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Document 52019XC0918(01)
Notice clarifying the notices of initiation of anti-dumping and anti-subsidy proceedings concerning imports of certain woven and/or stitched glass fibre fabrics originating in the People’s Republic of China and Egypt
Nota aclaratoria de los anuncios de inicio de procedimientos antidumping y antisubvención relativos a las importaciones de determinados tejidos de fibra de vidrio de punto y/o cosidos originarios de la República Popular China y de Egipto
Nota aclaratoria de los anuncios de inicio de procedimientos antidumping y antisubvención relativos a las importaciones de determinados tejidos de fibra de vidrio de punto y/o cosidos originarios de la República Popular China y de Egipto
C/2019/6535
DO C 314 de 18.9.2019, pp. 6–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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18.9.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 314/6 |
Nota aclaratoria de los anuncios de inicio de procedimientos antidumping y antisubvención relativos a las importaciones de determinados tejidos de fibra de vidrio de punto y/o cosidos originarios de la República Popular China y de Egipto
(2019/C 314/06)
El 21 de febrero de 2019, la Comisión publicó un anuncio de inicio de una investigación antidumping relativa a las importaciones de determinados tejidos de fibra de vidrio de punto y/o cosidos originarios de la República Popular China y de Egipto (1) («anuncio de 21 de febrero de 2019»).
El 16 de mayo de 2019, la Comisión publicó un anuncio de inicio de una investigación antisubvención relativa a las importaciones de determinados tejidos de fibra de vidrio de punto y/o cosidos originarios de la República Popular China y de Egipto (2) («anuncio de 16 de mayo de 2019»).
En dichos anuncios, el producto investigado se describe como sigue:
«El producto objeto de la presente investigación son tejidos de rovings o de hilo de fibra de vidrio de filamento continuo, de punto y/o cosidos, excluidos los productos impregnados o preimpregnados y los tejidos de malla abierta con células de más de 1,8 mm de longitud y anchura y un peso superior a 35 g/m2 (“producto investigado”).».
En las investigaciones se señaló a la atención de la Comisión que algunos operadores económicos podrían haber malinterpretado el texto de la descripción del producto objeto de la investigación.
Por ello, la Comisión ha decidido clarificar el anuncio de 21 de febrero de 2019 y el anuncio de 16 de mayo de 2019 a fin de mostrar a todas las partes interesadas el ámbito de aplicación real de la actual investigación y de dar a los operadores económicos afectados —que podrían no haberse dado a conocer por creer que dichos procedimientos no les afectaban (en particular los usuarios y los importadores no vinculados)— la oportunidad de proporcionar respuestas al cuestionario sobre la base de la definición aclarada del producto investigado y de un cuadro completo del número de control del producto («NCP»).
Asimismo, se añadirá al expediente para inspección por las partes interesadas una nota que contendrá más información.
1. Aclaración sobre el producto investigado
En el punto 2 del anuncio de 21 de febrero de 2019 y del anuncio de 16 de mayo de 2019, el producto investigado se describe como sigue:
«El producto objeto de la presente investigación son tejidos de rovings o de hilo de fibra de vidrio de filamento continuo, de punto y/o cosidos, excluidos los productos impregnados o preimpregnados y los tejidos de malla abierta con células de más de 1,8 mm de longitud y anchura y un peso superior a 35 g/m2 (“producto investigado”).».
Como se ha explicado anteriormente, en las investigaciones se señaló a la atención de la Comisión que algunos operadores económicos podrían haber malinterpretado esta descripción del producto y podrían haber decidido no darse a conocer por no haber entendido correctamente la definición del producto investigado.
Por ello, la Comisión estima que procede aclarar que el producto objeto de la presente investigación son tejidos de rovings y/o de hilo de fibra de vidrio de filamento continuo, de punto y/o cosidos, con o sin otros elementos, excluidos los productos impregnados o preimpregnados y los tejidos de malla abierta con células de más de 1,8 mm de longitud y anchura y un peso superior a 35 g/m2 («producto investigado»).
A título informativo, a continuación se indican de forma más detallada los códigos TARIC referentes al producto investigado.
Para evitar confusiones, la Comisión señala que la presente aclaración no tiene incidencia alguna sobre el análisis de la Comisión de las alegaciones de dumping o subvención y perjuicio, que abarca plenamente el ámbito de la investigación. Esto se debe a que la información recibida de las partes interesadas relativa al dumping o la subvención y el perjuicio se recopiló al nivel mucho más detallado del NCP que corresponde al producto investigado.
En aras de la claridad, la Comisión publica el cuadro del NCP que acompañaba a los formularios de cuestionario presentados a la industria de la Unión y a los productores exportadores.
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Descripción del campo |
Formato del campo |
Valores |
Explicación |
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Formato de venta |
N |
1: rollo |
Utilice el número correspondiente al formato de venta del producto. En el caso de kits, juegos o paquetes, dado que se venden juntos varios tejidos diferentes, no deben proporcionarse las demás características del NCP; por tanto, el NCP consistirá en un único dígito. |
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2: cortado |
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3: vendido en un paquete o surtido de tejidos diferentes |
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Forma del tejido |
XX |
WR: tejidos con rovings y/o hilo sin torsión |
Utilice las dos letras correspondientes al formato del producto. Utilice TY únicamente para los tejidos que no contengan rovings o hilo sin torsión. |
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NU: tejidos con rovings no ondulados (cosidos) y/o hilo sin torsión-uniaxiales y unidireccionales (3) |
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NM: tejidos de rovings no ondulados (cosidos) y/o hilo sin torsión-multiaxiales |
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CG: compuestos de fibra de vidrio con rovings y/o hilo sin torsión-100 % de fibra de vidrio (4) |
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CM: compuestos de fibra de vidrio con rovings y/o hilo sin torsión-fibras mezcladas (5) |
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Tipo de vidrio |
XX |
EG: para vidrio E o CRE (bajo contenido de boro) |
Utilice las dos letras correspondientes al tipo de vidrio utilizado |
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HG: para vidrio de módulo alto |
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Gramaje: peso, en gramos por metro cuadrado (g/m2), incluidos cualquier esterilla, velo, etc. |
N |
1: inferior a 300 g/m2 |
Utilice el número correspondiente al intervalo al que pertenece el gramaje del producto. |
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2: de 301 a 600 g/m2 |
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3: de 601 a 800 g/m2 |
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4: de 801 a 1 200 g/m2 |
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5: de 1 201 a 1 500 g/m2 |
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6: de 1 501 to 1 800 g/m2 |
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7: de 1 801 a 2 400 g/m2 |
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8: superior a 2 400 g/m2 |
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Densidad de los rovings/hilos (tex) |
X |
Z: inferior a 300 tex |
Utilice la letra correspondiente a la densidad del roving del producto. Indique la densidad (tex) del roving/hilo que representa la mayor proporción (en peso) del tejido. Si dos rovings o hilos con densidades diferentes (tex) representan el mismo peso en el producto final, notifique únicamente el roving/hilo con mayor densidad (tex). |
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A: 300 tex |
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B: 600 tex |
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C: 900 tex |
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D: 1 100 tex |
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E: 1 200 tex |
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F: 2 300 tex |
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G: 2 400 tex |
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H: 3 600 tex |
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I: 4 800 tex |
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J: para los demás, como esterillas de hilos cortados, rovings/hilos ensamblados, etc. |
2. Códigos TARIC
A fin de evitar otros malentendidos, la Comisión aclara asimismo los códigos TARIC proporcionados a título meramente informativo en el punto 3, párrafo primero, del anuncio de 21 de febrero de 2019 y en el punto 3, párrafo primero, del anuncio de 16 de mayo de 2019.
Esta es la serie completa de los códigos referentes al producto investigado: Códigos NC ex 7019 39 00, ex 7019 40 00, ex 7019 59 00 y ex 7019 90 00 (códigos TARIC 7019390080, 7019400080, 7019590080 y 7019900080).
Como anteriormente, los códigos NC y TARIC se indican a título meramente informativo.
3. Procedimiento
Se ruega a aquellas partes interesadas que consideren que la presente aclaración les afecta, o que no se dieron a conocer por creer que el presente procedimiento no las concernía, se pongan en contacto con la Comisión en un plazo de siete días a partir de la fecha del presente anuncio a fin de darse a conocer y, si lo desean, soliciten un cuestionario.
Pueden hacerlo a través de una de las siguientes direcciones de correo electrónico:
TRADE-AD653-GFF-DUMPING-CHINA@ec.europa.eu
TRADE-AD653-GFF-DUMPING-EGYPT@ec.europa.eu o
TRADE-AD653-GFF-INJURY@ec.europa.eu
TRADE-AS656-GFF-SUBSIDY@ec.europa.eu o
TRADE-AS656-GFF-INJURY@ec.europa.eu
Todos los comentarios y aportaciones recibidos en respuesta al presente anuncio, así como cualquier información adicional a este respecto, se incluirán en una nota del expediente para inspección por las partes interesadas.
(1) DO C 68 de 21.2.2019, p. 29.
(2) DO C 167 de 16.5.2019, p. 13.
(3) «Unidireccional» significa que como mínimo el 90 % de las fibras de vidrio están orientadas en una dirección.
(4) Excepto los hilos de costura, que también pueden ser de poliéster o de otro tipo de fibra.
(5) Como un velo o núcleo de poliéster. Los hilos de costura de poliéster o de otro tipo de fibra no harán del compuesto un compuesto de fibra mixta a efectos de esta clasificación.