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Dokument C2016/148/04
Hercule III Programme — Call for proposals — 2016 — Technical Assistance for the fight against EU fraud
Programa Hércules III — Convocatoria de propuestas — 2016 — Asistencia técnica para la lucha contra el fraude en la UE
Programa Hércules III — Convocatoria de propuestas — 2016 — Asistencia técnica para la lucha contra el fraude en la UE
DO C 148 de 27.4.2016, s. 6 – 7
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
27.4.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 148/6 |
Programa HÉRCULES III
Convocatoria de propuestas — 2016
Asistencia técnica para la lucha contra el fraude en la UE
(2016/C 148/04)
1. Objetivos y descripción
El presente anuncio de convocatoria de propuestas se basa en el Reglamento (UE) n.o 250/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), por el que se establece el Programa Hércules III, en particular, su artículo 8, letra a) («Acciones subvencionables»), así como en la Decisión de financiación de 2016 por la que se adopta el programa de trabajo anual (2) para la ejecución del programa Hércules III en 2016, en particular la sección 6.1, acciones: 1-4 («Acciones específicas de asistencia técnica»).
La Decisión de financiación para 2016 prevé la organización de una convocatoria de propuestas para «Asistencia técnica».
2. Candidatos admisibles
Podrán optar a la financiación en el marco del programa las administraciones nacionales o regionales («los solicitantes») de un Estado miembro que promuevan el refuerzo de la acción de la Unión Europea destinada a proteger los intereses financieros de la Unión Europea.
3. Acciones subvencionables
Las acciones subvencionables en virtud de la presente convocatoria de propuestas consistirán en:
1. |
la compra y el mantenimiento de herramientas y métodos de investigación, incluida la formación especializada necesaria para manejar las herramientas de investigación; |
2. |
la compra y el mantenimiento de dispositivos (escáneres) y animales para la inspección de contenedores, camiones, vagones de tren y vehículos en las fronteras interiores y exteriores de la Unión para detectar mercancías de contrabando y falsificadas; |
3. |
la compra, el mantenimiento y la interconexión de sistemas de reconocimiento automático de las matrículas de los vehículos (Automated Number Plate Recognition Systems-ANPRS) o los códigos de los contenedores; |
4. |
la compra de servicios destinados a reforzar la capacidad de los Estados miembros para almacenar y destruir los cigarrillos y el tabaco incautados. |
4. Presupuesto
El presupuesto indicativo disponible para esta convocatoria de propuestas es de 8 800 000 EUR. La contribución financiera se concederá en forma de subvención. La contribución financiera concedida no excederá del 80 % de los costes subvencionables. En casos excepcionales y debidamente justificados, dicha contribución podrá incrementarse hasta como máximo el 90 % de los costes subvencionables. La convocatoria enumera los criterios que se aplicarán para determinar esos casos excepcionales y debidamente justificados. El umbral mínimo para el presupuesto de una acción presentada en la solicitud se ha fijado en: 100 000 EUR.
La Comisión se reserva el derecho a no asignar todos los fondos disponibles.
5. Plazo para la presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el jueves, 9 de junio de 2016.
6. Información complementaria
Toda la documentación relativa a la presente convocatoria de propuestas podrá descargarse en el siguiente sitio de Internet:
http://ec.europa.eu/anti_fraud/policy/hercule/index_en.htm
Cualquier pregunta y/o solicitud de información adicional en relación con la presente convocatoria de propuestas deberá enviarse por correo electrónico a:
OLAF-FMB-HERCULE-TA@ec.europa.eu
Las preguntas y respuestas podrán publicarse de manera anónima en las Directrices para rellenar el formulario de solicitud del sitio de Internet de la OLAF de la Comisión si son relevantes para otros solicitantes.
(1) Reglamento (UE) n.o 250/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, por el que se establece un programa para promover actividades en el campo de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea (programa «Hércules III») (DO L 84 de 20.3.2014, p. 6).
(2) Decisión de la Comisión relativa a la adopción del programa de trabajo anual y la financiación del programa Hércules III en 2016, C(2016) 868 final, de 17 de febrero de 2016.