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Document 62012CA0344

Asunto C-344/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 17 de octubre de 2013 — Comisión Europea/República Italiana (Incumplimiento de Estado — Ayudas de Estado — Ayuda concedida por la República Italiana a favor de Alcoa Trasformazioni — Decisión 2010/460/CE de la Comisión por la que se declara la incompatibilidad de dicha ayuda y se ordena su recuperación — No ejecución dentro del plazo establecido)

DO C 367 de 14.12.2013, p. 18–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.12.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 367/18


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 17 de octubre de 2013 — Comisión Europea/República Italiana

(Asunto C-344/12) (1)

(Incumplimiento de Estado - Ayudas de Estado - Ayuda concedida por la República Italiana a favor de Alcoa Trasformazioni - Decisión 2010/460/CE de la Comisión por la que se declara la incompatibilidad de dicha ayuda y se ordena su recuperación - No ejecución dentro del plazo establecido)

2013/C 367/30

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Conte y D. Grespan, agentes)

Demandada: República Italiana (representantes: G. Palmieri, agente, asistido por C. Gerardis, avvocato dello Stato)

Objeto

Incumplimiento de Estadio — No adopción de las medidas necesarias para dar cumplimiento a los artículos 2, 3 y 4 de la Decisión C(2009) 8112 final de la Comisión, de 19 de noviembre de 2009, relativa a las ayudas de Estado C-38/A/2004 (ex NN 58/2004) y C-36/B/2006 (ex NN 38/2006), ejecutadas por la República Italiana a favor de Alcoa Trasformazioni srl e infracción del artículo 288 TFUE.

Fallo

1)

Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2 y 3 de la Decisión 2010/460/CE de la Comisión, de 19 de noviembre de 2009, relativa a las ayudas estatales C-38/A/04 (ex NN 58/04) y C-36/B/06 (ex NN 38/06) ejecutadas por Italia en favor de Alcoa Transformazioni, al no haber adoptado dentro del plazo establecido todas las medidas necesarias para recuperar del beneficiario la ayuda de Estado declarada ilegal e incompatible con el mercado común en el artículo 1 de dicha Decisión.

2)

Condenar en costas a la República Italiana.


(1)  DO C 287, de 22.9.2012.


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