaraciones conjuntas firmadas recientemente, en particular en los ámbitos de la lucha contra el terrorismo, el clima y la energía, la urbanización, la migración y la movilidad y la asociación sobre el agua,

Vistas la Comunicación conjunta de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) y de la Comisión, de 20 de noviembre de 2018, sobre los componentes de una nueva estrategia de la UE respecto a la India (JOIN(2018)0028), y las correspondientes Conclusiones del Consejo sobre la Estrategia de la UE respecto a la India, de 10 de diciembre de 2018 (14634/18),

Vistas la Comunicación conjunta de la VP/AR y de la Comisión, de 19 de septiembre de 2018, titulada «Conectar Europa y Asia — Elementos de una estrategia de la UE» (JOIN(2018)0031) y las correspondientes Conclusiones del Consejo de 15 de octubre de 2018 (13097/18),

Vistas las Conclusiones del Consejo sobre el refuerzo de la cooperación de la UE en Asia y con Asia en materia de seguridad, de 28 de mayo de 2018 (9265/1/18 REV 1),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 4 de septiembre de 2001, titulada «Un marco estratégico para consolidar las asociaciones entre Europa y Asia» (COM(2001)0469),

Visto el futuro Reglamento por el que se establece el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional 2021-2027 (2018/0243(COD)),

Vistas sus Resoluciones, de 20 de enero de 2021, sobre la aplicación de la política exterior y de seguridad común — Informe anual 2020 (2), de 21 de enero de 2021, sobre conectividad y las relaciones UE-Asia (3), y de 13 de septiembre de 2017, sobre las relaciones políticas de la Unión con la India (4), así como sus otras resoluciones anteriores sobre la India, incluidas las relativas a casos de violaciones de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho,

Vista su recomendación al Consejo, de 28 de octubre de 2004, sobre las relaciones UE-India (5),

Vista su Resolución, de 29 de septiembre de 2005, sobre las relaciones UE/India: la cooperación estratégica entre la UE y la India (6),

Vista su Resolución, de 13 de abril de 2016, sobre la Unión en un entorno mundial en mutación: un mundo más conectado, disputado y complejo (7),

Vista su Resolución, de 10 de mayo de 2012, sobre la piratería marítima (8),

Vista su Resolución, de 27 de octubre de 2016, sobre seguridad nuclear y no proliferación (9),

Vistas la 10.a reunión de la Asociación Parlamentaria Asia-Europa (ASEP10), celebrada en Bruselas los días 27 y 28 de septiembre de 2018, y la declaración correspondiente, y la 11.a reunión de la Asociación Parlamentaria Asia-Europa (ASEP11), celebrada en Phnom Penh (Camboya) los días 26 y 27 de mayo de 2021,

Visto el Diálogo de Alto Nivel entre la Unión y la India sobre comercio e inversión, cuya primera reunión se celebró el 5 de febrero de 2021,

Vista la misión de su Comisión de Asuntos Exteriores a la India, los días 21 y 22 de febrero de 2017,

Visto el Plan de Acción de la Unión sobre Derechos Humanos y Democracia 2020-2024,

Vistas las Conclusiones del Consejo de 22 de febrero de 2021 sobre las prioridades de la UE para 2021 en los foros de las Naciones Unidas sobre derechos humanos,

Vistas las directrices temáticas de la Unión sobre los derechos humanos, incluidas las relativas a los defensores de los derechos humanos y a la promoción y protección de la libertad de religión o creencias,

Visto el artículo 118 de su Reglamento interno,

Vistas la carta de la Comisión de Comercio Internacional y sus competencias de conformidad con el anexo VI de su Reglamento interno,

Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A9-0124/2021),

A.

Considerando que la Unión y la India deben convocar una reunión de dirigentes el 8 de mayo de 2021 en Oporto (Portugal), tras su compromiso de reunirse periódicamente al más alto nivel y de reforzar la asociación estratégica establecida en 2004, con vistas a mejorar la cooperación económica y política;

B.

Considerando que la asociación estratégica UE-India ha cobrado impulso en los últimos años, lo que refleja una renovada voluntad política de reforzar su dimensión estratégica y, tras haber evolucionado desde una asociación económica hasta una relación que se extiende a diferentes sectores, el creciente poder geopolítico de la India y unos valores democráticos compartidos;

C.

Considerando que la Unión y la India, en cuanto las dos mayores democracias del mundo, comparten fuertes vínculos políticos, económicos, sociales y culturales; que, no obstante, las relaciones bilaterales aún no han alcanzado su pleno potencial y requieren un mayor compromiso político; que los dirigentes de la Unión y de la India han afirmado su determinación de preservar e impulsar un multilateralismo efectivo y un orden multilateral basado en normas articulado en torno a las Naciones Unidas y la Organización Mundial del Comercio (OMC);

D.

Considerando que la importancia de la India en la esfera regional y mundial va en aumento y que el país ha reforzado progresivamente su posición como país donante y como potencia económica y militar; que el hecho de que la India presida el G20 en 2023 y forme parte del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en 2021-2022 y del Consejo de Derechos Humanos en 2019-2021 ha relanzado la necesidad de mejorar la coordinación de la gobernanza mundial y seguir fomentando una visión compartida del multilateralismo basado en normas;

E.

Considerando que el marco estratégico de la Unión establecido en su Estrategia Global, la estrategia sobre la India, la estrategia de la UE de conexión entre Europa y Asia y la emergente estrategia para la región indopacífica ha puesto de manifiesto la enorme importancia de cooperar con la India en la agenda mundial de la Unión; que, en el contexto actual de agudización de los riesgos mundiales y de creciente competencia entre las grandes potencias, la cooperación bilateral y multilateral debe abarcar el refuerzo de la seguridad internacional, el aumento de la preparación y la capacidad de respuesta ante emergencias sanitarias mundiales —como la actual pandemia de COVID-19—, el refuerzo de la estabilidad económica mundial y el crecimiento integrador, así como el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas;

F.

Considerando que la India disfruta de una economía sólida y en crecimiento; que la Unión es el principal socio comercial de la India, mientras que la India ocupa el noveno puesto entre los principales socios comerciales de la Unión; que el océano Índico es un espacio de importancia estratégica para el comercio mundial y reviste un interés económico y estratégico vital tanto para la Unión como para la India; que la Unión y la India comparten fuertes intereses en la región indopacífica, centrados en preservarla como una zona de competencia leal, líneas marítimas de comunicación ininterrumpidas, estabilidad y seguridad;

G.

Considerando que la conectividad debe constituir un elemento importante de una agenda estratégica mutua de la Unión y la India que se ajuste a la estrategia de la UE de conexión entre Europa y Asia; que en la última cumbre entre la Unión y la India se pactaron principios de conectividad sostenible y se acordó explorar formas de mejorar la conectividad entre la Unión y la India y, por consiguiente, la conectividad con terceros países, también en la región indopacífica; que la conectividad no se limita a las infraestructuras físicas, como las carreteras y las vías de ferrocarril, sino que también abarca las rutas marítimas, las infraestructuras digitales y los aspectos medioambientales, con especial énfasis en el Pacto Verde Europeo; que la conectividad desempeña un papel geopolítico y transformador y constituye un motor sostenible de crecimiento y empleo;

H.

Considerando que el liderazgo de la Unión y de la India es necesario para promover una diplomacia climática eficaz, un compromiso mundial en cuanto a la aplicación del Acuerdo de París y la protección mundial del clima y del medio ambiente;

I.

Considerando que, según observadores internacionales y locales de los derechos humanos, en la India los defensores de los derechos humanos y los periodistas carecen de un entorno de trabajo seguro; que, en octubre de 2020, la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, instó al Gobierno de la India a que garantizase los derechos de los defensores de los derechos humanos y las ONG, manifestando su inquietud por el menguante espacio de las organizaciones de la sociedad civil, la detención de defensores de los derechos humanos y las acusaciones contra personas que simplemente ejercieron su derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica, así como por el uso de leyes que reprimen la disidencia, como la Ley de contribuciones extranjeras y la Ley de prevención de actividades ilegales;

J.

Considerando que Amnistía Internacional se vio obligada a cerrar sus oficinas en la India después de que se congelaran sus cuentas bancarias por un presunto incumplimiento de la Ley de contribuciones extranjeras, mientras que los tres relatores especiales de las Naciones Unidas han pedido que se modifique dicha ley para adecuarla a los derechos y obligaciones de la India en virtud del Derecho internacional;

K.

Considerando que grupos de la sociedad civil denuncian que las mujeres en la India se enfrentan a una serie de graves desafíos y violaciones de sus derechos, entre otros en relación con las prácticas culturales, tribales y tradicionales, la violencia y el acoso sexuales, y la trata de seres humanos; que las mujeres de minorías religiosas se enfrentan a una doble vulnerabilidad, agravada ulteriormente para las mujeres de casta inferior;

L.

Considerando que, a pesar de estar prohibida, la discriminación por razón de casta sigue siendo un problema sistémico en la India, también en el sistema de administración de justicia penal, que impide a los dalits acceder al empleo, la educación, la atención sanitaria y las asignaciones presupuestarias para el desarrollo de los dalits;

M.

Considerando que la India es uno de los países más gravemente afectados por la reciente pandemia de COVID-19, con más de once millones de casos confirmados y más de 150 000 fallecidos, y que el Gobierno de la India ha emprendido una iniciativa para donar millones de vacunas a los países vecinos más cercanos y a países socios clave del océano Índico;

1.   

Recomienda al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que:

Relaciones generales UE-India

a)

sigan mejorando y profundizando las relaciones entre la Unión y la India como socios estratégicos y cumplan el compromiso de celebrar periódicamente diálogos de diferentes niveles, incluidas cumbres;

b)

consoliden los progresos realizados en la Asociación Estratégica desde la cumbre del año pasado y alcancen progresos tangibles en cuestiones prioritarias, en particular en materia de resiliencia de la salud mundial, cambio climático y crecimiento ecológico, digitalización y nuevas tecnologías, conectividad, comercio e inversión, política exterior, de seguridad y defensa, y derechos humanos;

c)

mantengan su compromiso y apliquen plenamente la estrategia de la Unión sobre la India de 2018 y la hoja de ruta UE-India para 2025, en coordinación con el propio compromiso de los Estados miembros con la India; establezcan criterios claros y públicos para medir los avances en la hoja de ruta; garanticen el control parlamentario de la política de la Unión con respecto a la India mediante intercambios periódicos con su Comisión de Asuntos Exteriores;

d)

aprovechen todo el potencial de la relación bilateral entre las dos mayores democracias del mundo; reiteren la necesidad de una asociación más profunda basada en los valores compartidos de la libertad, la democracia, el pluralismo, el Estado de Derecho, la igualdad, el respeto de los derechos humanos, el compromiso de promover un orden mundial integrador, coherente y basado en normas, un multilateralismo efectivo y el desarrollo sostenible, la lucha contra el cambio climático y la promoción de la paz y la estabilidad en el mundo;

e)

destaquen la importancia de la India como socio en la lucha mundial contra el cambio climático y la degradación de la biodiversidad, y en la transición ecológica a las energías renovables y la neutralidad climática; consoliden los planes compartidos para la plena aplicación del Acuerdo de París y sus contribuciones determinadas a nivel nacional, y para una diplomacia climática común;

f)

renueven la petición del Consejo de 2018 de modernizar la arquitectura institucional del acuerdo de cooperación entre la Unión y la India de 1994, en consonancia con las nuevas aspiraciones comunes y los desafíos mundiales; reaviven la idea de negociar un acuerdo de asociación estratégica con una fuerte dimensión parlamentaria que fomente los contactos y la cooperación estatal cuando proceda;

g)

promuevan un diálogo interparlamentario estructurado, en particular animando a la parte india a que cree en la Lok Sabha (Cámara baja) y la Rajya Sabha (Cámara alta) un homólogo permanente de la Delegación del Parlamento Europeo para las Relaciones con la India y promoviendo los contactos entre comisiones;

h)

garanticen la consulta y la participación activas y periódicas de la sociedad civil de la Unión y de la India, en particular los sindicatos, las organizaciones religiosas, las organizaciones feministas y LGBTQI, las organizaciones ecologistas, las cámaras de comercio y otras partes interesadas en el desarrollo, la aplicación y el seguimiento de las relaciones UE-India; persigan la creación de una plataforma de la sociedad civil UE-India con este fin y una cumbre de la juventud UE-India como acto paralelo a las futuras cumbres UE-India, con el objetivo de fortalecer las relaciones entre las generaciones más jóvenes;

i)

consoliden la labor diplomática pública de la Unión para mejorar el entendimiento mutuo entre la Unión, sus Estados miembros y la India y contribuyan a mejorar los conocimientos en ambas partes, con la participación del mundo académico, grupos de reflexión y representantes de toda la Unión y de la India;

Cooperación en materia de política exterior y de seguridad

j)

promuevan una mayor sinergia en la política exterior y de seguridad a través de los mecanismos de diálogo pertinentes existentes y en los foros establecidos en el marco de la hoja de ruta UE-India para 2025, y a la luz del reciente énfasis estratégico de la Unión en el refuerzo de la cooperación en materia de seguridad en Asia y con Asia, donde la India desempeña un papel estratégico cada vez más importante;

k)

hagan hincapié en que una mayor cooperación entre la Unión y la India en el ámbito de la seguridad y la defensa no debe percibirse como una contribución a la polarización en la región indopacífica, sino como una forma de promover la seguridad común, la estabilidad y el desarrollo pacífico;

l)

hagan hincapié en la necesidad de una coordinación temática más estrecha de las políticas de seguridad internacional y de actuar en ámbitos como la seguridad nuclear y la no proliferación y el control de las armas de destrucción masiva, la reducción de las armas químicas, biológicas y radiológicas, la promoción de la prevención de conflictos regionales y la consolidación de la paz, la lucha contra la piratería, la seguridad marítima, la lucha contra el terrorismo (que incluye combatir la radicalización, el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo), el extremismo violento, las campañas de desinformación, la ciberseguridad, las amenazas híbridas y el espacio ultraterrestre; hagan hincapié en la importancia del diálogo antiterrorista entre la Unión y la India; refuercen las relaciones e intercambios militares a fin de impulsar la asociación estratégica UE-India;

m)

señalen que la Unión y la India son dos de los mayores contribuyentes a las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas y firmes defensoras de una paz sostenible; fomenten el debate y las iniciativas para ampliar la cooperación en materia de mantenimiento de la paz;

n)

acojan con satisfacción las seis consultas periódicas que se han celebrado entre la Unión y la India sobre desarme y no proliferación y animen a la India a que refuerce la cooperación regional y adopte medidas concretas en este sentido; reconozcan que la India se ha sumado a tres importantes regímenes multilaterales de control de las exportaciones relacionados con la proliferación y fomenten una asociación más estrecha entre la Unión y la India en estos foros;

o)

coordinen posiciones e iniciativas en foros multilaterales, en particular las Naciones Unidas, la OMC y el G20, impulsando objetivos comunes en consonancia con los valores y las normas internacionales compartidos, intensificando el diálogo y armonizando efectivamente sus posiciones en defensa del multilateralismo y un orden internacional basado en normas; participen en debates sobre una reforma del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y sobre métodos de trabajo, y apoyen la candidatura de la India para convertirse en miembro permanente del Consejo de Seguridad;

p)

promuevan la prevención de conflictos y la cooperación económica apoyando iniciativas de integración regional en Asia meridional, también en el seno de la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional (SAARC);

q)

se basen en la amplia experiencia regional de la India y en los enfoques existentes en los Estados miembros de la Unión sobre la región indopacífica con el fin de desarrollar una estrategia europea realista para la región indopacífica basada en principios, valores e intereses compartidos, incluidos los económicos, y en el Derecho internacional; se esfuercen por coordinar, cuando proceda, las políticas de la Unión y de la India respecto a la región indopacífica y amplíen la cooperación para abarcar todos los ámbitos de interés común; tomen debidamente en cuenta las decisiones políticas soberanas de los demás países de la región y las relaciones bilaterales de la Unión con ellos;

r)

promuevan acciones conjuntas ambiciosas con medidas específicas en la coordinación del desarrollo y la ayuda humanitaria, también en Oriente Próximo y África, así como en el fortalecimiento de los procesos democráticos y la lucha contra las tendencias autoritarias y contra todos los tipos de extremismo, incluidos los de carácter nacionalista y religioso;

s)

promuevan acciones conjuntas para coordinar las operaciones de seguridad alimentaria y socorro en caso de catástrofe, en consonancia con los principios humanitarios consagrados en el Derecho internacional humanitario, incluidos la imparcialidad, la neutralidad y la no discriminación en la prestación de la ayuda;

t)

señalen que la Unión sigue de cerca la situación en Cachemira; reiteren su apoyo a la estabilidad y la desescalada entre la India y Pakistán, que ambos poseen armas nucleares, y mantengan su compromiso con el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales; promuevan la aplicación de la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y los informes del ACNUR sobre Cachemira; pidan a la India y a Pakistán que piensen en las enormes ventajas de carácter humano, económico y político que se derivarían de la resolución de este conflicto;

u)

renueven los esfuerzos de la Unión para el acercamiento y la restauración de las buenas relaciones de vecindad entre la India y Pakistán sobre la base de los principios del Derecho internacional, a través de un diálogo exhaustivo y un enfoque gradual que comience con medidas de fomento de la confianza; celebren, en este sentido, la declaración conjunta India-Pakistán de alto el fuego, de 25 de febrero de 2021, como un paso importante en la instauración de la paz y la estabilidad regionales; subrayen la importancia de la dimensión bilateral en el trabajo por el establecimiento de una paz y una cooperación duraderas entre la India y Pakistán, lo que contribuiría positivamente a la seguridad y el desarrollo económico de la región; destaquen que, como potencias nucleares, la responsabilidad por lo que respecta a la paz incumbe a ambos Estados;

v)

reconozcan el prolongado apoyo de la India a Afganistán y del compromiso de esta con una labor de consolidación de la paz centrada en las personas y dirigida localmente; colaboren con la India y otros Estados de la región para promover la estabilización, la seguridad, la resolución pacífica de conflictos y los valores democráticos, incluidos los derechos de las mujeres, en el país; reiteren que la paz y la prosperidad en Afganistán beneficiarían a toda la región;

w)

subrayen que el mantenimiento de la paz, la estabilidad y la libertad de navegación en la región de Asia y el Pacífico siguen revistiendo una importancia fundamental para los intereses de la Unión y sus Estados miembros; aumenten el compromiso mutuo para garantizar que el comercio en la región indopacífica no se vea obstaculizado; fomenten una mayor interpretación común de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, incluida la libertad de navegación, e intensifiquen la cooperación en materia de seguridad marítima y las misiones conjuntas de formación en la región indopacífica, a fin de preservar la seguridad y la libertad de la navegación en las líneas marítimas de comunicación; recuerden que, en especial en un contexto de creciente rivalidad de las potencias regionales, la cooperación con los países de la región indopacífica debe seguir los principios de apertura, prosperidad, inclusividad, sostenibilidad, transparencia, reciprocidad y viabilidad; inicien un diálogo de alto nivel UE-India sobre cooperación marítima dirigido a ampliar el alcance de las consultas actuales sobre la lucha contra la piratería y a aumentar la interoperabilidad y la coordinación entre la operación EUNAVFOR Atalanta, el Centro de Fusión de Información de la Región del Océano Índico (IFC-IOR) de la India y la armada india en el ámbito de la vigilancia marítima, el socorro en caso de catástrofe y la formación y los ejercicios conjuntos;

x)

fomenten conjuntamente un mayor diálogo en vista de la pronta conclusión de un código de conducta en el mar de la China Meridional que no perjudique a los derechos legítimos de cualquier nación de conformidad con el Derecho internacional;

y)

tomen nota con preocupación del deterioro de las relaciones entre la India y la República Popular China, también debido a la política expansiva de la República Popular China y a la importante escalada militar; apoyen una resolución pacífica de litigios, un diálogo constructivo y exhaustivo y la defensa del Derecho internacional en la frontera entre la India y la República Popular China;

z)

reconozcan el compromiso de la India con la agenda sobre la mujer, la paz y la seguridad a través de su contribución a las misiones de mantenimiento de la paz; refuercen su compromiso mutuo con la aplicación de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, incluido el desarrollo de planes de acción nacionales con las asignaciones presupuestarias adecuadas para su ejecución efectiva;

a bis)

fomenten un compromiso compartido de aplicar las Resoluciones 2250, 2419 y 2535 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre juventud, paz y seguridad, en particular mediante el desarrollo de estrategias y planes de acción nacionales en materia de juventud, paz y seguridad con asignaciones presupuestarias adecuadas y haciendo hincapié en la prevención de conflictos; animen a la India, así como a los Estados miembros de la Unión, a que inviertan en las capacidades de los jóvenes y colaboren con las organizaciones juveniles en cuanto al fomento del diálogo y la rendición de cuentas; exploren nuevas formas de incluir a los jóvenes en la construcción de una paz y una seguridad positivas;

Promoción del Estado de Derecho, los derechos humanos y la buena gobernanza

a ter)

pongan los derechos humanos y los derechos democráticos en el centro del compromiso de la Unión con la India, permitiendo así un diálogo constructivo y orientado hacia los resultados y un entendimiento mutuo más profundo; desarrollen, en colaboración con la India, una estrategia para abordar las cuestiones de derechos humanos, sobre todo las que afectan a las mujeres, los niños, las minorías étnicas y religiosas y la libertad de religión y creencias, y las cuestiones relacionadas con el Estado de Derecho, como la lucha contra la corrupción, un entorno libre y seguro para el periodismo independiente y la sociedad civil, incluidos los defensores de los derechos humanos, y para integrar consideraciones en materia de derechos humanos en la asociación más amplia entre la Unión y la India;

a quater)

expresen su profunda preocupación por la modificación de la Ley de la ciudadanía de la India que, según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, es fundamentalmente discriminatoria contra musulmanes y crea peligrosas divisiones; animen a la India a que garantice el derecho a practicar y difundir libremente la religión que uno elija, tal y como se consagra en el artículo 25 de su Constitución; trabajen para frenar y eliminar el discurso de odio que incita a la discriminación o la violencia, que lleva a un entorno tóxico en el que la intolerancia y la violencia contra las minorías religiosas pueden tener lugar con impunidad; compartan las mejores prácticas en la formación de las fuerzas policiales en materia de tolerancia y normas de derechos humanos; reconozcan el vínculo entre las leyes anticonversión y la violencia contra las minorías religiosas, en particular contra las comunidades cristiana y musulmana;

a quinquies)

animen a la India, como miembro del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, a actuar respecto a todas las recomendaciones de su proceso de examen periódico universal, a aceptar y facilitar las visitas de los relatores especiales de las Naciones Unidas, en concreto la relatora especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, el relator especial sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el relator especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, para el seguimiento de la evolución del espacio cívico y los derechos y libertades fundamentales, como parte de su compromiso de fomentar la participación genuina y la implicación efectiva de la sociedad civil en la promoción y protección de los derechos humanos;

a sexies)

aborden la situación de los derechos humanos y los retos a los que se enfrenta la sociedad civil, en particular los problemas planteados por la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y los relatores especiales de las Naciones Unidas, en su diálogo con las autoridades indias, incluidas las cumbres; animen a la India, que es la mayor democracia del mundo, a demostrar su compromiso con el respeto, la protección y la plena aplicación de los derechos, reconocidos por su Constitución, a la libertad de expresión para todos, también en internet, el derecho de reunión pacífica y de asociación, también en relación con las últimas protestas a gran escala de agricultores, y la libertad de religión y creencias; pidan a la India que garantice un entorno de trabajo seguro para los defensores de los derechos humanos, los periodistas y los agentes de la sociedad civil, y que proteja y garantice sus derechos y libertades fundamentales, sin presiones políticas ni económicas, y que deje de recurrir a leyes contra la sedición y el terrorismo a fin de limitar sus actividades legítimas, también en Jammu y Cachemira, ponga fin a las restricciones generales de acceso a internet, revise la legislación con miras a evitar su posible uso indebido para silenciar la disidencia y modifique las leyes que fomentan la discriminación, y que facilite el acceso a la justicia para garantizar la rendición de cuentas por las violaciones de los derechos humanos; aborden los efectos perjudiciales de la Ley de contribuciones extranjeras para las organizaciones de la sociedad civil;

a septies)

animen a la India a que adopte más medidas para investigar y prevenir la violencia de género y la discriminación y promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres; aborden el problema del aumento de la violencia contra las mujeres y las niñas en la India instando a que se investiguen a fondo los delitos violentos contra ellas, formando a los agentes para que tengan en cuenta los traumas al realizar su labor policial y de investigación, instaurando un mecanismo de control eficaz que supervise la aplicación de las leyes relativas a la violencia sexual contra las mujeres y las niñas, y acelerando el proceso jurídico y mejorando la protección de las víctimas;

a octies)

aborden el problema de la discriminación por razón de casta imperante y la importante cuestión de conceder derechos a las comunidades adivasi en el marco de la Ley de derechos forestales;

a nonies)

recuerden que, tradicionalmente y por sus principios, la Unión rechaza la pena de muerte y vuelvan a pedir a la India que establezca una moratoria de la pena de muerte con miras a una derogación permanente de la pena capital;

a decies)

reconozcan el proceso de desarrollo de un plan de acción nacional en la India sobre las empresas y los derechos humanos, con el fin de aplicar plenamente los Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas, recordando a todas las empresas su responsabilidad de respetar los derechos humanos en sus cadenas de valor, y animen tanto a la India como a la Unión a participar activamente en las negociaciones en curso sobre un tratado vinculante en el ámbito de las Naciones Unidas relativo a la responsabilidad de las empresas en materia de derechos humanos;

a undecies)

insten a la India a que ratifique la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y su Protocolo facultativo y la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas;

a duodecies)

animen a la India a que respalde en mayor medida la labor de la justicia internacional firmando el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI);

a terdecies)

animen a la India a que continúe su tradición de otorgar protección a las personas que huyen de la violencia y la persecución hasta que sean posibles unas condiciones de regreso seguro, digno y voluntario, y a que adopte todas las medidas necesarias para eliminar el riesgo de apatridia para las comunidades en la India;

a quaterdecies)

reiteren la importancia de entablar cuanto antes un diálogo periódico UE-India sobre derechos humanos, en consonancia con el compromiso en virtud de la hoja de ruta UE-India y con la intención común de reanudar las reuniones tras ocho años de inactividad, como una oportunidad importante para que ambas partes aborden y solucionen cuestiones pendientes relacionadas con los derechos humanos; eleven el diálogo hasta el nivel central y se esfuercen por que sea significativo garantizando una participación de alto nivel, estableciendo compromisos, criterios e indicadores concretos de progreso, abordando los casos individuales y facilitando un diálogo UE-India entre la sociedad civil antes del diálogo intergubernamental; soliciten al SEAE que informe periódicamente al Parlamento sobre los resultados logrados;

Comercio para la sostenibilidad y la prosperidad

a quindecies)

recuerden que el comercio entre la Unión y la India aumentó en más de un 70 % entre 2009 y 2019, y que fomentar unos lazos económicos más estrechos redunda en interés común; reconozcan que la India representa una alternativa sólida para la Unión, que desea diversificar sus cadenas de suministro, y que la Unión es el principal socio comercial de la India en el sector agroalimentario;

a sexdecies)

aprovechen la oportunidad que ofrece la reunión de dirigentes UE-India para abordar abiertamente al más alto nivel la cooperación basada en valores en materia de comercio e inversión; reiteren la disposición de la Unión a estudiar la posibilidad de emprender negociaciones sobre un acuerdo independiente de protección de las inversiones que aumente la seguridad jurídica de los inversores en ambas partes y seguir reforzando las relaciones comerciales bilaterales; trabajen en pro de la consecución de objetivos comunes y beneficiosos para ambas partes en estos ámbitos que puedan contribuir al crecimiento económico y a la innovación y respeten y contribuyan al respeto de los derechos humanos universales, incluidos los derechos laborales, a la promoción de la lucha contra el cambio climático y a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030;

a septdecies)

aprovechen al máximo el compromiso de la India con el multilateralismo y con un orden comercial internacional basado en normas; promuevan el papel decisivo de la India en los esfuerzos en curso para reformar la Organización Mundial del Comercio;

a octodecies)

evalúen en qué medida debe actualizarse el mandato de negociación de la Comisión si el objetivo es celebrar un acuerdo comercial y de cooperación que incluya disposiciones ambiciosas en un capítulo sobre comercio y desarrollo sostenible aplicable, en consonancia con el Acuerdo de París, así como disposiciones adecuadas relativas a los derechos y deberes de los inversores y a los derechos humanos; garanticen unas negociaciones constructivas, sin dejar de ser conscientes de los distintos niveles de ambición entre ambas partes; se basen, a este respecto, en la evolución alentadora de la posición de las autoridades indias en relación con su disposición a incluir normas sobre comercio y desarrollo sostenible en un futuro acuerdo;

Resiliencia a través de asociaciones sectoriales

a novodecies)

concluyan las negociaciones sobre una asociación con la India en materia de conectividad; ayuden a esta asociación principalmente ofreciendo préstamos y garantías a la inversión sostenible en proyectos bilaterales y multilaterales de proyectos de infraestructuras digitales y ecológicas en la India, por medio de entidades públicas y privadas de la Unión como el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el nuevo instrumento de financiación exterior, en consonancia con las posibilidades descritas en la estrategia de la UE de conexión entre Europa y Asia; analicen sinergias en la cooperación UE-India y con otros países del sur de Asia y la coordinación de varias estrategias de conectividad;

a vicies)

garanticen que las iniciativas en materia de conectividad se basen en normas sociales, ambientales y presupuestarias y en los valores de sostenibilidad, transparencia, inclusividad, Estado de Derecho, respeto de los derechos humanos y reciprocidad, y respeten plenamente la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y sus instrumentos jurídicos, incluido el Acuerdo de París;

a unvicies)

reconozcan la experiencia de la India en la gestión de catástrofes naturales; intensifiquen la cooperación con la India para aumentar la preparación de la región frente a las catástrofes naturales, también a través de la asociación en el marco de la Coalición para una Infraestructura Resiliente a los Desastres, una iniciativa multilateral para ampliar la investigación y el intercambio de conocimientos en materia de gestión del riesgo para las infraestructuras;

a duovicies)

mejoren la cooperación en el ámbito de la movilidad sostenible por medio de medidas concretas, como un mayor desarrollo de las infraestructuras de transporte eléctrico y las inversiones en proyectos ferroviarios; destaquen la gran importancia del ferrocarril para reducir la congestión del tránsito y la contaminación en las grandes zonas urbanas, cumplir los objetivos climáticos y garantizar la resiliencia de las cadenas de suministro fundamentales, también en períodos de crisis;

a tervicies)

apoyen una mayor cooperación para abordar los desafíos que plantea la rápida urbanización, en particular por medio del intercambio de conocimientos y buenas prácticas a través de plataformas compartidas y la cooperación entre ciudades, la cooperación en materia de tecnologías para ciudades inteligentes y un apoyo financiero continuo para proyectos de transporte urbano en la India a través del BEI;

a quatervicies)

recuerden el papel de la India como importante fabricante de productos farmacéuticos, medicamentos genéricos y vacunas, en especial en el contexto de la actual crisis sanitaria mundial; alienten a las empresas comunes a garantizar el acceso universal a las vacunas contra la COVID-19; persigan un liderazgo UE-India en la promoción de la salud como bien público mundial, en particular mediante el apoyo a iniciativas multilaterales, incluido el COVAX, y ayuden a garantizar el acceso universal a las vacunas, especialmente entre los países de ingresos más bajos, en especial colaborando en los foros internacionales pertinentes;

a quinvicies)

aumenten el nivel de ambición en la cooperación bilateral y multilateral entre la Unión y la India en materia de cambio climático, principalmente acelerando el crecimiento ecológico y una transición justa y segura hacia las energías limpias, alcanzando la neutralidad climática y aumentando el nivel de ambición de las contribuciones determinadas a nivel nacional; mantengan un liderazgo mundial conjunto en apoyo del Acuerdo de París y se centren en la aplicación de las agendas sobre energías limpias y renovables y sobre la economía circular;

a sexvicies)

reafirmen, como dos de los principales emisores mundiales de gases de efecto invernadero, un compromiso conjunto de coordinar mejor los esfuerzos para mitigar los efectos del cambio climático; reconozcan el liderazgo de la India en materia de energías renovables y los progresos logrados por medio de la asociación UE-India para la energía limpia y el clima; fomenten la inversión y la cooperación para avanzar aún más en los ámbitos de la movilidad eléctrica, la refrigeración sostenible, las tecnologías de baterías de nueva generación, la generación distribuida de electricidad y la transición justa en la India; inicien un debate y estudien una cooperación estratégica en el ámbito de las tierras raras; intensifiquen la aplicación de la asociación para la gestión sostenible del agua;

a septvicies)

promuevan una agenda común ambiciosa y una acción mundial en materia de biodiversidad, también en el período previo a la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (COP15), que se celebrará en mayo de 2021;

b bis)

se esfuercen por lograr un liderazgo conjunto en el establecimiento y la promoción de normas internacionales en la economía digital basadas en una digitalización sostenible y responsable y en un entorno informático basado en el Estado de Derecho y en los derechos humanos, abordando al mismo tiempo las amenazas a la ciberseguridad y protegiendo los derechos y libertades fundamentales, incluida la protección de los datos personales;

b ter)

refuercen las ambiciones de la Unión en materia de conectividad digital con la India en el contexto de la estrategia de transformación digital de la Unión; colaboren con la India en el desarrollo y uso de tecnologías críticas, teniendo en cuenta las grandes repercusiones estratégicas y de seguridad que conllevan estas nuevas tecnologías; inviertan en una asociación en materia de servicios digitales y en el desarrollo de una inteligencia artificial responsable y basada en los derechos humanos; celebren los esfuerzos de la India por alcanzar un nivel de protección de los datos personales similar al del RGPD y sigan apoyando la reforma de la protección de datos en la India; destaquen los beneficios mutuos de intensificar la cooperación en este ámbito; promuevan una mayor convergencia entre los marcos normativos para garantizar un nivel elevado de protección de los datos personales y la privacidad, también por medio de una posible decisión de idoneidad de los datos, con vistas a facilitar flujos transfronterizos de datos seguros, haciendo así posible una mayor cooperación, sobre todo en el sector de las tecnologías de la información y la comunicación y los servicios digitales; tengan en cuenta que la armonización de la normativa sobre datos india y europea facilitaría significativamente la cooperación mutua, el comercio y la transmisión segura de información y conocimientos especializados; trabajen para replicar los acuerdos de la Unión de itinerancia móvil internacional con la India;

b quater)

recuerden que el desarrollo del sector digital es fundamental para la seguridad y ha de incluir la diversificación de la cadena de suministro de los fabricantes de equipos a través del fomento de arquitecturas de red abiertas e interoperables y asociaciones de digitalización con socios que compartan los valores de la Unión y utilicen la tecnología respetando los derechos fundamentales;

b quinquies)

adopten medidas eficaces para facilitar la movilidad entre la Unión y la India, en particular para los migrantes, estudiantes, trabajadores altamente cualificados y artistas, teniendo en cuenta la disponibilidad de capacidades y las necesidades del mercado laboral en la Unión y en la India; reconozcan la gran fuente de talento en los ámbitos de la digitalización y la inteligencia artificial con la que cuentan tanto la India como la Unión y el interés compartido de desarrollar una cooperación y conocimientos de alto nivel en este ámbito;

b sexies)

consideren los intercambios interpersonales como una de las principales dimensiones de la asociación estratégica; aboguen por una asociación más profunda en el ámbito de la educación pública, la investigación y la innovación y el intercambio cultural; pidan a los Estados miembros de la Unión y a la India que inviertan especialmente en las capacidades y el liderazgo de los jóvenes y que les garanticen una verdadera integración en la vida política y económica; promuevan la participación de la India, en especial de sus estudiantes y jóvenes profesionales, en programas de la Unión tales como Horizonte Europa, el Consejo Europeo de Investigación, las becas de investigación Marie Skłodowska-Curie y los intercambios interpersonales en materia de educación y cultura; promuevan, en este sentido, el programa Erasmus+ y garanticen la inclusión en igualdad de condiciones de mujeres estudiantes, científicas, investigadoras y profesionales en estos programas; mantengan una cooperación estrecha en materia de investigación e innovación, incluidas las tecnologías digitales centradas en el ser humano y basadas en principios éticos, promoviendo al mismo tiempo el refuerzo de la alfabetización digital y las capacidades digitales;

b septies)

estudien en mayor medida las posibilidades de colaboración exhaustiva en el marco del G20 en materia de empleo y políticas sociales, por ejemplo en los ámbitos de la protección social, los salarios mínimos, la participación de las mujeres en el mercado laboral, la creación de empleo digno y la salud y la seguridad en el trabajo; cooperen para erradicar el trabajo infantil apoyando la aplicación y la supervisión del cumplimiento de los Convenios de la OIT n.o 138 (Convenio sobre la edad mínima) y n.o 182 (Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil), ratificados por la India en junio de 2017;

2.

Encarga a su presidente que transmita la presente Recomendación al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

(1)  https://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2020/07/15/joint-statement-15th-eu-india-summit-15-july-2020/

(2)  Textos Aprobados, P9_TA(2021)0012.

(3)  Textos Aprobados, P9_TA(2021)0016.

(4)  DO C 337 de 20.9.2018, p. 48.

(5)  DO C 174 E de 14.7.2005, p. 179.

(6)  DO C 227 E de 21.9.2006, p. 589.

(7)  DO C 58 de 15.2.2018, p. 109.

(8)  DO C 261 E de 10.9.2013, p. 34.

(9)  DO C 215 de 19.6.2018, p. 202.


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