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Document 62014TN0189
Case T-189/14: Action brought on 24 March 2014 — Deza v ECHA
Asunto T-189/14: Recurso interpuesto el 24 de marzo del 2014 — Deza/ECHA
Asunto T-189/14: Recurso interpuesto el 24 de marzo del 2014 — Deza/ECHA
DO C 194 de 24.6.2014, pp. 27–28
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
24.6.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 194/27 |
Recurso interpuesto el 24 de marzo del 2014 — Deza/ECHA
(Asunto T-189/14)
2014/C 194/35
Lengua de procedimiento: checo
Partes
Demandante: Deza, a.s. (Valašské Meziříčí, República Checa) (representante: P. Dejl, abogado)
Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule las decisiones de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas de 24 de enero de 2014 en los avisos AFA-C-0000004274-77-09/F, AFA C 0000004280 84-09/F, AFA-C-0000004275-75-09/F y AFA C 0000004151-87-08/F. |
— |
Condene a la demandada al pago de las costas del procedimiento. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la infracción del artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1049/2001 (1) en relación con el artículo 118 del Reglamento (CE) no 1907/2006 (2) y en la vulneración del derecho a la protección de los intereses comerciales legítimos y del derecho de propiedad intelectual.
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2. |
Segundo motivo, basado en el incumplimiento de las obligaciones de la Unión Europea derivadas del Acuerdo sobre los ADPIC (3) y la consiguiente vulneración del derecho a la protección de la información confidencial.
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3. |
Tercer motivo, basado en el incumplimiento de las obligaciones de la Unión Europea derivadas del artículo 8 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y en la infracción del artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, con la consiguiente vulneración del derecho de propiedad y de la protección de ésta.
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4. |
Cuarto motivo, basado en la infracción del artículo 4, apartado 3, del Reglamento no 1049/2001.
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(1) Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145, p. 43).
(2) Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) no 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) no 1488/94 de la Comisión, así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (DO L 396, p. 1).
(3) Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC), de 15 de abril de 1994 (DO L 336, p. 214).