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Document 62012TA0074

Asunto T-74/12: Sentencia del Tribunal General de 18 de noviembre de 2015 — Mecafer/Comisión «Dumping — Importaciones de determinados compresores originarios de China — Denegación parcial de la devolución de derechos antidumping pagados — Determinación del precio de exportación — Deducción de derechos antidumping — Modulación de los efectos en el tiempo de una anulación»

DO C 7 de 11.1.2016, p. 15–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

11.1.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 7/15


Sentencia del Tribunal General de 18 de noviembre de 2015 — Mecafer/Comisión

(Asunto T-74/12) (1)

(«Dumping - Importaciones de determinados compresores originarios de China - Denegación parcial de la devolución de derechos antidumping pagados - Determinación del precio de exportación - Deducción de derechos antidumping - Modulación de los efectos en el tiempo de una anulación»)

(2016/C 007/20)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Mecafer (Valence, Francia) (representantes: R. MacLean, Solicitor, y A. Bochon, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Stobiecka-Kuik, K. Talabér-Ritz y T. Maxian Rusche, agentes)

Objeto

Pretensión de anulación parcial de la Decisión C(2011) 8804 final de la Comisión, de 6 de diciembre de 2011, relativa a varias solicitudes de devolución de derechos antidumping pagados por las importaciones de determinados compresores originarios de la República Popular China, y, en el supuesto de que el Tribunal General anule dicha Decisión, pretensión de que se mantenga en vigor la misma hasta que la Comisión adopte las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia del Tribunal General.

Fallo

1)

Anular el artículo 1 de la Decisión C(2011) 8804 final de la Comisión, de 6 de diciembre de 2011, relativa a varias solicitudes de devolución de derechos antidumping pagados por las importaciones de determinados compresores originarios de la República Popular China, en la medida en que no concede a Mecafer por encima de las sumas que se mencionan en el mismo la devolución de los derechos antidumping que ésta había pagado indebidamente.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar en costas a la Comisión Europea.


(1)  DO C 118, de 21.4.2012.


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