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Document 62013CN0512

    Asunto C-512/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 25 de septiembre de 2013 — X/Staatssecretaris van Financiën

    DO C 367 de 14.12.2013, p. 23–23 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    14.12.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 367/23


    Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos) el 25 de septiembre de 2013 — X/Staatssecretaris van Financiën

    (Asunto C-512/13)

    2013/C 367/40

    Lengua de procedimiento: neerlandés

    Órgano jurisdiccional remitente

    Hoge Raad der Nederlanden

    Partes en el procedimiento principal

    Demandante: X

    Demandada: Staatssecretaris van Financiën

    Cuestiones prejudiciales

    1)

    ¿Existe una distinción indirecta –que requiere justificación– por razón de la nacionalidad, o bien un obstáculo a la libre circulación de trabajadores, si la normativa legal de un Estado miembro permite que se abone a los trabajadores impatriados una indemnización exenta de gravamen por gastos extraterritoriales, y al trabajador que, en el período anterior a sus actividades en dicho Estado miembro ha residido en el extranjero a una distancia superior a 150 kilómetros de la frontera de tal Estado miembro se le puede conceder, sin necesidad de aportar prueba adicional alguna, una determinada indemnización exenta a tanto alzado, aun cuando el importe de la misma sea superior a los gastos extraterritoriales efectivos, mientras que, respecto al trabajador que en este mismo período haya residido a una distancia menor de dicho Estado miembro, la cuantía de dicha indemnización exenta se limita al importe efectivo demostrable de los gastos extraterritoriales?

    2)

    En caso de respuesta afirmativa a la cuestión 1, ¿se basa el correspondiente régimen neerlandés contenido en el Uitvoeringsbesluit loonbelasting 1965 (Decreto de desarrollo de la Ley del impuesto sobre las rentas del trabajo de 1965) en razones imperiosas de interés general?

    3)

    En caso de respuesta afirmativa a la cuestión 2, ¿va el criterio de los 150 kilómetros, contenido en este régimen, más allá de lo necesario para alcanzar el objetivo perseguido con el mismo?


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