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Document 62012CN0550
Case C-550/12 P: Appeal brought on 3 December 2012 by J against the judgment delivered by the General Court (Sixth Chamber) on 27 September 2012 in Case T-160/10 J v European Parliament
Asunto C-550/12 P: Recurso de casación interpuesto el 3 de diciembre de 2012 por J contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 27 de septiembre de 2012 en el asunto T-160/10, J/Parlamento Europeo
Asunto C-550/12 P: Recurso de casación interpuesto el 3 de diciembre de 2012 por J contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 27 de septiembre de 2012 en el asunto T-160/10, J/Parlamento Europeo
DO C 32 de 2.2.2013, p. 9–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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2.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 32/9 |
Recurso de casación interpuesto el 3 de diciembre de 2012 por J contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 27 de septiembre de 2012 en el asunto T-160/10, J/Parlamento Europeo
(Asunto C-550/12 P)
2013/C 32/12
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Recurrente: J (representante: A. Auer, Rechtsanwalt)
Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo
Pretensiones de la parte recurrente
La parte recurrente solicita:
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Que se anule en su totalidad la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 27 de septiembre de 2012 en el asunto T-160/10 con la siguiente formulación en el fallo: «Anular en su totalidad la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 27 de septiembre de 2012 en el asunto T-160/10, J/Parlamento Europeo. El Parlamento Europeo cargará con las costas». |
Para el supuesto en que se declare fundado el recurso de casación:
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Que se estime en su totalidad la pretensión, formulada en primera instancia, de que se anule la Decisión del Comité de Peticiones del Parlamento Europeo de 2 de marzo de 2010, mediante la que se desestimó la solicitud no 1673/2009 presentada por el recurrente el 19 de noviembre de 2009. |
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Que se condene al Parlamento Europeo a reembolsar las costas correspondientes a la primera instancia. |
Con carácter subsidiario:
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Que se devuelva el asunto al Tribunal General para que se pronuncie nuevamente. |
Motivos y principales alegaciones
El Tribunal General incurrió en error al determinar que el Comité de Peticiones no incumplió su obligación de motivación al declarar que la solicitud formulada por el recurrente era inadmisible. El recurrente alegó expresamente en su solicitud que las autoridades austriacas vulneraron su derecho de propiedad e infringieron la Directiva 2004/48/CE. (1) En la declaración de nulidad de la solicitud no se abordan las infracciones jurídicas que se mencionan de modo específico, de manera que el recurrente no puede comprender las razones por las que el Parlamento Europeo desestimó su solicitud.
El Tribunal General también incurrió en error de Derecho al llegar a la conclusión de que la actuación de las autoridades austriacas no está de modo alguno relacionada con la aplicación del Derecho de la Unión. Las autoridades austriacas confiscaron al recurrente documentos protegidos por sus derechos de propiedad intelectual sin darle ningún tipo de indemnización. Con ello se vulneró el derecho de propiedad (intelectual) del recurrente en el sentido de la Directiva 2004/48/CE.
(1) Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual (DO L 157, p. 45; corrección de errores en DO 2004, L 195, p. 16 y en DO 2007, L 204, p. 27).