Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62019CN0533

Asunto C-533/19: Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (España) el 11 de julio de 2019 – RQ/Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real

DO C 372 de 4.11.2019, p. 12–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

4.11.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 372/12


Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (España) el 11 de julio de 2019 – RQ/Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real

(Asunto C-533/19)

(2019/C 372/11)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha

Partes en el procedimiento principal

Demandante: RQ

Demandada: Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real

Cuestión prejudicial

Se consulta [al] Tribunal de Justicia de la Unión Europea si es compatible con el art. 12 de la [Directiva] 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración (1), y con —entre otras— las Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2017 (asunto C-636/16 (2)) y 8 de diciembre de 2011 (asunto C-371/08 (3)), una interpretación tal como la contenida en las sentencias del Tribunal Supremo español n.o 191/2019, de 19 de febrero de 2019, recurso de casación 5607/2017 (ECLI:ES:TS:2019:580), y n.o 257/2019, de 27 de febrero de 2019, recurso de casación 5809/2017 (ECLI:ES:TS:2019:663), de acuerdo con la cual, a través de una interpretación de la Directiva 2001/40/CE (4) es posible llegar a la afirmación de que cualquier nacional de [un] tercer país titular de un permiso de residencia de larga duración que haya cometido un delito castigado con pena de al menos un año de duración puede y debe ser objeto de expulsión de manera «automática», esto es, [sin] necesidad de hacer valoración alguna sobre sus circunstancias personales, familiares, sociales o laborales.


(1)  DO 2004, L 16, p. 44

(2)  Sentencia de 7 de diciembre de 2017, López Pastuzano (C-636/16, EU:C:2017:949)

(3)  Sentencia de 8 de diciembre de 2011, Ziebell (C-371/08, EU:C:2011:809)

(4)  Directiva 2001/40/CE del Consejo, de 28 de mayo de 2001, relativa al reconocimiento mutuo de las decisiones en materia de expulsión de nacionales de terceros países (DO 2001, L 149, p. 34)


Top