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Document 52018IE4425

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Facilitar el acceso a la financiación de la lucha contra el cambio climático para los agentes no estatales» (Dictamen de iniciativa)

EESC 2018/04425

DO C 110 de 22.3.2019, p. 14–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

22.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 110/14


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Facilitar el acceso a la financiación de la lucha contra el cambio climático para los agentes no estatales»

(Dictamen de iniciativa)

(2019/C 110/03)

Ponente:

Cillian LOHAN (IE-III)

Fundamento jurídico

Artículo 29, apartado 2, del Reglamento interno

 

Dictamen de iniciativa

Decisión del Pleno

15.2.2018

 

 

Sección competente

Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente

Aprobado en sección

27.11.2018

Aprobado en el pleno

12.12.2018

Pleno n.o

539

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

114/6/7

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1

A pesar de que los pactos de financiación de la lucha contra el cambio climático prometen asignar fondos considerables, el CESE desea llamar la atención sobre el problema del acceso de los agentes climáticos no estatales que operan a pequeña escala a la financiación, a fin de garantizar el apoyo y la realización de iniciativas potencialmente transformadoras.

1.2

Es necesario supervisar y cartografiar urgentemente los flujos de financiación de la lucha contra el cambio climático en la Unión Europea. De este modo, se facilitará la medición del impacto desde el punto de vista de los agentes climáticos no estatales y se garantizará la posibilidad de evaluar los avances realizados en una transición más amplia de la economía a un modelo hipocarbónico.

1.3

Las fuentes de financiación son tan dispares como las iniciativas ascendentes que necesitan acceder a ellas. No se dispone de mecanismos para hacer frente a esta disparidad. Esta cuestión debería abordarse mediante la creación de un foro integrador para la financiación de la lucha contra el cambio climático a nivel de la UE.

1.4

El CESE propone crear un foro para la financiación de la lucha contra el cambio climático que permita abordar las cuestiones fundamentales, congregando a las principales partes interesadas para detectar los obstáculos, hallar soluciones y determinar los mecanismos más eficientes para mejorar la distribución de la financiación, por ejemplo, un servicio de emparejamiento que establezca vínculos entre los proyectos y las fuentes de financiación adecuadas para la lucha contra el cambio climático.

1.5

Es necesario crear un mecanismo (y posteriormente darlo a conocer de manera eficaz) que permita llegar a las iniciativas que requieren menor inversión y que se caracterice por:

un procedimiento de solicitud simplificado;

requisitos de notificación simplificados;

financiación complementaria;

la concesión de ayudas a los proyectos en fase de diseño y la solicitud previa de financiación;

la concesión de ayudas al desarrollo de capacidades, la creación de redes, los intercambios y el desarrollo de una plataforma a nivel local, regional, nacional y europeo.

1.6

No debe ponerse el acento en la financiación de la lucha contra el cambio climático en detrimento de una financiación responsable en otros ámbitos. Todos los instrumentos financieros deben integrar la cuestión del cambio climático a fin de garantizar que los compromisos y objetivos climáticos no se vean perjudicados por los fondos y la financiación movilizados al margen de la financiación específica de lucha contra el cambio climático. Esto debe respetarse en el contexto del artículo 2, apartado 1, letra c), del Acuerdo de París, para que los flujos de financiación existentes sean compatibles con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resistente al cambio climático y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero.

1.7

Es necesario desarrollar un conjunto de instrumentos, con una estrategia de comunicación clara, que permita a los agentes no estatales a todos los niveles comprender y acceder a la financiación de la lucha contra el cambio climático. Este conjunto de instrumentos debería ayudar a los promotores de proyectos a concebir iniciativas que contribuyan a una economía hipocarbónica y resistente al cambio climático.

2.   Introducción

2.1

El presente dictamen se basa en los dictámenes anteriores del CESE sobre los temas «Coalición para cumplir los compromisos del Acuerdo de París» (1) e «Impulsar las acciones por el clima por parte de los agentes no estatales» (2), así como en un estudio reciente del CESE (3) en el que se destacan los obstáculos que impiden una mayor participación de los agentes no estatales en la acción por el clima.

2.2

El CESE ha pedido en 2018 que se entable un «Diálogo europeo sobre la acción no estatal por el clima» (DE-ANEC) dirigido a reforzar e incrementar el alcance y la magnitud de las acciones europeas no estatales por el clima. Ha señalado que el diálogo no solo debe tener por objeto destacar y dar a conocer las acciones, sino también responder a las necesidades de los agentes no estatales, inspirando nuevas asociaciones entre agentes estatales y no estatales, facilitando el aprendizaje entre pares, la formación y el intercambio de asesoramiento entre los agentes no estatales, aumentando la financiación disponible y facilitando el acceso a la misma.

2.2.1

El término «agentes no estatales» se refiere a los agentes que no son parte en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Esta amplia interpretación abarca diversos tipos de empresas —incluidas las pymes y las microempresas—, inversores, cooperativas, ciudades y regiones, sindicatos, comunidades y grupos de ciudadanos, organizaciones confesionales, grupos de jóvenes y demás organizaciones no gubernamentales.

2.2.2

El proceso propuesto de diálogo europeo sobre la acción no estatal por el clima debería facilitar el acceso a la financiación para acciones no estatales. Esto debería consistir en:

detallar las posibilidades de financiación;

asesorar sobre planes financiables;

examinar cómo la cadena de valor financiera existente (tanto pública como privada) está aportando financiación para las inversiones en el clima que pretenden realizar los actores no estatales;

analizar las posibilidades de una distribución de fondos/financiera eficaz para los proyectos de menor escala que podrían ser de carácter transformador;

estudiar los actuales procedimientos de diálogo y consulta con los agentes no estatales, a fin de establecer nuevas técnicas y mejores prácticas para mejorar el uso de los fondos europeos e internacionales existentes;

abogar por que el próximo marco financiero plurianual de la UE sirva a las ambiciones climáticas más elevadas de los agentes no estatales e impulse las acciones de estos agentes;

explorar la financiación innovadora (entre pares, participativa y microfinanciación, bonos verdes, etc.).

2.3

La financiación de la lucha contra el cambio climático puede interpretarse de muchas formas, pero el Comité Permanente de Financiación de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) la define como una financiación que «tiene por objeto reducir las emisiones, reforzar los sumideros de gases de efecto invernadero y atenuar la vulnerabilidad de los sistemas humanos y ecológicos frente a las repercusiones negativas del cambio climático, así como mantener y aumentar su resiliencia ante estos efectos».

2.4

El presente dictamen examina la financiación de la lucha contra el cambio climático en relación con los Estados miembros de la UE, tanto los que son como los que no son parte en la CMNUCC, permitiendo que las organizaciones de la sociedad civil, los municipios y los gobiernos locales accedan a los instrumentos financieros necesarios para prestar ayuda en el diseño y la ejecución de proyectos, iniciativas y actividades que contribuyan a reducir las emisiones y a lograr que las comunidades se adapten al cambio climático.

2.5

Es importante considerar este dictamen en el contexto de la justicia climática (4) como un medio de garantizar que los costes de la acción por el clima no recaigan de manera desproporcionada en los sectores más pobres y vulnerables de la sociedad.

2.6

La financiación de las primeras etapas de la transición a una economía hipocarbónica, así como de la adaptación y la mitigación, es esencial para garantizar una transición justa y acelerar las acciones sobre el terreno.

2.7

En el caso de los microproyectos y los pequeños proyectos puede resultar difícil acceder a importes de entre 2 000 y 250 000 EUR. Se necesitan mecanismos eficaces para garantizar que las acciones participativas a menor escala no queden excluidas del potencial de transformación de la financiación de la lucha contra el cambio climático.

2.8

En la última década, la UE ha desarrollado con éxito una serie de mecanismos de financiación adaptados a estas necesidades —el Instrumento Europeo para la democracia y los derechos humanos (IEDDH), la Alianza mundial contra el cambio climático (AMCC), los instrumentos financieros de cofinanciación de ONG y cooperación descentralizada—, que podrían contribuir al desarrollo de instrumentos apropiados de lucha contra el cambio climático.

3.   Problemas detectados

Contexto

3.1

El CESE está firmemente comprometido con la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible establecida por las Naciones Unidas y el Acuerdo de París. Sin embargo, nuestra trayectoria actual permitirá, en el mejor de los casos, limitar el aumento de la temperatura a 3 oC o más, muy por encima de lo que prevé el Acuerdo de París. La transición a la sostenibilidad requerirá importantes esfuerzos y una inversión significativa. Según el informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) sobre los impactos del calentamiento global de 1,5 oC con respecto a los niveles preindustriales, se estima que la inversión total anual media en medidas de mitigación relacionadas con la energía para el período 2015-2050 en las trayectorias que limitan el calentamiento a 1,5 oC se sitúa en torno a unos 900 000 millones de dólares estadounidenses.

3.2

Aunque las inversiones necesarias para hacer frente al cambio climático son importantes, no son tan importantes como las realizadas en los últimos años para rescatar del colapso al sector financiero. En este último caso, se movilizaron inversiones por un valor de 2,5 billones de euros. El posible colapso de los ecosistemas que nos sustentan merecería, como mínimo, una respuesta similar.

3.3

El debate sobre la financiación de la lucha contra el cambio climático se centra, demasiado a menudo, en la creación de nuevas líneas de financiación explícitas, mientras que el Acuerdo de París pide que todos los flujos de financiación sean compatibles con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resistente al cambio climático y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero.

3.4

La Alianza de Marrakech y la Agenda Mundial de Acción por el Clima ofrecen a los agentes no estatales la oportunidad de participar en el proceso formal de la CMNUCC. La determinación de acciones dentro de la UE y la financiación de las mismas para maximizar su posible repercusión no constituyen un aspecto esencial a la hora de diseñar paquetes financieros.

3.5

Se han realizado avances en materia de financiación de la lucha contra el calentamiento global y sus efectos, pero se consideran insuficientes. En el último informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (5) se afirma en términos inequívocos que estamos atravesando un período decisivo y que se necesitarán medidas radicales en el próximo decenio para limitar los efectos a un nivel aceptable. Se ha de dar prioridad política a un sistema financiero y una economía sostenibles, en particular, mediante una legislación clara, estable e incentivadora.

3.6

No basta con destinar un porcentaje fijo del presupuesto a la financiación de la lucha contra el cambio climático si se asignan otras partes del presupuesto a actividades perjudiciales para el clima. Todo gasto debe considerarse en su totalidad desde el punto de vista de su repercusión sobre el clima. Un documento de trabajo del Fondo Monetario Internacional cifra el total de las subvenciones directas e indirectas que cada año se destinan en el mundo a los combustibles fósiles en 5,3 billones de dólares estadounidenses, lo que equivale a más de 15 000 millones de dólares al día. Incluso con el Fondo Verde para el Clima que se pretende crear, dotado con 100 000 millones de dólares estadounidenses anuales, no podrán compensarse las repercusiones negativas de estas subvenciones.

3.7

La transición energética no se llevará a cabo con éxito a tiempo y de acuerdo con los compromisos contraídos por la UE en el marco del Acuerdo de París, si a nivel político no se atiende a la cuestión de la pobreza energética. Es necesaria una distribución justa de los costes y beneficios financieros y sociales asociados a la transición hacia una energía sostenible en Europa entre todos los niveles de gobierno y los agentes del mercado, incluidos los ciudadanos. El estudio científico Heat Roadmap Europe (6) muestra que Europa puede reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 86 % de aquí a 2050 —respecto de los niveles de 1990— con las tecnologías existentes y de manera asequible y rentable.

3.8

La investigación llevada a cabo a los fines del presente dictamen subrayó la falta de información sobre la cartografía de la financiación destinada de manera específica a la lucha contra el cambio climático en los Estados miembros. Es difícil determinar, por una parte, si los fondos se están dividiendo en cantidades accesibles de menor cuantía y, por otro, cuál es el efecto transformador de la financiación. Esta falta de seguimiento y de notificación aumenta la ambigüedad respecto al problema detectado y obstaculiza el desarrollo de las soluciones más eficaces.

El acceso de las empresas y las pymes

3.9

El acceso a la financiación sigue siendo un reto mayúsculo para todas las categorías de agentes no estatales, incluidos los diversos problemas a los que se enfrentan las pymes y las grandes empresas. Este reto no solo incide en la disponibilidad de más financiación o de fondos adicionales, sino también en la claridad de los mecanismos de financiación existentes.

3.10

Existe, además, la dificultad de definir lo que constituye una «inversión verde». Los inversores se preocupan principalmente por el riesgo y el rendimiento, por lo que les resulta difícil evaluar las posibles repercusiones climáticas y las posibilidades de éxito de los proyectos propuestos. Los prestamistas privados se mostrarán reacios a financiar un proyecto sin una comprensión clara de los riesgos de inversión y de los mecanismos de mitigación de riesgos, es decir, sin garantías.

El acceso de los gobiernos locales y regionales

3.11

Entre los factores que limitan el acceso de los gobiernos subnacionales a la financiación cabe mencionar: calificaciones crediticias bajas, capacidad limitada para movilizar financiación privada debido al tamaño reducido del mercado de inversión en infraestructuras hipocarbónicas y perfiles de riesgos y beneficios poco atractivos, así como límites soberanos establecidos por los gobiernos nacionales en lo que respecta a la posibilidad de que los gobiernos subnacionales reciban préstamos del sector privado y la cuantía de los mismos.

El acceso de las iniciativas comunitarias

3.12

Actualmente, existen miles de iniciativas locales relacionadas con el cambio climático y la sostenibilidad en Europa. Estas iniciativas están llamadas a contribuir de manera significativa a la consecución de los objetivos climáticos, energéticos y de sostenibilidad de la UE, aunque dependen en gran medida del voluntariado y la falta de financiación y apoyo profesional constituye un importante obstáculo para su desarrollo y crecimiento. A menudo, se necesitan recursos muy modestos, sin los cuales las iniciativas tienen problemas para avanzar y poner en marcha proyectos. No se está aprovechando el potencial de transformación de estas iniciativas.

3.13

En muchos casos, las iniciativas de base local encuentran dificultades para acceder a las fuentes de financiación convencionales. A menudo, el importe mínimo de financiación que debe solicitarse es demasiado elevado y va más allá de las necesidades o de la capacidad de gestión de las iniciativas locales a pequeña escala. Los requisitos de cofinanciación crean obstáculos adicionales.

3.14

El respeto de las condiciones de financiación, los trámites excesivos y la complejidad de los procedimientos son algunos de los problemas detectados por los grupos más pequeños en lo que respecta al acceso a la financiación. Si bien este tipo de proyecto/iniciativa es modesto en el plano individual, su efecto acumulado puede ser considerable. Los programas comunitarios a pequeña escala también reportan numerosos beneficios y ventajas adicionales cuando cuentan con fondos suficientes.

3.15

La mayor parte de la financiación, si no toda, está orientada a proyectos y no aborda la necesidad de recursos para apoyar procesos a diferentes niveles, desde la organización comunitaria y el desarrollo de capacidades a nivel local, hasta la creación de redes, el intercambio y el desarrollo de plataformas a nivel regional, nacional y europeo. El apoyo financiero en este ámbito podría ayudar en gran medida a acelerar el nivel de participación ciudadana y comunitaria en la acción por el clima y también a garantizar una organización y colaboración suficiente para impulsar mejoras y contribuir al desarrollo de políticas.

El acceso a la financiación de la innovación

3.16

Los empresarios en la fase inicial también se enfrentan a diferentes retos a la hora de acceder a la financiación, a saber, la falta de conocimientos y experiencia, el acceso a los mercados y la ampliación más allá de la fase de puesta en marcha. La financiación de la innovación es un aspecto esencial de la búsqueda de una solución para la crisis climática, pero también es necesario innovar en los mecanismos de financiación y su ejecución. Las iniciativas como EIT Climate-KIC tienen por objeto abordar estos retos mediante la integración del clima en los mercados financieros, la democratización de la información sobre el riesgo climático y el apoyo a las inversiones en nuevas empresas innovadoras.

4.   Soluciones propuestas

4.1

El CESE propone establecer un tipo de foro para la financiación de la lucha contra el cambio climático a escala de la UE junto con una red descentralizada. Este foro permitiría reunir a todas las partes pertinentes y facilitaría una respuesta coordinada a los problemas correspondientes. Además, serviría de vector de desarrollo de los mecanismos necesarios definidos en el presente dictamen.

4.2

El foro para la financiación de la lucha contra el cambio climático también debe actuar como plataforma de diálogo para ayudar a establecer una conexión entre las soluciones no estatales particularmente prometedoras y eficaces y los inversores privados e institucionales. Además, es necesario prestar especial atención al potencial de desarrollo y reproducción de los resultados en todos los Estados miembros de la UE y en otros lugares, a fin de maximizar el impacto. El CESE, que dispone de una red de grupos de la sociedad civil organizada de toda Europa, está especialmente capacitado para formar parte de un foro para la financiación de la lucha contra el cambio climático, en la medida en que puede dar voz a aquellos que experimentan problemas sobre el terreno para acceder a la financiación.

4.3

Una comunicación efectiva será un aspecto esencial de toda estrategia de éxito para abordar los problemas que se plantean en el ámbito de la financiación de la lucha contra el cambio climático. Se requiere una comunicación de carácter multidireccional, que llegue directamente a su público destinatario para informarle sobre las oportunidades y la accesibilidad de las opciones de financiación en un lenguaje efectivo, preciso y apropiado.

4.4

La Comisión Europea y otras instituciones de la UE deben elaborar documentos de orientación para que los agentes no estatales puedan utilizar los mecanismos de financiación existentes. Se requiere un sistema que permita identificar, analizar, sintetizar y difundir la información sobre las diferentes fuentes de financiación disponibles para la acción por clima por parte de los agentes no estatales. Esto puede basarse en el trabajo que está llevando a cabo el Comité Europeo de las Regiones al objeto de determinar las medidas necesarias para desarrollar un conjunto de instrumentos con información fácilmente comprensible para los entes locales y regionales sobre la financiación y los fondos disponibles para la acción por el clima.

4.5

Asimismo, se necesita un mecanismo de seguimiento para cartografiar con claridad los flujos de financiación de la lucha contra el cambio climático, lo que ayudaría a determinar los obstáculos y a centrar la atención en la búsqueda de soluciones prácticas para eliminarlos. Se trata de un primer paso urgente. La realización de un proceso de cartografía también sería un paso decisivo para entender las barreras que impiden el acceso de los pequeños agentes no estatales. La cartografía de los flujos de financiación ayudará, asimismo, a determinar las deficiencias a la hora de integrar acciones positivas por el clima que deberían formar parte del proceso de la Agenda Mundial de Acción por el Clima.

4.6

El CESE insta a la UE a que asuma un papel de liderazgo, proponiendo un modelo que permita tener en cuenta la contribución de los agentes no estatales a la consecución de los objetivos climáticos. Los agentes no estatales europeos que luchan contra el cambio climático, sobre todo los de menor envergadura, esperan que las instituciones europeas les ayuden a movilizar fondos específicos destinados al cambio climático y a acceder con mayor facilidad a la financiación mediante procedimientos simplificados y un sistema de notificación. Esto permitiría tener en cuenta muchas acciones que pasan desapercibidas en la lucha contra el cambio climático. Los proyectos de un importe inferior a 50 000 EUR, por ejemplo, podrían beneficiarse de una candidatura simplificada y de un formulario de notificación de una sola página.

4.7

Se necesita financiación adicional en forma de subvenciones a pequeña escala, con procedimientos de solicitud y notificación simplificados, destinadas específicamente a la acción de base local relacionada con el cambio climático y la sostenibilidad, y exentas de tasas de cofinanciación prohibitivas. Se podrían diseñar mecanismos que permitan agrupar proyectos para mejorar la repercusión de la financiación y facilitar el acceso. Estos instrumentos deben desarrollarse urgentemente.

4.8

Debería desarrollarse un mecanismo de apoyo para que los proyectos puedan aprovechar los conocimientos especializados en la fase previa de solicitud de financiación, de modo que dichos proyectos estén eficazmente diseñados y correctamente orientados.

4.9

Debe emprenderse una reflexión general a escala de la UE sobre los mecanismos de financiación innovadores. Los agentes no estatales deben participar en este debate desde el inicio para garantizar la sencillez y la claridad de los criterios de asignación.

4.10

De manera general, se ha de estrechar la cooperación entre los fondos para el clima y la sostenibilidad establecidos y los programas financieros y redes de agentes no estatales. Se trata de una cuestión de intercambio de información, comunicación y diálogo, y un foro para la financiación de la lucha contra el cambio climático podría facilitarlo.

4.11

La adopción de medidas financieras también podría incentivar la acción no estatal o el comportamiento respetuoso con el clima por parte de los agentes no estatales. Por ejemplo, las deducciones fiscales a escala nacional podrían contribuir al desarrollo de procesos productivos hipocarbónicos y estimular la participación de los agentes no estatales en la acción por el clima.

4.12

La formulación del nuevo marco financiero plurianual de la UE podría ofrecer oportunidades que permitan la acción por el clima no estatal de carácter ascendente, de modo que puedan cumplirse de forma más eficaz los compromisos climáticos contraídos por la UE en virtud del Acuerdo de París. A este respecto, el CESE pide que se incremente como mínimo en un 40 % el gasto de la UE consagrado a los objetivos climáticos (7). En segundo lugar, el CESE pide que se supriman rápidamente las subvenciones a los combustibles fósiles y que no se utilicen fondos europeos para financiar o cofinanciar, directa o indirectamente, las energías de origen fósil.

4.13

Es preciso desarrollar un instrumento de defensa contra el cambio climático a fin de garantizar que el gasto público no apoye actividades que agraven la crisis climática. Debería adoptarse el mismo planteamiento para los programas de financiación privada. La asignación de fondos específicos a la financiación de la lucha contra el cambio climático no debe traducirse en la asignación de otras partes del presupuesto o de la financiación a actividades contrarias a los objetivos climáticos. Debe alcanzarse el objetivo establecido en el artículo 2, apartado 1, letra c) del Acuerdo de París.

4.14

El desarrollo local participativo (DLP) es el principal instrumento financiero de la UE para apoyar el desarrollo local ascendente y es el más indicado para apoyar este tipo de iniciativa, ya que ofrece la posibilidad de conceder subvenciones y ayudas adaptadas a las circunstancias locales. En diciembre de 2017, el CESE aprobó un dictamen sobre el tema «Ventajas del enfoque de desarrollo local participativo (DLP) para un desarrollo local y rural integrado» (8), en el que se instó a la Comisión Europea a estudiar y analizar en profundidad las posibles oportunidades de crear un fondo de reserva para el DLP a escala de la UE. Al margen de ello, se recomendó a la Comisión Europea que velara por que todos los Estados miembros dispusieran de un fondo nacional de DLP con contribuciones de los cuatro Fondos EIE (Feader, FEDER, FSE y FEMP). Esta estructura de DLP podría ser uno de los conductos utilizados para apoyar a los microproyectos y los pequeños proyectos mencionados supra en el punto 2.7.

4.15

A fin de lograr una cadena de valor financiera más sostenible en su conjunto, el CESE apoya la hoja de ruta de la Comisión para financiar el crecimiento sostenible (9), adoptada en marzo de 2018. El CESE ha formulado recomendaciones concretas sobre este Plan de Acción en sus correspondientes dictámenes (10).

Bruselas, 12 de diciembre de 2018.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Luca JAHIER


(1)  Dictamen del CESE sobre Coalición para cumplir los compromisos del Acuerdo de París (DO C 389 de 21.10.2016, p. 20).

(2)  Dictamen del CESE sobre Impulsar las acciones por el clima por parte de los agentes no estatales (DO C 227 de 28.6.2018, p. 35).

(3)  Estudio del CESE titulado «Kit de herramientas destinado a las colaboraciones de partes interesadas múltiples sobre el clima — un marco político para estimular la acción ascendente por el clima».

(4)  Dictamen del CESE sobre Justicia climática (DO C 81 de 2.3.2018, p. 22).

(5)  Informe especial del IPCC sobre los impactos del calentamiento global de 1,5 oC con respecto a los niveles preindustriales (octubre de 2018).

(6)  Programa de investigación e innovación Horizonte 2020 en virtud del acuerdo de subvención n.o 695989 — Heat Roadmap Europe.

(7)  Dictamen del CESE sobre el Pacto Europeo de Financiación Climática (DO C 62 de 15.2.2019, p. 8).

(8)  Dictamen del CESE sobre el tema Ventajas del enfoque de desarrollo local participativo (DLP) para un desarrollo local y rural integrado (DO C 129 de 11.4.2018, p. 36).

(9)  Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Banco Central Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Plan de Acción: Financiar el desarrollo sostenible.

(10)  Dictámenes del CESE sobre «Plan de acción sobre finanzas sostenibles», «Finanzas sostenibles: taxonomía e índices de referencia», y «Obligaciones de los inversores institucionales y los gestores de activos en materia de sostenibilidad» (pendientes de publicación en el DO).


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