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Document 52011IP0159

Zimbabue Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de abril de 2011 , sobre Zimbabue

DO C 296E de 2.10.2012, p. 140–143 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

2.10.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 296/140


Jueves 7 de abril de 2011
Zimbabue

P7_TA(2011)0159

Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de abril de 2011, sobre Zimbabue

2012/C 296 E/22

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre Zimbabue, de las que la más reciente es la de 21 de octubre de 2010, sobre las expulsiones forzosas en Zimbabue (1),

Vistos la Decisión 2011/101/PESC (2) del Consejo, de 15 de febrero de 2011, por la que se prorrogan hasta el 20 de febrero de 2012 las medidas restrictivas contra Zimbabue impuestas en virtud de la Posición Común 2004/161/PESC (3), y el Reglamento de la Comisión (CE) no 1226/2008 (4), de 8 de diciembre de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 314/2004 del Consejo, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe,

Vista la declaración sobre Zimbabue pronunciada por la Alta Representante, en nombre de la Unión Europea, el 15 de febrero de 2011,

Visto el Comunicado de Livingstone, de 31 de marzo de 2011, de la Cumbre de la Troika del Órgano sobre Política, Defensa y Seguridad de la Comunidad para el Desarrollo del África Austral (SADC),

Visto el Acuerdo Político Global (APG) que dio lugar al Gobierno de Unidad Nacional de Zimbabue en febrero de 2009,

Vista la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, que Zimbabue ha ratificado,

Visto el artículo 122, apartado 5, de su Reglamento,

A.

Considerando que en los pasados meses se ha producido un claro aumento de los casos de intimidación, las detenciones arbitrarias y las desapariciones de opositores al Zanu-PF, de los que han sido objeto muchos militantes del MDC, varios diputados del MDC y dirigentes clave del MDC, como el Ministro de Energía Elton Mangoma, la Ministra Adjunta de Asuntos Exteriores Theresa Makone y el destituido Presidente del Parlamento de Zimbabue Lovemore Moyo,

B.

Considerando que el propio Primer Ministro de Zimbabue, Morgan Tsvangirai, ha confirmado que el Presidente Robert Mugabe y el partido Zanu-PF no han cumplido los términos del APG de 2009 e intimidan por medios violentos a los miembros del Gobierno de Unidad Nacional de los partidos MDC-T y MDC-M,

C.

Considerando que en los dos últimos años el Gobierno de Unidad Nacional ha luchado por dar estabilidad al país y no ha conseguido allanar el camino hacia una transición democrática mediante unas elecciones dignas de crédito a causa de la deliberada obstrucción del Zanu-PF; considerando que la situación política, económica y humanitaria de Zimbabue, que ya era atroz, ha empeorado considerablemente desde diciembre de 2010,

D.

Considerando que los servicios de seguridad de Zimbabue irrumpieron recientemente en las oficinas de organizaciones no gubernamentales (Human Rights NGO Forum y Crisis in Zimbabwe Coalition) y en la sede del MDC, se incautaron de documentación y detuvieron arbitrariamente a personal de las ONG y del MDC para interrogarlos, y después pusieron a los detenidos en libertad sin cargos,

E.

Considerando que Jenni Williams y Magodonga Mahlangu, dirigentes de la organización de la sociedad civil Women of Zimbabwe Arise (WOZA), y Abel Chikomo, director de la ONG de derechos humanos de Zimbabue Human Rights NGO Forum, así como otros defensores de los derechos humanos, han sufrido acoso policial sistemático,

F.

Considerando que, el 19 de febrero de 2011, 46 activistas de la sociedad civil fueron detenidos por los servicios de seguridad acusados de alta traición por organizar la exhibición pública de un vídeo sobre los recientes levantamientos populares en el norte de África y Oriente próximo; considerando que, durante su detención, algunos de estos activistas recibieron palizas, fueron torturados y se los mantuvo aislados,

G.

Considerando que los servicios de seguridad de Zimbabue han restringido el derecho del MDC a celebrar mítines, mientras que el Zanu-PF sigue haciéndolo libremente, lo que contraviene directamente la Constitución del país,

H.

Considerando que el Zanu-PF está llevando a cabo una campaña nacional violenta para forzar a los ciudadanos de Zimbabue a firmar una petición de retirada de las medidas restrictivas internacionales impuestas contra miembros destacados de la camarilla de Mugabe; que quienes se han negado a firmar han recibido palizas brutales o han sido detenidos,

I.

Considerando que las «medidas restrictivas» están dirigidas específicamente contra 163 miembros destacados del régimen explotador de Mugabe y quienes lo apoyan, y no repercuten en el pueblo de Zimbabue en general ni en la economía del país,

J.

Considerando que la UE, los EE.UU., Australia y Canadá siguen compartiendo la preocupación acerca de la situación de los derechos humanos en los campos de diamantes de Chiadzwa (Marange), en particular en relación con violaciones de los derechos humanos cometidas por los servicios de seguridad de Zimbabue, por lo que se muestran renuentes a que se conceda a los diamantes extraídos en Chiadzwa la certificación del Proceso de Kimberley,

K.

Considerando que Zimbabue sigue empobrecida tras años de mala gestión económica por el régimen de Mugabe y sigue recibiendo una cuantiosa ayuda humanitaria y de otro tipo, de la UE y del Reino Unido, los Países Bajos, Alemania, Francia, Dinamarca, los EE.UU., Australia y Noruega, la cual cubre las necesidades más básicas de una gran proporción de la población de Zimbabue,

L.

Considerando que el Primer Ministro de Zimbabue ha instado a la UE a que no acepte las credenciales de Margaret Muchada, designada Embajadora ante la UE, porque su nombramiento unilateral por el Presidente Mugabe viola la Constitución de Zimbabue y los términos del APG,

1.

Pide el cese inmediato del acoso, las detenciones y la violencia practicados por motivos políticos por los servicios de seguridad del Estado de Zimbabue y las milicias controladas directamente por Mugabe y el partido Zanu-PF o leales a ellos; destaca que los responsables de estos malos tratos y delitos deberán rendir cuentas de sus actos;

2.

Insiste en que debe darse al pueblo de Zimbabue libertad de expresión y de reunión, que debe cesar toda intimidación de políticos y activistas de la sociedad civil (en particular, defensores de los derechos humanos) y que todos los representantes electos, con independencia de sus convicciones políticas, así como las ONG, los activistas políticos, la prensa y los ciudadanos corrientes deben poder expresar libremente sus opiniones, sin temor a sufrir persecuciones violentas, encarcelamiento arbitrario o torturas;

3.

Pide la liberación inmediata e incondicional de todos los detenidos arbitrariamente, en particular cargos y seguidores del MDC; condena todas las condiciones de detención y encarcelamiento contrarias a los convenios internacionales de derechos humanos;

4.

Insta al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros a que intervengan ante la UA y la SADC, y en particular ante Sudáfrica, para garantizar que la intimidación y la violencia no se producen en el contexto de unas futuras elecciones en Zimbabue; opina, no obstante, que unas elecciones anticipadas no resolverán las cuestiones pendientes de la reforma política y económica; considera que las elecciones deben basarse siempre en normas internacionales, incluido el respeto de los derechos humanos y la libertad de expresión y circulación, por lo que deben cesar inmediatamente el acoso y la detención de personas por sus opiniones políticas;

5.

Celebra el Comunicado de Livingstone, de 31 de marzo de 2011, de la Troika de la SADC e insta a la SADC a que asuma el liderazgo para garantizar la plena aplicación de las recomendaciones del Comunicado por todas las partes en Zimbabue, con miras a la celebración de elecciones libres y justas en el país;

6.

Pide a todos los partidos políticos de Zimbabue que lleguen a un acuerdo sobre un programa encaminado a la celebración en Zimbabue de elecciones libres y justas bajo observación internacional;

7.

Insta a todos los partidos políticos de Zimbabue a que vuelvan a comprometerse plenamente con el proceso de reforma constitucional en curso, con miras a instaurar en este país una nueva Constitución, aceptable para el pueblo de Zimbabue, antes de las próximas elecciones;

8.

Celebra la reciente renovación (en febrero de 2011) de la lista de la UE de personas y entidades prohibidas vinculadas al régimen de Mugabe; subraya que estas medidas restrictivas se dirigen exclusivamente contra elementos de la cleptocracia de Zimbabue y no tendrán repercusión alguna para la población de Zimbabue en general;

9.

Insta a la UE a que mantenga sus medidas restrictivas contra particulares y entidades relacionadas con el régimen de Mugabe hasta que haya pruebas reales de mejora de la situación en Zimbabue; pide al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que tomen medidas para explicar estos hechos en Zimbabue e internacionalmente y que se muestren más activos a la hora de recabar apoyos para un cambio rápido hacia una democracia auténtica y el progreso económico en el país;

10.

Pide a la UE que no acepte ningún embajador de Zimbabue ante la UE que no haya sido nombrado con arreglo al debido procedimiento constitucional y de acuerdo con el APG;

11.

Insiste en que las autoridades de Zimbabue cumplan sus compromisos contraídos en virtud del Proceso de Kimberley, desmilitaricen por completo los campos de diamantes de Marange e introduzcan transparencia en cuanto a los ingresos de la producción de diamantes;

12.

Alaba a la UE y a los Estados miembros y otros países que siguen aportando fondos para apoyar directamente al pueblo de Zimbabue; hace hincapié en la necesidad de garantizar que este apoyo siga canalizado por ONG auténticas, tenga objetivos bien determinados y sea objeto de una adecuada rendición de cuentas, y no pase por agencias gubernamentales;

13.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, a los Gobiernos de los países del G-8, a los Gobiernos y Parlamentos de Zimbabue y Sudáfrica, al Secretario General de la Commonwealth, al Secretario General de las Naciones Unidas, a los Presidentes de la Comisión y del Consejo Ejecutivo de la Unión Africana, al Parlamento Panafricano y al Secretario General y los Gobiernos de la SADC, así como a su Foro Parlamentario.


(1)  Textos Aprobados, P7_TA(2010)0388.

(2)  DO L 42 de 16.2.2011, p. 6.

(3)  DO L 50 de 20.2.2004, p. 66.

(4)  DO L 331 de 10.12.2008, p. 11.


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