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Dokuments 62019TN0061
Case T-61/19: Action brought on 3 February 2019 — Drex Technologies v Council
Asunto T-61/19: Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2019 — Drex Technologies/Consejo
Asunto T-61/19: Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2019 — Drex Technologies/Consejo
DO C 139 de 15.4.2019., 64.–65. lpp.
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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15.4.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 139/64 |
Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2019 — Drex Technologies/Consejo
(Asunto T-61/19)
(2019/C 139/67)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Drex Technologies SA (Tórtola, Islas Vírgenes Británicas) (representante: E. Ruchat, abogado)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Declare el recurso de la demandante admisible y fundado. |
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En consecuencia, condene a la Unión Europea a resarcir la totalidad de los perjuicios sufridos por la demandante por el importe que el Tribunal General fije equitativamente. |
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Con carácter subsidiario, ordene el nombramiento de un experto para establecer la amplitud total de los perjuicios sufridos por la demandante. |
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Condene en costas al Consejo de la Unión Europea. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la demandante invoca un motivo principal y otro subsidiario, basados en los perjuicios que alega haber sufrido y cuya responsabilidad atribuye al Consejo de la Unión Europea.
El motivo principal se basa en la ilegalidad de las medidas restrictivas controvertidas, esto es, la Decisión (PESC) 2018/778 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria y sus actos sucesivos de ejecución. A su entender, en primer lugar, incumplen el deber de motivación establecido en los artículos 296 TFUE y 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, en segundo lugar, atentan contra el derecho de propiedad de la demandante y contra el derecho al respeto de su reputación. Alega asimismo que dicha vulneración ha sido la causa directa de que se le irroguen importantes perjuicios morales y materiales, consistentes, respectivamente, en la lesión de su reputación, por una parte, y en la rescisión de contratos, pérdidas materiales y pérdidas de ingresos, por otra parte, por los que considera que tiene derecho a exigir resarcimiento.
Por su parte, el motivo subsidiario se basa en la existencia de un régimen objetivo de responsabilidad de la Unión Europea.