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Document 62013TN0549
Case T-549/13: Action brought on 14 October 2013 — France v Commission
Asunto T-549/13: Recurso interpuesto el 14 de octubre de 2013 — Francia/Comisión
Asunto T-549/13: Recurso interpuesto el 14 de octubre de 2013 — Francia/Comisión
DO C 367 de 14.12.2013, p. 35–36
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
14.12.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 367/35 |
Recurso interpuesto el 14 de octubre de 2013 — Francia/Comisión
(Asunto T-549/13)
2013/C 367/63
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: República Francesa (representantes: G. De Bergues, D. Colas y C. Candat, agentes)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule el Reglamento de Ejecución (UE) no 689/2013 de la Comisión, de 18 de julio de 2013, por el que se fijan las restituciones por exportación en el sector de la carne de aves de corral. |
— |
Condene en costas a la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.
1) |
Primer motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación puesto que la Comisión no dio a conocer su razonamiento de manera clara e inequívoca y, en consecuencia, no permitió a las interesadas conocer la justificación del Reglamento impugnado. La demandante sostiene que:
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2) |
Segundo motivo, dividido en dos partes, basado en la infracción del artículo 164, apartado 3, del Reglamento único para las OCM (1) al considerar que la situación del mercado y el contexto interno e internacional existentes en el momento de la adopción del Reglamento impugnado justificaban la fijación de un tipo igual a cero para las restituciones por exportación en el sector de la carne de aves de corral. La demandante sostiene que:
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(1) Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (DO L 299, p. 1).