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Document 62014TA0063

Asunto T-63/14: Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2016 — Iran Insurance/Consejo [«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán a fin de impedir la proliferación nuclear — Congelación de fondos — Excepción de ilegalidad — Artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) n.° 267/2012 — Artículo 215 TFUE — Artículo 20, apartado 1, letra c), de la Decisión 2010/413/PESC, en su versión modificada por el artículo 1, punto 7, de la Decisión 2012/35/PESC — Artículo 23, apartado 2, letra d), del Reglamento n.° 267/2012 — Derechos fundamentales — Artículos 2 TUE, 21 TUE y 23 TUE — Artículos 17 y 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales — Error de apreciación — Igualdad de trato — No discriminación — Principio de buena administración — Obligación de motivación — Desviación de poder — Confianza legítima — Proporcionalidad»]

DO C 222 de 20.6.2016, p. 13–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

20.6.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 222/13


Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2016 — Iran Insurance/Consejo

(Asunto T-63/14) (1)

([«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán a fin de impedir la proliferación nuclear - Congelación de fondos - Excepción de ilegalidad - Artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 267/2012 - Artículo 215 TFUE - Artículo 20, apartado 1, letra c), de la Decisión 2010/413/PESC, en su versión modificada por el artículo 1, punto 7, de la Decisión 2012/35/PESC - Artículo 23, apartado 2, letra d), del Reglamento n.o 267/2012 - Derechos fundamentales - Artículos 2 TUE, 21 TUE y 23 TUE - Artículos 17 y 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales - Error de apreciación - Igualdad de trato - No discriminación - Principio de buena administración - Obligación de motivación - Desviación de poder - Confianza legítima - Proporcionalidad»])

(2016/C 222/14)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Iran Insurance Company (Teherán, Irán) (representante: D. Luff, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: I. Rodios y M. Bishop, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: Comisión Europea (representantes: F. Castillo de la Torre y D. Gauci, agentes)

Objeto

Por una parte, pretensión de anulación, en virtud de los artículos 263 TFUE y 275 TFUE, de la Decisión 2013/661/PESC del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 306, p. 18), y del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1154/2013 del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 267/2012 sobre medidas restrictivas contra Irán (DO L 306, p. 3), en lo que afecta a la demandante, y, por otra parte, pretensión de declaración de inaplicabilidad con respecto a la demandante, en virtud del artículo 277 TFUE, del artículo 20, apartado 1, letra c), de la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO L 195, p. 39), en su versión modificada por el artículo 1, punto 7, de la Decisión 2012/35/PESC del Consejo, de 23 de enero de 2012 (DO L 19, p. 22), así como del artículo 23, apartado 2, letra d), y del artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 961/2010 (DO L 88, p. 1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Iran Insurance Company.


(1)  DO C 78 de 15.3.2014.


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