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Document 52014AP0263

P7_TA(2014)0263 Bases de datos informatizadas que forman parte de las redes de vigilancia en los Estados miembros ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 2 de abril de 2014, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 64/432/CEE del Consejo en lo que respecta a las bases de datos informatizadas que forman parte de las redes de vigilancia en los Estados miembros (COM(2011)0524 — C7-0229/2011 — 2011/0228(COD)) P7_TC1-COD(2011)0228 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 2 de abril de 2014 con vistas a la adopción de la Directiva 2014/…/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 64/432/CEE del Consejo en lo que respecta a las bases de datos informatizadas que forman parte de las redes de vigilancia en los Estados miembros

DO C 408 de 30.11.2017, p. 63–63 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

30.11.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 408/63


P7_TA(2014)0263

Bases de datos informatizadas que forman parte de las redes de vigilancia en los Estados miembros ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 2 de abril de 2014, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 64/432/CEE del Consejo en lo que respecta a las bases de datos informatizadas que forman parte de las redes de vigilancia en los Estados miembros (COM(2011)0524 — C7-0229/2011 — 2011/0228(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

(2017/C 408/12)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0524),

Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 43, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0229/2011),

Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 7 de diciembre de 2011 (1),

Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 10 de julio de 2013, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el artículo 55 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y la opinión de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A7-0201/2012),

1.

Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

2.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.


(1)  DO C 43 de 15.2.2012, p. 64.


P7_TC1-COD(2011)0228

Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 2 de abril de 2014 con vistas a la adopción de la Directiva 2014/…/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 64/432/CEE del Consejo en lo que respecta a las bases de datos informatizadas que forman parte de las redes de vigilancia en los Estados miembros

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, la Directiva 2014/64/UE.)


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