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Document 62016CN0156
Case C-156/16: Request for a preliminary ruling from the Finanzgericht München (Germany) lodged on 17 March 2016 — Tigers GmbH v Hauptzollamt Landshut
Asunto C-156/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgerichts München (Alemania) el 17 de marzo de 2016 — Tigers GmbH/Hauptzollamt Landshut
Asunto C-156/16: Petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgerichts München (Alemania) el 17 de marzo de 2016 — Tigers GmbH/Hauptzollamt Landshut
DO C 211 de 13.6.2016, p. 29–29
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
13.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/29 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgerichts München (Alemania) el 17 de marzo de 2016 — Tigers GmbH/Hauptzollamt Landshut
(Asunto C-156/16)
(2016/C 211/37)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht München
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Tigers GmbH
Demandada: Hauptzollamt Landshut
Cuestión prejudicial/Cuestiones prejudiciales
I. |
¿Permite el artículo 1, apartado 3, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 412/2013 (1) del Consejo, de 13 de mayo de 2013, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de artículos de cerámica para el servicio de mesa o de cocina originarios de la República Popular China (DO L 131, p. 1; en lo sucesivo, «Reglamento n.o 412/2013»), para la primera determinación de un derecho antidumping definitivo, presentar posteriormente una factura comercial válida si se cumplen todos los demás requisitos necesarios para obtener un tipo individual del derecho antidumping? |
II. |
En caso de respuesta negativa a la primera cuestión: ¿Se opone el artículo 78 del Reglamento (CEE) n.o 2913/92 (2) del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (DO L 302, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.o 2700/2000 (3) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2000 (DO L 311, p. 17), a que la autoridad aduanera deniegue el reembolso de un derecho antidumping en un procedimiento de recurso, con el argumento de que el declarante sólo presentó una factura comercial correcta después de la declaración en aduana? |
(3) Reglamento (CE) n.o 2700/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2000, que modifica el Reglamento (CEE) n.o 2913/92 del Consejo por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (DO L 311, p. 17).