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Documento 52013TA0110(05)

    Informe sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Empresa Común

    DO C 6 de 10.1.2013, p. 36—45 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    10.1.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 6/36


    INFORME

    sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión correspondientes al ejercicio 2011, acompañado de las respuestas de la Empresa Común

    2013/C 6/05

    INTRODUCCIÓN

    1.

    La Empresa Común Europea para el ITER (1) y el desarrollo de la energía de fusión se estableció en marzo de 2007 (2) por un período de 35 años. Mientras que las principales instalaciones de fusión se implantarán en Cadarache en Francia, la sede de la Empresa Común se halla en Barcelona.

    2.

    La misión de la Empresa Común consiste en lo siguiente (3):

    a)

    aportar la contribución de Euratom a la Organización Internacional de la Energía de Fusión ITER (4);

    b)

    aportar la contribución de Euratom a las actividades del planteamiento más amplio (actividades complementarias conjuntas de investigación en materia de fusión) realizadas con Japón para la rápida consecución de la energía de fusión;

    c)

    elaborar y coordinar un programa de actividades para preparar la construcción de un reactor de fusión de demostración y de las instalaciones conexas, incluida la Instalación Internacional de Irradiación de Materiales de Fusión.

    3.

    Los miembros de la Empresa Común son la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom), representada por la Comisión Europea, los Estados miembros de Euratom y los terceros países que hayan celebrado un acuerdo de cooperación con Euratom en el campo de la fusión nuclear controlada y que hayan manifestado su deseo de convertirse en miembros (a 31 de diciembre de 2011, Suiza).

    INFORMACIÓN DE APOYO A LA DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

    4.

    El enfoque de auditoría adoptado por el Tribunal comprende procedimientos de auditoría analíticos, verificaciones de las operaciones de la Empresa Común y una evaluación de los controles clave de los sistemas de control y supervisión, complementados por pruebas procedentes del trabajo de otros auditores (cuando sea pertinente) y un análisis de las manifestaciones de la dirección.

    DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

    5.

    De conformidad con el artículo 287, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Tribunal ha fiscalizado las cuentas anuales (5) de la Empresa Común para el ITER, que comprenden los «estados financieros» (6) y los «estados sobre la ejecución presupuestaria» (7) correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2011, así como la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

    6.

    La presente declaración de fiabilidad está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo al amparo de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (8).

    Funciones de la dirección

    7.

    El director tiene atribuida, en su calidad de ordenador, la ejecución de los ingresos y gastos del presupuesto, ateniéndose a la normativa financiera de la Empresa Común, bajo su propia responsabilidad y ajustándose a los créditos asignados (9), y es responsable asimismo de la implantación (10) de la estructura organizativa y de los sistemas y procedimientos de gestión y control internos necesarios para que las cuentas definitivas (11) estén libres de incorrecciones materiales, ya sea por fraude o por error, y para garantizar que las operaciones subyacentes a dichas cuentas sean legales y regulares.

    Funciones del auditor

    8.

    El Tribunal presentará, basándose en la fiscalización realizada, una declaración sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Empresa Común y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a dichas cuentas.

    9.

    El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con las normas internacionales de auditoría y los códigos deontológicos de la IFAC y las ISSAI (12). Estas normas exigen que el Tribunal cumpla con las exigencias deontológicas y profesionales que planifique y lleve a cabo la auditoría para obtener garantías razonables de que las cuentas estén libres de incorrecciones materiales y las operaciones subyacentes sean legales y regulares.

    10.

    La fiscalización del Tribunal implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en las cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes. De su criterio profesional depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones materiales u operaciones ilegales o irregulares, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, se tiene en cuenta el control interno que incide en la preparación y presentación de las cuentas por la entidad con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias. El Tribunal evaluará asimismo en su fiscalización la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables de la dirección, y la presentación general de las cuentas.

    11.

    El Tribunal considera que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas para que sirvan de base a las opiniones que se exponen a continuación.

    Opinión sobre la fiabilidad de las cuentas

    12.

    En opinión del Tribunal, las cuentas anuales de la Empresa Común presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2011 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado en dicha fecha, conforme a lo dispuesto en su reglamento financiero.

    Opinión sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

    13.

    En opinión del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Empresa Común ITER correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2011 son, en todos sus aspectos significativos, legales y regulares.

    14.

    Los comentarios que se exponen en los apartados 15 a 32 no cuestionan las opiniones emitidas por el Tribunal.

    COMENTARIOS SOBRE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA

    Ejecución presupuestaria

    15.

    Los porcentajes de ejecución de los créditos de compromiso y de pago, se situaron en un 99,7 % y en un 85,7 % respectivamente. De los 661 millones de euros de créditos de compromiso disponibles para las actividades operativas, el 42 % se ejecutó mediante compromisos individuales y el 58 % restante mediante compromisos globales.

    COMENTARIOS SOBRE LOS CONTROLES CLAVE DE LOS SISTEMAS DE CONTROL Y SUPERVISIÓN DE LA EMPRESA COMÚN

    16.

    El Tribunal señaló en el pasado que los sistemas de control interno de la Empresa Común no habían sido implantados y aplicados plenamente, como dispone su reglamento financiero (13). El 31 de mayo de 2010, el auditor interno de la Empresa Común emitió un informe en el que expresaba su preocupación sobre los circuitos financieros y la separación de funciones.

    17.

    En respuesta a esta preocupación, el Consejo de Administración aprobó en junio de 2010 un plan de mejora de la gestión y una propuesta para cambiar la estructura organizativa y reforzar los circuitos financieros. Aunque se han registrado avances significativos (14) siguen siendo necesarios los elementos siguientes:

    una herramienta integrada para gestionar la información presupuestaria, financiera y operativa, aún inexistente;

    un sistema de gestión para el seguimiento de ejecución de proyectos y del presupuesto, que tenía que estar operativo el tercer trimestre de 2012;

    la validación de los sistemas subyacentes por el contable, que no ha sido finalizada enteramente y debería continuar en 2012 (15);

    una estrategia de auditoría ex post de carácter general para subvenciones y contratos operativos (véanse los apartados 22 y 23), pendiente de adopción;

    los planes de acción aprobados por la Empresa Común en respuesta a las auditorías internas sobre circuitos financieros, gestión de subvenciones y contratos de expertos (16), todavía no aplicados enteramente;

    una gestión de riesgos a escala de la organización, aún inexistente.

    Contratos adjudicados y subvenciones

    18.

    Como ya se señaló en el Informe de 2010 (17) la Empresa Común tiene que intensificar esfuerzos para aumentar la competencia. El número de ofertas recibidas en los procedimientos de adjudicación operativos firmados en 2011 siguió siendo bajo (18) y representó un promedio de dos; en cuanto a las subvenciones, el promedio de propuestas recibidas fue de una sola por convocatoria.

    19.

    En un caso la decisión de anular un procedimiento abierto y de recurrir a un procedimiento negociado no estaba debidamente justificada. En otro caso, la Empresa Común decidió negociar con dos empresas que presentaron una oferta dentro del procedimiento abierto (aunque una de ellas no tenía la competencia técnica requerida). En otro caso no estaban debidamente justificados el recurso al procedimiento negociado ni tampoco las cantidades y el precio del contrato.

    20.

    La fiscalización del Tribunal ha confirmado las conclusiones de una auditoría interna realizada en 2011 sobre contratación, en particular las siguientes:

    el anuncio previo de información no se utiliza como instrumento para fomentar la publicidad ex ante de las licitaciones siguientes (19);

    no existe un sistema para rastrear y gestionar los cambios en las exigencias contractuales, y de este modo identificar y rectificar las desviaciones de costes;

    la duración del procedimiento de adjudicación resulta con frecuencia excesiva y la preparación de la documentación adolece de insuficiencias;

    las estimaciones de costes no están bien documentadas.

    21.

    La fiscalización también reveló que no están suficientemente documentados (20) los procedimientos de control ex ante aplicados a los pagos abonados en virtud de contratos y acuerdos de subvención.

    Auditorías de garantía de calidad y controles ex post de los procedimientos de adjudicación y las subvenciones

    22.

    La Empresa Común cuenta con un sistema para practicar auditorías (21) de contratistas con el fin de controlar la conformidad con los requisitos de garantía de calidad (22), pero su alcance no se extiende a los aspectos financieros de la ejecución de los contratos.

    23.

    En 2011 la Empresa Común inició controles ex post para evaluar la legalidad y regularidad de la ejecución de las subvenciones adjudicadas. Pese a los avances registrados (23), la Empresa Común carece de una estrategia de control ex post de carácter general que abarque la ejecución de los contratos y subvenciones adjudicados.

    OTRAS CUESTIONES

    Derechos de propiedad intelectual y política industrial

    24.

    El Consejo de Administración adoptó el 28 de marzo de 2012 la política de la Empresa Común sobre derechos de propiedad intelectual y difusión de información, pero en el momento de realizarse la fiscalización (abril de 2012) no se habían elaborado las normas detalladas para su aplicación exigidas en los Estatutos (24).

    25.

    El Consejo de Administración aún no ha adoptado la política política industrial exigida en los Estatutos (25).

    Retraso en el pago de las contribuciones de los miembros

    26.

    Las contribuciones de doce miembros se pagaron con retraso en 2011.

    Servicio de Auditoría Interna de la Comisión

    27.

    La carta de competencias del Servicio de Auditoría Interna de la Comisión fue aprobada por el Consejo de Administración el 25 de noviembre de 2010, junto con un plan estratégico de auditoría de naturaleza coordinada para el período 2012-2014. El reglamento financiero de la Empresa Común ha sido modificado para incorporar la disposición del Reglamento marco (26) relativa a las atribuciones del auditor interno de la Comisión.

    Reglamento financiero y normas de desarrollo

    28.

    El 9 de octubre de 2008 el Tribunal emitió el Dictamen no 4/2008 sobre el reglamento financiero para el Desarrollo de la Energía de Fusión que contenía 50 recomendaciones. En su reunión de 1 de junio de 2011 el Consejo de Administración de la Empresa Común decidió aceptar en buena medida las observaciones del Tribunal (37 recomendaciones fueron totalmente aceptadas, mientras que once lo fueron con reservas, y solo dos fueron rechazadas), modificando en consecuencia su reglamento financiero (27).

    29.

    Pese a lo anterior, el Tribunal estima que algunas disposiciones de las normas de desarrollo de la Empresa Común (28) se apartan de las normas de desarrollo del Reglamento Financiero general de la UE sin justificación suficiente.

    Contribución de la UE a la fase de construcción de ITER

    30.

    En julio de 2010 (29) el Consejo autorizó la modificación del presupuesto estimativo de la contribución de la Empresa Común a la fase de construcción por un total de 6600 millones de euros (valores de 2008), lo que representaba el doble del presupuesto inicial. Como ya ha indicado el auditor interno (30), la Empresa Común carece todavía de una herramienta para controlar con periodicidad la validez de los presupuestos e informar de posibles desviaciones.

    Seguimiento de observaciones anteriores

    Estado de la financiación del proyecto ITER para 2012-13

    31.

    El 1 de diciembre de 2011 se logró un acuerdo entre el Consejo, el Parlamento Europeo y la Comisión sobre la financiación de los 1 300 millones de euros de costes adicionales para el proyecto ITER en 2012-2013 (31).

    Acuerdo de sede

    32.

    De acuerdo con el acuerdo de sede firmado con el Reino de España el 28 de junio de 2007, tendrían que haberse cedido a la Empresa Común los locales permanentes en junio de 2010. Sin embargo, esta cesión no había tenido lugar en el momento de realizarse la fiscalización (abril de 2012).

    El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión del día 15 de noviembre de 2012.

    Por el Tribunal de Cuentas

    Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA

    Presidente


    (1)  ITER: International Thermonuclear Experimental Reactor (reactor experimental termonuclear internacional)

    (2)  Decisión 2007/198/Euratom del Consejo, de 27 de marzo de 2007, por la que se establece la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión (DO L 90 de 30.3.2007, p. 58).

    (3)  El anexo presenta de forma sintética y a título de información las competencias y actividades de la Empresa Común.

    (4)  La Organización Internacional de la Energía de Fusión ITER se estableció en octubre de 2007 por un período inicial de 35 años para ejecutar el proyecto ITER cuyo fin es demostrar la viabilidad científica y tecnológica de la energía de fusión. Los miembros que la componen son Euratom, la República Popular de China, la República de la India, Japón, la República de Corea, la Federación de Rusia y los Estados Unidos de América.

    (5)  El Tribunal recibió las cuentas provisionales anuales el 1 de marzo de 2012. Estas cuentas van acompañadas de un informe sobre la gestión presupuestaria y financiera durante el ejercicio que ofrece información, entre otros extremos, sobre el porcentaje de ejecución de los créditos.

    (6)  Los estados financieros comprenden el balance y la cuenta de resultado económico, el cuadro de los flujos de tesorería, la variación en el activo neto y un resumen de las políticas contables significativas, además de otras notas explicativas.

    (7)  Los estados sobre la ejecución presupuestaria comprenden la cuenta de resultado de la ejecución presupuestaria y su anexo.

    (8)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

    (9)  Artículo 33 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión (DO L 357 de 31.12.2002, p. 72).

    (10)  Artículo 38 del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002.

    (11)  Las normas sobre rendición de cuentas y contabilidad de los organismos de la UE figuran en los capítulos 1 y 2 del título VII del Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002, modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 652/2008 (DO L 181 de 10.7.2008, p. 23), y se han incorporado al reglamento financiero de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión.

    (12)  Federación Internacional de Contadores (IFAC) y Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI).

    (13)  El apartado 21 del Informe de 2009 hacía referencia a la reorganización de la estructura administrativa de la Empresa Común, la cual, en opinión del Tribunal, planteaba problemas de separación de funciones entre las actividades financieras y operativas.

    (14)  En 2011 finalizaron los procesos de selección y nombramiento de los jefes de unidad del ITER, de la Administración y de Finanzas y Presupuesto, y en abril de 2012 estaban a punto de concluir los de nombramiento del jefe de los equipos de proyecto y de instalación de la herramienta de contratos de ABAC y se habían completado los circuitos financieros y el manual administrativo y financiero.

    (15)  La validación de los sistemas subyacentes por el contable debería abarcar información referente a las pruebas directas de una muestra de operaciones de los controles clave de la Empresa Común.

    (16)  Los planes de acción en respuesta a las auditorías internas sobre circuitos financieros, gestión de subvenciones y contratos de expertos fueron aprobados por la Empresa Común el 30 de junio, el 14 de febrero y el 19 de noviembre de 2011 respectivamente.

    (17)  En el Informe del Tribunal relativo al ejercicio 2010, apartado 20, se hacía referencia al escaso grado de competencia en los procedimientos de adjudicación de contratos y subvenciones.

    (18)  La Empresa Común recurrió asimismo en un porcentaje elevado a procedimientos negociados (alrededor de dos tercios de los contratos de operaciones firmados en 2011, excluidos los contratos marco).

    (19)  El artículo 107 de las normas de desarrollo de la Empresa Común establece que el anuncio previo de información constituye el medio por el cual la Empresa Común puede dar a conocer, a título orientativo, el total estimado de los contratos y contratos marcos, por categoría de servicio o grupo de productos, y las características esenciales de los contratos de obras que tiene previsto adjudicar por medio del procedimiento restringido o el diálogo competitivo a lo largo del ejercicio.

    (20)  Por ejemplo, no está documentado el examen de los informes de recepción técnica por el agente encargado de la verificación financiera.

    (21)  De las 18 auditorías de calidad llevadas a cabo en 2011, quince se cerraron en mayo de 2012. Las auditorías calificaron tan solo un proyecto de insatisfactorio e identificaron siete casos de falta de conformidad con los procedimientos y 139 aspectos susceptibles de mejora.

    (22)  El alcance de las auditorías se extiende al plan de calidad, los casos de falta de conformidad, el control de compras y la gestión de la subcontratación, la gestión de la información y documentación y de las modificaciones y desviaciones, el plan de control de calidad para las obras, el calendario detallado de los proyectos, la gestión de riesgos en los contratos y el plan de control de calidad para los trabajos técnicos.

    (23)  En noviembre de 2011 se designó a un nuevo miembro de la célula de control interno para llevar a cabo la tarea concreta de implantar un procedimiento de control ex post de contratos y subvenciones adjudicados. La Empresa Común tiene previsto adherirse además a un contrato marco de la Comisión para la realización de auditorías ex post.

    (24)  El artículo 8, apartado 4, de los Estatutos anexos de la Decisión 2007/198/Euratom establece que «el director elaborará las normas sobre derechos de propiedad intelectual, política industrial y difusión de información».

    (25)  El artículo 6, apartado 3, de los Estatutos anexos de la Decisión 2007/198/Euratom establece que «el Consejo de Administración aprobará las normas sobre política industrial, derechos de propiedad intelectual y difusión de información de acuerdo con la Comisión».

    (26)  Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002.

    (27)  Segunda modificación del reglamento financiero de la Empresa Común de 25 de noviembre de 2011

    (28)  Los umbrales citados en los artículos 80 y 100, el diálogo competitivo del artículo 96 y la composición de los comités contemplada en los artículos 119 y 120.

    (29)  Conclusión del Consejo sobre ITER de 7 de julio de 2010 (Ref. 11902/10).

    (30)  Informe del auditor interno sobre la fase previa a la adjudicación de contratos de 13 de enero de 2012.

    (31)  DO L 4 de 7.1.2012, p. 12.


    ANEXO

    Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión (Barcelona)

    Competencias y actividades

    Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

    (extracto de los artículos 45 y 49 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica)

    Capítulo 5: empresas comunes, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, el

    Artículo 45:

    «Las empresas de capital importancia para el desarrollo de la industria nuclear en la Comunidad podrán constituirse en Empresas Comunes, tal como se definen en el presente Tratado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos siguientes».

    Artículo 49:

    Las empresas comunes se crearán mediante decisión del Consejo. Todas las empresas comunes tendrán personalidad jurídica.

    Competencias de la Empresa Común

    (Decisión del Consejo 2007/198/Euratom)

    Objetivos

    aportar la contribución de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) a la Organización Internacional de la Energía de Fusión ITER;

    aportar la contribución de Euratom a las actividades del planteamiento más amplio realizadas con Japón para la rápida consecución de la energía de fusión;

    elaborar y coordinar un programa de actividades para preparar la construcción de un reactor de fusión de demostración y de las instalaciones conexas, incluida la instalación internacional de irradiación de materiales (IFMIF).

    Funciones

    supervisar la preparación del emplazamiento del proyecto ITER;

    aportar componentes, equipo, materiales y otros recursos a la organización ITER;

    gestionar los procedimientos de adquisición con respecto a la organización ITER, y en particular los procedimientos correspondientes de garantía de la calidad;

    preparar y coordinar la participación de Euratom en la explotación científica y técnica del proyecto ITER;

    coordinar las actividades científicas y tecnológicas de investigación y desarrollo en apoyo de la contribución de Euratom a la organización ITER;

    aportar la contribución financiera de Euratom a la organización ITER;

    tomar las medidas necesarias para facilitar a la organización ITER los recursos humanos requeridos;

    relacionarse con la organización ITER y llevar a cabo cualquier otra actividad para la promoción del acuerdo ITER.

    Gobernanza

    Consejo de Administración

    Está encargado de supervisar la actuación de la Empresa Común en relación con los objetivos encomendados, así como de garantizar una estrecha colaboración entre ésta y sus miembros en la ejecución de sus actividades.

    Mesa

    Órgano auxiliar del Consejo de Administración al que asiste en la comunicación y coordinación con los comités y la dirección de la Empresa Común.

    Comité de finanzas y administración

    Asiste al Consejo de Administración en las cuestiones administrativas y financieras referentes a ITER, el planteamiento más amplio y la preparación de los reactores de fusión de demostración (DEMO).

    Comité de auditoría

    Asesora al Consejo de Administración en cuestiones de información financiera y contabliidad, gobernanza, control interno y gestión de riesgos, así como auditoría interna y externa.

    Comité ejecutivo

    Asiste al Consejo de Administración en la preparación de sus decisiones y llevará a cabo cualquier otro cometido que éste le delegue.

    Grupo Consultivo Técnico

    Asesora al Consejo de Administración y al Director en su caso sobre la aprobación y ejecución del plan del proyecto y los programas de trabajo.

    Director

    Ejerce como gerente encargado de la gestión cotidiana de la Empresa Común y constituye además su representante legal.

    Auditor externo

    Tribunal de Cuentas.

    Auditoría interna

    Establecido el 1 de julio de 2009.

    Autoridad de aprobación de la gestión

    Parlamento previa recomendación del Consejo

    Recursos puestos a disposición de la Empresa Común en 2011

    Presupuesto

    263,57 millones de euros sufragados por la contribución de la Unión al 93 %

    Efectivos a 31 de diciembre de 2011

    239 puestos previstos en la plantilla, de los cuales están cubiertos 211

    Otros puestos:

    expertos nacionales en comisión de servicio: 5

    Agentes contractuales: 99

    Agentes locales: s.o.

    Total de efectivos: 315

    Asignados a tareas:

    operativas: 160

    administrativas: 115

    mixtas: 40

    Actividades y servicios facilitados en 2011

    Contratos operativos: 38 adjudicados por un valor total de 163,556 millones de euros (5 iniciados)

    Contratos administrativos: 17 adjudicados por un valor total de 5,162 millones de euros (5 iniciados)

    Subvenciones: 22 adjudicados por un valor total de 13,061 millones de euros (5 iniciados)

    Ejecución presupuestaria:

    99,7 % en créditos de compromiso (99,7 % operativos y 98,7 % administrativos)

    85,7 % en créditos de pago (86,6 % operativos y 79,6 % administrativos)

    Procedimientos de adjudicación de contratos públicos:

    2 para el proyecto ITER (31,79 kIUA equivalentes a 50,135 millones de euros (total de 1 135,9 de 1135,9 kIUA o el 66 % de todas las contribuciones en especie europeas previstas)

    10 para las actividades del planteamiento más amplio (62,67 kBAUA equivalentes a 42,490 millones de euros de un total de 236,4 kBAUA previsto para todas las contribuciones europeas)

    Crédito ITER concedido: 35,551 kIUA (equivalentes a 56,066 millones de euros).

    Fuente: Información comunicada por la Empresa Común.


    RESPUESTAS DE F4E AL INFORME FINAL DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO PARA LA ELABORACIÓN DE UN INFORME SOBRE LAS CUENTAS ANUALES DE LA EMPRESA COMÚN EUROPEA PARA EL ITER Y EL DESARROLLO DE LA ENERGÍA DE FUSIÓN CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2011

    16.

    F4E trabaja con dos mecanismos de control bien diferenciados: (a) las normas de control interno de la UE y

    (b) las exigencias de calidad del ITER (ITER-wide Quality Requirements), concebidas para garantizar el éxito del proyecto ITER y satisfacer las exigencias de la Autoridad de Seguridad Nuclear francesa. El objetivo de F4E es satisfacer esas exigencias con un sistema de gestión (F4E-wide Management System) que abarque, entre otros, las estrategias, los procesos y los procedimientos. En la segunda mitad de 2010, el Director de

    F4E estableció un plan de mejora de la gestión basado en la gestión de proyectos y otros procesos fundamentales.

    Ya se han puesto en marcha medidas para mejorar el sistema de gestión de proyectos mediante la ayuda de personal externo con experiencia en el ámbito industrial y en proyectos. Esto permitirá mejorar las previsiones presupuestarias, consolidar la detección de desviaciones y excepciones y definir las acciones preventivas y correctivas necesarias para optimizar la ejecución del presupuesto y reducir el coste de la contribución de la UE a la construcción del ITER. Se prevé que estas medidas estén plenamente implementadas a finales de 2012.

    Asimismo, la Dirección de F4E ha respondido a las recomendaciones del auditor interno de F4E y a las del Tribunal de Cuentas. Las actividades financieras se han reagrupado y consolidado en una nueva Unidad de Presupuesto y Finanzas que integra las funciones de los mecanismos de control (ex post, auditorías y controles financieros, etc.) a la vez que se separan las actividades operativas y financieras. En 2011 se ocuparon los puestos directivos intermedios o superiores y se consolidó la Unidad de Presupuesto y Finanzas con la llegada de nuevo personal experimentado, concretamente, de agentes de control altamente cualificados con experiencia y conocimientos en la UE.

    En lo que respecta a la auditoría del circuito financiero, hay que destacar que en el primer trimestre de 2012 la Unidad de Presupuesto y Finanzas realizó una autoevaluación de la puesta en marcha del plan de acción de la auditoría del circuito financiero que concluyó que se había implementado casi el 86 %.

    17.

    Ya ha entrado en funcionamiento la nueva estructura organizativa de F4E que está más orientada hacia los proyectos, concede más importancia al servicio financiero y consolida su gestión global con la introducción de los puestos directivos intermedios acompañados de las delegaciones apropiadas y la contratación de nuevos directivos (Jefe del Departamento de Administración, Jefe del Departamento del ITER y Jefe de la Unidad de Presupuesto y Finanzas). Además:

    se elaboran informes importantes de forma rutinaria, por ejemplo, sobre los avances en las grandes contrataciones y sobre la ejecución del presupuesto;

    el contable ha efectuado una primera validación de los sistemas subyacentes para el ejercicio 2011. A la vista de las modificaciones en la estructura organizativa y la consolidación de los mecanismos de control (en curso en 2012), está previsto seguir la validación de los sistemas de contabilidad para 2012, incluida una prueba completa de auditoría;

    en el marco de la estrategia de auditoría ex post que está estableciendo actualmente F4E, el ámbito de aplicación de las auditorías de calidad se ampliará para verificar los aspectos financieros y contractuales de los contratos. A este respecto, se realizará un ejercicio piloto antes de que finalice 2012;

    la gestión de riesgos del proyecto está presente en el Plan de Proyecto ITER y las actividades del planteamiento más amplio son gestionadas regularmente en colaboración con los socios en lo que respecta a los riesgos relacionados con la empresa a nivel organizativo; este ejercicio se lanzó a comienzos de 2012 y los primeros resultados se discutieron en el seno del Consejo de Administración en junio; F4E está finalizando el ejercicio y preparando el informe del Consejo de Administración sobre los riesgos relacionados con la empresa y las acciones de mitigación que serán objeto periódico de debate en las reuniones del Consejo de Administración.

    18.

    F4E constata que el método utilizado por el Tribunal de Cuentas para calcular el promedio de propuestas recibidas excluye los contratos marco, lo que reduce el número de propuestas de 6,8 a 2,4.

    F4E recuerda que el promedio de las propuestas recibidas por convocatoria está relacionado con el mercado extremadamente complejo en el que opera y, para más información, hace referencia a su respuesta relacionada con el apartado 29.

    20.

    Conviene puntualizar que la auditoría realizada sobre la contratación concluyó con un dictamen satisfactorio y que las recomendaciones fueron recogidas en un plan de acción que incluían 40 acciones actualmente en curso.

    21.

    En el marco de los trabajos realizados en 2012 en el Sistema de Gestión Integrada, se están mejorando los sistemas de control incluyendo instrumentos de control ex ante más estrictos.

    22.

    En el marco de la estrategia de auditoría ex post que F4E está elaborando, el ámbito de las auditorías de garantía de calidad se ampliará para verificar los aspectos financieros y contractuales de los contratos. A este respecto se realizará un ejercicio piloto antes de que finalice 2012.

    23.

    Gracias a la experiencia adquirida en las visitas de control financiero de 2011, F4E se encuentra ahora en posición de definir una estrategia que abarque el control financiero de las subvenciones y de las adjudicaciones de los contratos. Dado el limitado alcance financiero de las subvenciones en lo que respecta a los procedimientos de contratación operativos, esta estrategia se centrará principalmente en el control financiero ex post de las adjudicaciones.

    Estos dos tipos de controles ex post (control de garantía de la calidad y control financiero) se inscribirán en un amplio marco de gestión integrado que combine los instrumentos de control industrial, como las normas ISO, con las normas de control interno más administrativas de la Unión Europea. Dentro de este marco de gestión integrado de F4E, las auditorías de calidad se integrarán en la estrategia de auditoría global para garantizar un nivel de control suplementario relacionado con las contrataciones.

    24.

    Las normas detalladas para la adopción de la política industrial están reflejadas en las «Cláusulas relativas a la propiedad intelectual» del modelo de convenio. F4E presentó estas cláusulas al Comité Ejecutivo el 14 de mayo de 2012. El Comité Ejecutivo estudió las cláusulas en materia de propiedad intelectual propuestas por F4E para la puesta en marcha de las normas de F4E en este ámbito y recomendó su adopción al Consejo de Administración teniendo en cuenta los comentarios formulados por el Comité. El Consejo de Administración adoptó la versión final de estas normas en su reunión del 28 y 29 de junio de 2012.

    25.

    Un grupo de trabajo del Consejo de Administración de F4E ha elaborado un proyecto de política industrial que se debatió en la reunión que el Consejo celebró en junio de 2012. Su elaboración está finalizando pero hay que tener en cuenta que se necesita la aprobación previa de la Comisión, de conformidad con el artículo 3, apartado 3, letra p) de los Estatutos de F4E, para que el Consejo de Administración la adopte antes de finales de 2012.

    26.

    F4E estableció en 2011 un nuevo marco para la recogida de las contribuciones de los miembros, teniendo en cuenta la recurrencia de las observaciones del Tribunal:

    el 25 de noviembre de 2011, el Consejo de Administración de F4E aprobó la propuesta de F4E de aplicar mutatis mutandis el artículo 56, apartado 3, del reglamento financiero de F4E con el fin de cobrar intereses a aquellos miembros que no paguen sus contribuciones dentro del plazo fijado la nota de adeudo. Como ha constatado el Tribunal en las referencias al reglamento financiero de F4E, la provisión se aplicaba únicamente en ese momento a las subvenciones y contrataciones.

    El Consejo de Administración decidió igualmente que se reclamarían intereses de demora al Estado miembro que a finales de octubre no hubiera pagado su contribución de 2011. Tres miembros se retrasaron en el pago pero, en uno de los casos, los intereses se situaban por debajo del umbral de 200 EUR. Los intereses de demora correspondientes a 2011 se han solicitado junto a la contribución de miembro de 2012 y se ha presentado información detallada al Tribunal durante la auditoría.

    La decisión del Consejo de Administración se ha normalizado con la adopción de la siguiente modificación de las normas de desarrollo en su reunión de 28 de junio de 2012: «los títulos de crédito relacionados con las contribuciones anuales de los miembros devengarán intereses de acuerdo a lo dispuesto en el apartado 2, letra b, y apartado 3, si no son reembolsados en la fecha de vencimiento de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45, apartado 3, letra b).»

    28.

    La naturaleza específica de las actividades de la Empresa Común se caracteriza por la adquisición de componentes de alta tecnología que nunca se han construido antes y que carecen de valor comercial, diseñados para la construcción de un reactor experimental de fusión. Además «Fusión para la Energía» opera en un mercado extremadamente complejo dominado por situaciones de monopolio u oligopolio. Para poder operar con éxito en este contexto, como prevé el reglamento financiero, el Consejo de Administración de F4E ha adoptado, con el acuerdo la Comisión Europea, ciertas disposiciones en su reglamento financiero y sus normas de desarrollo que derogan del reglamento Financiero general (marco).

    En este contexto, los umbrales relativos a los contratos de poco valor (artículo 80 de las normas de desarrollo), para la utilización del procedimiento negociado (artículo 100 de las normas de desarrollo), el procedimiento de diálogo competitivo (artículos 93 a 99 de las normas de desarrollo) y la composición de los comités de apertura (artículos 119 y 120 de las normas de desarrollo), se han adaptado al carácter tecnológico y a las condiciones de mercado del proyecto ITER, contrariamente a los umbrales previstos en un principio para el suministro de productos y servicios a las administraciones.

    29.

    En lo que respecta a las normas de desarrollo que han sido revisadas teniendo en cuenta los comentarios del Tribunal (p. ej. las condiciones relativas a la emisión y concesión de préstamos o las reglas para la valoración de las contribuciones en especie), la Empresa Común estima que las modificaciones introducidas en las normas de desarrollo ofrecen suficiente orientación para la ejecución de estas actividades. Toda modificación suplementaria de las normas las haría más rígidas e inflexibles con lo que sería imposible adaptarlas a las distintas situaciones que pueden surgir en la realidad. En cualquier caso, la Empresa Común ofrecerá todas las explicaciones necesarias para poder apreciar el valor de toda contribución particular en especie que pueda recibir.

    30.

    Las previsiones del valor total del proyecto se basan en el informe Toschi. F4E está realizando un ejercicio para alinear todos los costes incurridos hasta la fecha a los valores de 2008 con el fin de establecer las posibles desviaciones de las previsiones.

    Se ha desarrollado una herramienta de control de proyecto integrada que permite controlar las posibles desviaciones de los costes y está operativa desde septiembre de 2012 en F4E y migrado los datos de gestión de proyecto como los calendarios y la gestión financiera a la nueva estructura técnica. Asimismo se está avanzando en la gestión de valor adquirido y las previsiones presupuestarias de base por contrato.

    32.

    El Acuerdo de Sede firmado entre «Fusión para la energía» y el Reino de España en 2007 contempla que España facilitará locales permanentes a F4E, a más tardar 3 años después de la firma. El Acuerdo también contempla que, hasta entonces, y antes de obtener una sede definitiva, España proporcionará una sede temporal. Si bien España no ha facilitado aún una sede permanente, la Empresa Común ocupa los locales temporales gratuitamente, pues España paga el coste total de estos (alquiler y mantenimiento previstos en el Acuerdo de Sede, mientras que F4E paga la parte del arrendatario de los locales temporales).


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