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Document 62012CA0151

    Asunto C-151/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 24 de octubre de 2013 — Comisión Europea/Reino de España ( «Incumplimiento de Estado — Medio ambiente — Directiva 2000/60/CE — Marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas — Transposición de los artículos 4, apartado 8, 7, apartado 2, y 10, apartados 1 y 2, y de las secciones 1.3 y 1.4 del anexo V de la Directiva 2000/60 — Cuencas hidrográficas intracomunitarias e intercomunitarias — Artículo 149, apartado 3, in fine, de la Constitución española — Cláusula de supletoriedad» )

    DO C 367 de 14.12.2013, p. 9–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    14.12.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 367/9


    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 24 de octubre de 2013 — Comisión Europea/Reino de España

    (Asunto C-151/12) (1)

    (Incumplimiento de Estado - Medio ambiente - Directiva 2000/60/CE - Marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas - Transposición de los artículos 4, apartado 8, 7, apartado 2, y 10, apartados 1 y 2, y de las secciones 1.3 y 1.4 del anexo V de la Directiva 2000/60 - Cuencas hidrográficas intracomunitarias e intercomunitarias - Artículo 149, apartado 3, in fine, de la Constitución española - Cláusula de supletoriedad)

    2013/C 367/14

    Lengua de procedimiento: español

    Partes

    Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Valero Jordana, E. Manhaeve y B. Simon, agentes)

    Demandada: Reino de España (representante: A. Rubio González, agente)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 4, apartado 8, 7, apartado 2, y 10, apartados 1 y 2, y de las secciones 1.3 y 1.4 del anexo V de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DO L 327, p. 1) — Objetivos medioambientales — Aguas utilizadas para la captación de agua potable — Aguas superficiales — Cuencas hidrográficas intracomunitarias.

    Fallo

    1)

    Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para transponer los artículos 4, apartado 8, 7, apartado 2, y 10, apartados 1 y 2, y el anexo V, sección 1.3 y subsección 1.4.1, incisos i) a iii), de dicha Directiva, al que se remite su artículo 8, apartado 2, por lo que atañe a las cuencas hidrográficas intracomunitarias situadas fuera de Cataluña, así como los artículos 7, apartado 2, y 10, apartados 1 y 2, de la misma Directiva por lo que atañe a las cuencas hidrográficas intracomunitarias situadas en Cataluña.

    2)

    Desestimar el recurso en todo lo demás.

    3)

    El Reino de España cargará con las costas.


    (1)  DO C 174, de 16.6.2012.


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