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Document 52012AR1662

Dictamen del Comité de las Regiones sobre el paquete «Empresas responsables»

DO C 277 de 13.9.2012, p. 171–179 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

13.9.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 277/171


Dictamen del Comité de las Regiones sobre el paquete «Empresas responsables»

2012/C 277/17

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

acoge con satisfacción que la Comisión haya situado la economía y la innovación sociales en el centro de la iniciativa emblemática Unión para la innovación de la Estrategia Europa 2020, la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social y el Acta del Mercado Único;

coincide en que un análisis estratégico de la responsabilidad social de las empresas (RSE) ha adquirido una mayor importancia para la competitividad de las empresas. Este análisis puede reportar beneficios en cuanto a gestión de riesgos, ahorro de costes, acceso al capital, relaciones con los clientes, gestión de los recursos humanos y capacidad de innovación. Al prestar atención a la RSE, las empresas pueden consolidar la confianza que los empleados, consumidores y ciudadanos depositan en ellas;

aprueba el llamamiento de la Comisión a los dirigentes de las empresas europeas para que colaboren estrechamente con las autoridades públicas y otras partes interesadas a fin de promover la empresa responsable en un mayor número de sociedades de la UE, de acuerdo con los claros objetivos establecidos para 2015 y 2020;

invita a la Comisión a que preste más atención a los diferentes niveles de desarrollo y a las diferencias regionales que aún se observan al interior de la UE. La situación de los Estados miembros, regiones y ciudades en relación con los cinco objetivos prioritarios de la Estrategia Europa 2020 -el empleo, la investigación y la innovación, el cambio climático y la energía, la educación, y la erradicación de la pobreza- varía considerablemente, y la crisis les afecta en diversos grados.

Ponente

Satu TIETARI (FI/ALDE), Concejala de Säkylä

Textos de referencia

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Banco Central Europeo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Supervisor Europeo de Protección de Datos sobre el Paquete «Empresas responsables», que incluye:

la Comunicación introductoria,

COM(2011) 685 final

la propuesta de revisión de las Directivas del ámbito contable,

COM(2011) 684 final

la propuesta de revisión de la Directiva sobre transparencia,

COM(2011) 683 final

la Comunicación sobe la responsabilidad social de las empresas (RSE),

COM(2011) 681 final

la Comunicación sobe la «Iniciativa a favor del emprendimiento social»,

COM(2011) 682 final

I.   RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

1.

acoge con satisfacción que la Comisión haya situado la economía y la innovación sociales en el centro de la iniciativa emblemática Unión para la innovación de la Estrategia Europa 2020, la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social y el Acta del Mercado Único;

2.

coincide en que un análisis estratégico de la responsabilidad social de las empresas (RSE) ha adquirido una mayor importancia para la competitividad de las empresas. Este análisis puede reportar beneficios en cuanto a gestión de riesgos, ahorro de costes, acceso al capital, relaciones con los clientes, gestión de los recursos humanos y capacidad de innovación. Al prestar atención a la RSE, estas pueden consolidar la confianza que los empleados, consumidores y ciudadanos depositan en ellas;

3.

aprueba el llamamiento de la Comisión a los dirigentes de las empresas europeas para que colaboren estrechamente con las autoridades públicas y otras partes interesadas a fin de promover la empresa responsable en un mayor número de sociedades de la UE, de acuerdo con los claros objetivos establecidos para 2015 y 2020;

4.

apoya la intención de la Comisión de no establecer una definición uniforme de emprendimiento social para toda la UE que vincularía a todas las partes y tendría como resultado una regulación demasiado estricta, y apoya la propuesta de principios comunes para poder tener en cuenta las estrategias y capacidades políticas, económicas y sociales de los distintos Estados miembros. No obstante, el lenguaje y la terminología deberían ser coherentes en todos los Estados miembros de la UE;

5.

aprueba el compromiso de la Comisión Europea de construir una Europa fuerte y competitiva, orientada hacia el crecimiento sostenible con el fin de consolidar la recuperación económica. La Estrategia Europa 2020 sitúa el apoyo a la competitividad y sostenibilidad de las empresas en «el punto de mira» (1);

6.

señala que algunas nuevas variables que afectan a la competitividad han puesto en duda el papel de la economía europea a nivel mundial, y que la Estrategia Europa 2020 debería contar con un firme apoyo para ayudar a la economía europea a recuperar su posición. Al ser un factor de crecimiento, la perspectiva social debería ocupar un lugar destacado en este proceso;

7.

subraya la importancia de aprovechar el valor añadido de las acciones a nivel de la UE a la hora de formular una respuesta a los retos globales. Los objetivos de la Estrategia Europa 2020 sólo pueden alcanzarse si los Estados miembros unen sus recursos y crean sinergias;

8.

apoya un aumento de la cooperación y de los acuerdos entre regiones y Estados miembros que los comprometan a alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020;

9.

invita a la Comisión a que preste más atención a los diferentes niveles de desarrollo y a las diferencias regionales que aún se observan al interior de la UE. La situación de los Estados miembros, regiones y ciudades en relación con los cinco objetivos prioritarios de la Estrategia Europa 2020 -el empleo, la investigación y la innovación, el cambio climático y la energía, la educación, y la erradicación de la pobreza- varía considerablemente, y la crisis les afecta en diversos grados;

10.

considera que es necesario apoyar y recompensar en el mercado la actividad responsable de las empresas, por ejemplo, por medio de subsidios a la inversión y la contratación pública. El apoyo debería dirigirse a las partes interesadas que reconocen la importancia clave de los trabajadores para el desarrollo de las empresas. El incremento de la contratación de personas que pertenecen a grupos que corren el riesgo de estar desempleados debería compensarse con objeto de que otras empresas sigan esos mismos pasos;

11.

expresa su satisfacción por la propuesta de la Comisión de reconocer públicamente a aquellas empresas que actúan de forma socialmente responsable. La UE puede ayudar a difundir buenas prácticas, reforzar el aprendizaje horizontal y estimular a un creciente número de empresas para que desarrollen su propio enfoque para las cuestiones relacionadas con la RSE;

12.

pide a la Comisión que elabore una legislación que obligue a los fondos de inversión y a las entidades financieras a informar a sus clientes (ciudadanos, empresas, autoridades, etc.) sobre los principios de inversión éticos o responsables que utilizan o las normas que aplican, a fin de integrar en sus políticas un nuevo sistema ético;

13.

apoya la creación de un instrumento europeo que ayude a las empresas sociales a obtener financiación;

14.

propone que la Comisión y el CDR hagan un seguimiento y evalúen periódicamente la aplicación e información en este ámbito. La facilitación de información sobre asuntos sociales, medioambientales y relacionados con el clima puede reforzar el compromiso con diversas medidas, lo que hará más fácil la identificación de los principales riesgos para el desarrollo sostenible;

15.

entiende que el desarrollo de la RSE exigirá nuevas capacidades a las empresas y un cambio de valores y comportamiento. Los Estados miembros pueden desempeñar un papel destacado al ofrecer a los establecimientos educativos incentivos para incluir la RSE, el desarrollo sostenible y la ciudadanía responsable en sus planes de estudios, tanto en la educación secundaria como en la superior;

16.

celebra que la iniciativa conceda un papel clave en el nuevo modelo de crecimiento de la UE al aprendizaje, la conciencia social y al reconocimiento de las actividades de desarrollo, y apoya la intención de la Comisión de orientar y financiar proyectos educativos que refuercen la responsabilidad social; opina que la mentalidad del emprendedor social debe configurarse en la fase más temprana de la educación. De esta manera, existirá una sensibilización adecuada sobre el papel del capital humano en la economía;

17.

reconoce que el concepto de industria se ha ampliado, y que un nuevo tipo de industria, basada en la constitución de redes, adquiere cada vez más importancia. La extensión de la responsabilidad social a todas las operaciones ayudará al desarrollo de estas empresas;

18.

reconoce que la extensión de la responsabilidad social a las empresas constituye un desafío clave para dar mayor coherencia a la política de derechos humanos de la UE;

19.

señala que una aplicación más eficaz de los Principios Rectores de las Naciones Unidas promoverá el interés de la UE por los problemas en materia de derechos humanos y por el fomento de las principales normas laborales en ámbitos como el trabajo infantil, los trabajos forzosos penitenciarios, la trata de seres humanos, la igualdad de género, la discriminación, la libertad de asociación y el derecho de negociación colectiva;

20.

considera que la Unión Europea debe invertir en medidas que tengan el mayor potencial socioeconómico posible, y apoya la intención de la Comisión de colaborar en 2012 con las empresas y las partes interesadas para elaborar directrices en materia de derechos humanos para determinados sectores y para las PYME, basadas en los Principios Rectores de las Naciones Unidas;

21.

reitera que uno de los objetivos más importantes debería ser la creación de un sistema de financiación más responsable y transparente. Los inversores no deberían tener en cuenta únicamente los beneficios financieros actuales al adoptar decisiones de inversión. Los efectos de una política responsable de capital humano genera ventajas competitivas a largo plazo. Estas se traducen en beneficios financieros considerables;

22.

estima que la finalidad de la responsabilidad social debería ser desarrollar procesos que permitan una gestión más eficiente, responsable y transparente de los cada vez más escasos recursos, y mejorar la aplicación de medidas socialmente responsables;

23.

señala que las tendencias demográficas están estrechamente relacionadas con los nuevos modelos de consumo. El envejecimiento de la población en los países desarrollados plantea cada vez mayores exigencias a los servicios sociales, pero también brindará oportunidades para crear empresas socialmente responsables;

24.

propone que la Comisión y el CDR identifiquen medidas éticas basadas en valores para motivar a las empresas a desarrollar su responsabilidad social, para lo cual serán necesarias nuevas capacidades y un cambio de valores y comportamiento;

25.

recomienda buscar incentivos que estimulen a las empresas a actuar con mayor responsabilidad social de forma voluntaria por iniciativa propia. Las empresas deben tener la flexibilidad para innovar y desarrollar un enfoque para la responsabilidad social que se adapte a sus propias circunstancias, y no deben soportar cargas desproporcionadas a su tamaño y sector. Habría que señalar que la RSE promueve y apoya el diálogo social;

26.

considera que habría que formular medidas tangibles y cuantificables a nivel local en diferentes partes de Europa a fin de dar visibilidad y compartir los efectos directos e indirectos de las actividades;

27.

apoya un concepto de sostenibilidad integrada en el que los factores económicos, sociales y medioambientales estén en equilibrio. Debería fomentarse el examen de los aspectos sociales de la contratación pública y aplicar al mismo tiempo el marco legal vigente de la UE (2);

28.

recalca la importancia de que los Estados miembros y las autoridades públicas de todos los niveles aprovechen plenamente las oportunidades que ofrece la legislación vigente sobre contratación pública para incluir criterios de responsabilidad social en dicha contratación. Sin embargo, a las pequeñas empresas y microempresas se les deben garantizar las mismas oportunidades para participar de manera sostenible en las licitaciones;

29.

acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión por adaptar la legislación en materia de contratación del sector público para que tenga mejor en cuenta las necesidades locales, y solicita al Parlamento Europeo y al Consejo que sigan teniendo presentes tanto estas necesidades como las que presentan las PYME;

30.

recomienda buscar propuestas de medidas para reformar la legislación sobre contratación pública a fin de que esta genere más oportunidades para actores más pequeños, ágiles y socialmente responsables. Debería ser posible hacer énfasis en la calidad y las condiciones de trabajo al adjudicar los contratos públicos, en particular en el sector social y de atención sanitaria;

31.

insiste en que debería apoyarse en las licitaciones la creación de asociaciones y redes. Las ofertas competitivas no deben resultar demasiado costosas y complejas, ni requerir trámites administrativos desproporcionados. Asimismo debería evitarse insistir en lograr un resultado al menor coste y con la mayor rapidez posible. Lo más importante es conseguir los resultados cualitativos que los clientes esperan;

Nuevos modelos necesarios y medidas propuestas para aumentar el número de empresas socialmente responsables

La responsabilidad social como factor competitivo

32.

aboga por que se adopten medidas que ayuden a las empresas a desarrollar más actividades y paquetes de productos y servicios socialmente responsables y competitivos. Habría que diseñar y llevar a cabo una encuesta para identificar los conocimientos técnicos del sector, la manera en que pueden desarrollarse y un objetivo conmensurable, así como promover el intercambio de las buenas prácticas;

Facilidad de uso para los consumidores

33.

estima que los consumidores deberían poder acceder fácilmente a información sobre empresas socialmente responsables y sus productos. Esta información debería estar disponible en un formato que pueda utilizarse y distribuirse fácilmente;

34.

subraya la importancia de la transparencia y la apertura de los diferentes aspectos de los procesos de producción para demostrar la responsabilidad social. La terminología debería ser clara y coherente, y habría que ofrecer a los consumidores una oportunidad para presentar sus opiniones;

Hacer que los incentivos financieros resulten comprensibles

35.

considera que si se ofrecen incentivos financieros y de otro tipo al emprendimiento social, estos deben resultar comprensibles. Al mismo tiempo, el entorno empresarial debe poder fomentar las empresas responsables y hacerlas más atractivas. Las empresas de menor tamaño también deben tener una auténtica oportunidad para operar como empresas socialmente responsables;

Formación, educación

36.

considera que en la formación se concede muy poca atención al emprendimiento social. La falta de un enfoque empresarial por parte de los gestores de las empresas sociales puede impedir su desarrollo. Por tanto, es fundamental que en el futuro se adopte un doble enfoque ante la cuestión de la economía social: un enfoque en desarrollo, en el marco de la formación, y un enfoque orientado al futuro en el marco de los programas de educación superior. Si se tienen en cuenta este tipo de cuestiones, se podrá formar adecuadamente al personal;

37.

considera que habría que formular iniciativas de desarrollo y formación en cooperación con los proveedores de fondos. De este modo, el capital humano se podría utilizar igualmente para desarrollar el emprendimiento social;

Revisión de la legislación sobre contratación pública

38.

señala que en la licitación de servicios y suministros públicos se ha puesto un énfasis especial en el coste. La contratación pública adopta la forma de grandes licitaciones únicas para la adquisición de servicios o suministros, que pueden excluir a los actores pequeños debido a su elevado precio unitario. Debería resultar más fácil tener en cuenta el desarrollo sostenible en la contratación pública. Asimismo debería impartirse formación y orientación sobre la forma de presentar una oferta;

Promoción del emprendimiento social

39.

considera que habría que fomentar el emprendimiento social de modo que expertos de diferentes ámbitos participen e intercambien información sobre diversos aspectos prácticos;

40.

señala que numerosas PYME se sienten excluidas cuando se elaboran nuevas disposiciones y normativas. Las empresas deberían tener oportunidades prácticas para ejercer influencia y evaluar los efectos de las distintas medidas, y contar con opciones más flexibles, por ejemplo, para financiarse;

41.

considera igualmente que es importante encontrar una nueva forma para mejorar el rendimiento, rendición de cuentas y transparencia de las empresas para facilitar el acceso a la financiación;

42.

señala que la economía social da trabajo actualmente a más de 11 millones de personas en la UE, es decir, un 6 % del total de la fuerza de trabajo (3). Incluye organizaciones con un régimen jurídico especial (cooperativas, fundaciones, asociaciones y mutuas) -muchas de las cuales tienen objetivos sociales de conformidad con su forma jurídica particular-, así como empresas sociales que operan como empresas privadas tradicionales o sociedades de responsabilidad limitada;

43.

destaca la falta de reconocimiento del emprendimiento social. No existe una conexión suficiente entre las partes interesadas de diferentes regiones y países, lo que impide la difusión de buenas prácticas, el establecimiento de asociaciones y la creación de nuevas oportunidades;

44.

hace hincapié en particular en que el mercado único necesita una nueva forma incluyente de crecimiento para alcanzar el mayor nivel de empleo;

45.

pide que se estudie si las empresas sociales pueden hacer una contribución económica significativa, por ejemplo, mediante la intervención en los métodos de producción del sector público. El emprendimiento social puede servir como uno de los modelos para reformar los servicios públicos, medida que resultará inevitable en el futuro;

46.

expresa su deseo de que las características especiales de las empresas se tengan en cuenta, en particular en la contratación pública. No obstante, ello no debe distorsionar la competencia.

47.

apoya las medidas que ha adoptado la Comisión en el marco de la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social (4) y el Acta del Mercado Único (5) para reforzar la cohesión territorial e identificar enfoques originales para los problemas sociales, sobre todo para luchar contra la pobreza y la exclusión social;

48.

apoya la idea de que las empresas sociales podrían constituir una categoría especial de sociedades con su propio régimen jurídico y objetivos distintos al beneficio para los accionistas. No obstante, esta categoría de sociedades tendría sus propias prioridades regionales y nacionales;

49.

respalda la propuesta de la Comisión de elaborar un marco de principios comunes, dentro del respeto de las diferentes opciones políticas, económicas y sociales de los Estados miembros y de la capacidad de innovación de las empresas sociales;

50.

señala que la responsabilidad social no es algo nuevo para las pequeñas empresas. Las empresas ya practican el emprendimiento social sin ser conscientes de ello. Es posible que desconozcan su terminología y conceptos. Habría que difundir de forma más general estos conceptos para que puedan aplicarse en las operaciones de las empresas y para corregir estas;

51.

apoya las medidas para difundir el emprendimiento social y aumentar su visibilidad y conocimiento. Debería ser más fácil y rápido encontrar información sobre empresas sociales a fin de intercambiar experiencias y buenas prácticas;

52.

es favorable a la creación de una plataforma digital multilingüe para intercambiar información destinada a las empresas sociales, viveros de empresas, agrupaciones de empresas e inversores en empresas sociales, y a que se facilite el intercambio y acceso a la información sobre las ayudas de los programas de la UE. Antes de crear la plataforma se debería consultar a los grupos interesados;

53.

propone que se creen todas las condiciones necesarias para uniformizar las prácticas para la financiación de proyectos. En vista de que la financiación de los proyectos debe solicitarse a diferentes proveedores de fondos, los solicitantes deben conocer las normas e instrucciones de cada uno de ellos, ya que el tipo y cantidad de las ayudas que ofrecen los distintos sistemas varían en función del órgano público de financiación, el carácter del proyecto y la legislación nacional, lo que limita las oportunidades de participar en proyectos en el caso particular de los actores de menor tamaño y menos recursos. También es necesario prestar atención a los procedimientos de aplicación, interpretación y solicitud de financiación de la UE;

54.

considera que deberían desarrollarse líneas generales de acción y programas selectivos para apoyar a las empresas y promover la innovación social. No obstante, estas medidas deberían formularse de tal modo que no distorsionen la competencia;

55.

destaca las dificultades a las que se enfrentan las empresas sociales a la hora de encontrar financiación para desarrollar sus actividades. La manera en que utilizan sus beneficios o el hecho de que empleen a personas socialmente vulnerables a menudo hace que los prestamistas o inversores potenciales tengan la impresión de que las empresas sociales corren mayores riesgos y son menos rentables que otras empresas;

56.

apoya las medidas propuestas por la Comisión (6) para hacer que las partes interesadas del sector público y del privado inviertan más en estas empresas por medio de participaciones o préstamos, ya sea mediante una inversión socialmente responsable o un instrumento europeo utilizado para promover la financiación de las empresas sociales;

57.

es favorable a que se elabore un marco normativo a nivel europeo que permita la creación de nuevos vectores de inversión socialmente responsables;

58.

insiste en que todas las empresas y fundaciones del sector social deben poder operar en el mercado único, razón por la cual las normas no deberían ser excesivamente complejas. Estas normas deberían ser fáciles de comprender y cumplir;

59.

acoge con beneplácito los planes del Fondo Europeo de Inversión (7) para introducir en 2012 una «ventanilla de fondos propios» [ESIEF (8)] para invertir en instrumentos que persigan objetivos sociales. En particular resulta difícil obtener financiación para la fase inicial;

60.

propone que se estudie la opción de un nuevo fondo de inversión en empresas sociales y si podría desarrollarse un enfoque para poner en marcha el emprendimiento social que estimule la participación de diversos proveedores de fondos en el sistema de innovación. La financiación debería ir acompañada de asesoramiento y orientación en materia de inversiones y capacidades empresariales, ya que la gran variedad de opciones de financiación dificulta que las nuevas pequeñas empresas la soliciten. La dificultad para describir las actividades de la empresa y establecer objetivos impide el acceso a la financiación;

61.

insiste en que la inversión vaya acompañada de una definición precisa de las repercusiones y requisitos que implica operar de forma responsable;

62.

propone que la creación de nuevas innovaciones y nuevas empresas se convierta en un objetivo cualitativo a la hora de desarrollar el emprendimiento social, a fin de ayudar a reducir el desempleo de larga duración y crear nuevos puestos de trabajo fijos y redes, en particular entre pequeñas empresas;

63.

recomienda que se estudie más de cerca si el emprendimiento social y la formación que lo acompaña podrían utilizarse para ayudar a los jóvenes vulnerables a encontrar trabajo, y si la participación en empresas sociales puede brindarles un oficio y experiencia para que abandonen el desempleo y se integren en la vida laboral;

64.

destaca la oportunidad de transmitir las capacidades y conocimientos tácitos de los trabajadores de edad mediana a las generaciones más jóvenes mediante la creación de una empresa social. Debido a la crisis económica, los trabajadores mayores capaces de trabajar durante mucho tiempo más sufren la amenaza del despido y la marginación. La financiación de la UE debería utilizarse igualmente para ayudar a adoptar el modelo de maestro y aprendiz en las empresas sociales. La transferencia de conocimientos entre las generaciones genera un importante valor añadido, ya que los trabajadores mayores pueden transmitir formas de pensar y hacer, mientras que los trabajadores jóvenes ofrecen ideas nuevas y entusiasmo. De este modo, el modelo de maestro y aprendiz funciona en ambas direcciones;

65.

es favorable a que se aumente la información destinada a las personas mayores sobre los beneficios del emprendimiento social, como parte del Año Europeo del Envejecimiento Activo y de la Solidaridad Intergeneracional (2012);

66.

considera que deberían ofrecerse orientación por parte de expertos, servicios de desarrollo, seminarios sobre cooperación, visitas de estudio y otras actividades adaptadas a cada una de las situaciones a las que se enfrenta una empresa a fin de mejorar las capacidades empresariales y fomentar el intercambio de conocimientos técnicos;

67.

prefiere un enfoque a suficiente largo plazo a uno fragmentado basado en proyectos. Un proceso progresivo basado en objetivos intermedios claros es indispensable para crear operaciones rentables entre las empresas sociales;

68.

aboga a favor de la constitución de asociaciones entre sectores, así como entre organizaciones de distintas disciplinas y ámbitos. ¿Qué otros actores cuya participación es importante habría que captar y cuáles ya participan en el emprendimiento social? ¿Qué hay de los proyectos, programas y redes conexos con los que está relacionado o intenta relacionarse el emprendimiento social en su conjunto? ¿De qué forma pueden beneficiarse otros proyectos, proveedores de fondos e inversores de la constitución de redes?

69.

considera que habría que identificar enfoques útiles y modelos viables en cooperación con las partes interesadas. Las empresas sociales en Europa deberían ser evaluadas y elaborar una lista de ellas, y habría que establecer sus características específicas, modelos financieros, peso económico, posibilidades de crecimiento transfronterizo, formas jurídicas y el contenido y principios de los regímenes fiscales que las rigen. De este modo se puede utilizar la información existente y se pueden elaborar modelos conceptuales que incorporen buenas prácticas;

Desarrollar un sistema de certificación para las empresas sociales

70.

considera que a medida que se diversifican estas empresas y crece su número, el emprendimiento social debe definirse con mayor precisión a fin de que se le pueda aplicar un trato fiscal y sistemas de pensiones y seguridad social justos, de tal forma que cree puestos de trabajo y contribuya al surgimiento de oportunidades de negocio diferentes;

71.

recomienda el desarrollo de una acreditación a nivel local basada en criterios definidos, así como una estrecha cooperación y el desarrollo de asociaciones entre regiones, y expresa su deseo de que se deje un margen para aspectos regionales específicos a fin de apoyar a las empresas responsables en lo que respecta tanto al contenido como a la forma del reconocimiento;

Formación, orientación y tutoría para un desarrollo permanente

72.

considera que para establecer un entorno favorable para las sociedades que forman parte de la economía social será necesaria una nueva forma de liderazgo y conocimientos técnicos para ellas, que se crearán por medio de la modificación de los programas de educación superior, la formación y esfuerzos sistemáticos de mejora;

73.

recomienda el aprendizaje en la práctica o un enfoque de maestro y aprendiz para permitir un uso eficiente de los recursos. La recopilación e intercambio de las experiencias de los empresarios sociales que ya han operado en el sector durante cierto tiempo es una forma importante para aumentar la información disponible;

Resultados con los que se puedan elaborar modelos y puedan reproducirse

74.

señala la necesidad de evaluar hasta qué punto la labor y actividades de las personas que trabajan en el emprendimiento social pueden dar lugar a modelos y reproducirse, y cómo podría desarrollarse un modelo de producción atractivo a partir de ello, que estimule a los inversores para que emprendan esfuerzos de mejora y aliente a los consumidores a comprar;

Evitar la marginación de los jóvenes

75.

considera que habría que invertir en el empleo y bienestar de los jóvenes y otras personas en riesgo de marginación mediante la mejora de sus opciones de empleo y la ampliación de las oportunidades de emprendimiento social. Un «concepto operativo» de fácil acceso podría ofrecer una financiación condicional para actividades destinadas a evitar la marginación de los niños y jóvenes, con miras a desarrollar y ampliar nuevos tipos de servicios. Los jóvenes deberían tener oportunidad de solicitar financiación para sus propios proyectos y actividades;

76.

observa que las empresas cotizadas en bolsa no pueden operar sin la supervisión de un Estado miembro;

77.

destaca la necesidad de adoptar medidas, en el marco del «concepto operativo», en particular para evaluar las repercusiones;

78.

aboga por la flexibilidad respecto a la frecuencia y momento de la publicación de información financiera de los pequeños y medianos emisores, y expresa su deseo de que la frecuencia de publicación sea la adecuada;

79.

apoyaría medidas para simplificar las partes descriptivas de los informes financieros de los pequeños y medianos emisores;

80.

expresa su esperanza de que a la hora de examinar la innovación social se preste especial atención a la prevención de la marginación y a la igualdad de género;

81.

insta a que se apoye la normalización y simplificación de la comunicación, al tiempo que señala que actualmente el acceso a información financiera sobre empresas cotizadas en bolsa a nivel de la UE es engorroso, ya que las partes interesadas deben acceder a 27 bases de datos nacionales para buscar información;

82.

expresa su deseo de que se desarrolle un entorno empresarial que estimule más la creatividad y la innovación, y mejore la confianza en las empresas a través de la supresión de trámites administrativos y obstáculos que frenan en particular las actividades de las pequeñas y medianas empresas (PYME);

83.

es favorable a que se amplíe el papel de las empresas responsables en la sociedad, y se desarrolle un entorno en el que se estimule a los empresarios a desarrollar innovaciones que tengan repercusiones sociales y proyectos económicamente viables. Las actividades deberían ser rentables y motivar a las empresas, y las actividades operativas deberían tener en cuenta a los empresarios desde el principio;

84.

recomienda que se evalúe al mismo tiempo la iniciativa emblemática Unión para la innovación, que pretende promover la innovación social y aprovechar la creatividad de las asociaciones y empresas sociales en beneficio de los grupos más vulnerables, así como satisfacer las necesidades sociales más urgentes que no han satisfecho los mercados y las autoridades públicas con el fin de evitar la duplicación de medidas;

85.

apoya la simplificación de las Directivas contables, en particular en beneficio de las pequeñas empresas. Las obligaciones de las Directivas contables, como las normas en materia de publicación y valoración, deben ser razonables y equitativas, y tener en cuenta el tamaño y el sector de la empresa;

86.

considera que la simplificación de las obligaciones contables podría fomentar un entorno empresarial que estimule la creación de empresas y el espíritu empresarial. El Comité de las Regiones, que no dispone de recursos para evaluar las repercusiones negativas de estas obligaciones contables, recomienda que el Parlamento Europeo organice una amplia evaluación antes de que entre en vigor la Directiva contable;

87.

se muestra a favor, sin embargo, de simplificar las obligaciones vigentes de tal modo que las cuentas sigan siendo comparables y aptas para su fin;

88.

recomienda uniformizar los umbrales para las empresas del mismo tamaño a fin de facilitar las comparaciones y expresa su deseo de que se promueva la comparabilidad de los datos financieros en toda la UE;

89.

apoya el objetivo de promulgar normativas que respeten los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, y pretende velar al mismo tiempo por que la carga administrativa sea proporcionada a los beneficios que brinda;

90.

apoya el Acta del Mercado Único (9), que tiene por finalidad simplificar la vida de las PYME, que representan más del 99 % de las empresas de Europa. La Small Business Act reconoce la necesidad de tener en cuenta las necesidades particulares de la categoría de las PYME y de establecer segmentos dentro de dicha categoría. Por otra parte, el enfoque de «pensar primero en pequeña escala» de esta propuesta permite adoptar regímenes contables adaptados a los distintos tamaños de empresa;

91.

aboga por que los Estados miembros no impongan obligaciones adicionales inútiles. La mejor manera de lograrlo es a través de la coordinación de la legislación de la UE. En relación con las empresas medianas y grandes, las obligaciones en materia de información financiera tienen que ser más comparables a escala de la UE, ya que las actividades de estas empresas a menudo se realizan en toda la UE y afectan a partes interesadas en todo el mercado interior;

92.

apoya el compromiso de los gobiernos del G-8 de «aplicar leyes y otras reglamentaciones de transparencia o promover normas voluntarias que exijan a las empresas de los sectores del petróleo, el gas y la minería que revelen los pagos que realizan a Estados». El Parlamento Europeo ha presentado igualmente una Resolución (10) en la que reitera su apoyo a las obligaciones de publicación de información desglosada por países, particularmente en lo que respecta a las industrias extractivas;

Conclusiones

93.

considera prioritarias aquellas medidas que nos permitan orientar, estimular y ayudar a las PYME a adoptar de manera más amplia perspectivas sociales y socialmente responsables en sus actividades. En la Unión Europea existen aproximadamente 24 millones de pequeñas y medianas empresas, y para el futuro de la Unión es de suma importancia la forma en que ayudemos a los jóvenes, en particular, a emprender una actividad empresarial moderna socialmente responsable;

94.

considera que si las medidas se eligen correctamente se promoverá la creación de nuevas empresas y el crecimiento de las ya existentes. Las medidas de política industrial deberían estar destinadas a apoyar en particular a las empresas con un gran número de puestos de trabajo con ambiciones de crecimiento internacional y socialmente responsable, que sean eficaces en la explotación de redes;

95.

está convencido de que el futuro se forjará en el desarrollo regional. Los objetivos o procedimientos elegidos pueden estar destinados a construir algo nuevo, mantener lo ya existente o intentar adaptarse a los cambios en el entorno empresarial. El factor clave es la capacidad de una región para basarse en sus conocimientos técnicos, aprovechar sus fortalezas, especializarse y establecer conexiones a nivel regional, nacional e internacional;

96.

señala que es necesario evaluar la eficacia y adecuación de la ayuda prestada a las empresas, y hacer los cambios y ahorros necesarios de acuerdo con los resultados obtenidos. Habría que desarrollar las actividades en red de las empresas para apoyar la política industrial regional en general y, al mismo tiempo, hacer un mejor uso del potencial, fortalezas y oportunidades de las regiones. La cooperación entre las zonas centrales y periféricas puede mejorar si se cartografían sus avances. Asimismo habría que hacer más eficaz la cooperación, la asociación y el establecimiento de redes entre regiones;

97.

considera igualmente importante examinar si la amplitud de los proyectos y la complejidad de las normas implica que los proyectos estén a cargo de órganos especializados en gestión de proyectos, como municipios, universidades, escuelas y diversas sociedades de desarrollo de empresas. Habría que prestar especial atención a que exista igualdad de oportunidades para que las pequeñas empresas puedan participar en proyectos. Las organizaciones establecidas tienen a su disposición más recursos para investigar las complicadas normas para los proyectos y elaborar los informes exigidos, para lo cual las pequeñas empresas no disponen ni de conocimientos ni de la capacidad. Sin embargo, un enfoque más ágil por parte de las empresas podría permitir que los proyectos se ejecutaran de forma más eficiente;

98.

señala que la forma de organización de las empresas sociales no se encuentra bien definida en estos momentos, ya que los principales agentes siguen siendo administraciones públicas y grandes actores, y las empresas consideran el emprendimiento social más bien como un tipo de prestación de servicios de beneficencia y no tanto como un auténtico generador de actividades de negocio. De este modo, estas operaciones resultan desconocidas y sin relación con el espíritu empresarial, o se considera que compiten entre sí en lugar de ser tipos paralelos de actividad. Debería prestarse especial atención a este aspecto en el contexto del desarrollo del emprendimiento social;

99.

considera que debe mejorarse la información sobre oportunidades para empresas sociales y hacerse más accesible. El principal portal en Internet debería tener un enlace hacia información esencial actualizada. Esta información debería estar intervinculada y debería facilitarse mediante enfoque de presentación eficaces, como boletines, intercambio de experiencias clave y actualizaciones;

100.

estima que habría que llegar a un acuerdo sobre el orden de prioridad de las medidas que se deben emprender y buscar las mejores medidas, tecnologías y métodos aplicables al trabajo que permitan resolver problemas en diferentes ámbitos. Estos métodos deberían identificarse y reproducirse para que los utilice el mayor número posible de partes interesadas;

101.

considera que habría que aumentar la capacidad de desarrollo de empresas en general; la recopilación e intercambio de experiencias entre los empresarios sociales que ya ha operado en el sector es una manera importante de aumentar la cantidad de información. En Europa se necesita la decisión de construir una UE integrada en la que cada actor sea importante, y se redoblen esfuerzos para encontrar un papel para cada persona que aumente sus capacidades;

102.

señala que el objetivo consiste en ayudar a generar nuevos conceptos y a acelerar la adopción de métodos novedosos. Se pueden emplear proyectos pilotos para introducir nuevos métodos en el mercado y obtener experiencias prácticas por medio del éxito y el fracaso. El sector adquirirá una mejor calidad y más modelos funcionales e información sobre la eficacia y repercusiones de un concepto determinado en diferentes países destinatarios, así como sobre las dificultades y problemas que surjan;

103.

observa que los proyectos pilotos constituyen una manera de generar nuevo interés por el espíritu empresarial. Existen numerosos ámbitos para la experimentación, y los proyectos piloto permiten contener los riesgos en límites predeterminados. Es importante conceder en las fases iniciales ayudas en forma de financiación e información si se desea que los proyectos piloto generen ideas de negocios rentables. Asimismo, los proyectos piloto pueden servir de plataformas de aprendizaje antes de introducir nuevos enfoques;

104.

recomienda, por último, que se busque metódicamente soluciones a largo plazo y paso a paso. Europa requiere una nueva determinación para estimular el crecimiento económico, algo que puede tener lugar de una forma socialmente responsable, incluso en un contexto de restricciones medioambientales. Habría que elaborar medidas para evitar la exclusión, y estas deberían extenderse durante un tiempo suficiente en el futuro. Deberían evitarse las medidas a corto plazo y basadas en proyectos carentes de obligaciones específicas de seguimiento. Seguimos abogando por la elaboración de propuestas más detalladas de medidas e informes, tanto sobre la responsabilidad social como sobre la empresa social, a fin de poder hacer más para fomentar la estabilidad social. En general, la visibilidad de los esfuerzos de mejora, el intercambio de ejemplos de buenas prácticas y su utilización como fundamento, el intercambio de la información disponible y la reproducción de resultados revisten una importancia fundamental. El Comité recomienda que se identifiquen prototipos y se conceda apoyo a las actividades de futuro.

Bruselas, 19 de julio de 2012.

La Presidenta del Comité de las Regiones

Mercedes BRESSO


(1)  COM(2010) 614 final.

(2)  Buying Social: A Guide to Taking Account of Social Considerations in Public Procurement (Compras socialmente responsables: guía para tomar en consideración los aspectos sociales en la contratación pública). Comisión Europea, 2011.

(3)  CIRIEC (Centro Internacional de Investigación e Información sobre la Economía Pública, Social y Cooperativa). La economías social en la Unión Europea, p. 48.

(4)  Comunicación de la Comisión sobre la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social: Un marco europeo para la cohesión social y territorial. COM(2010) 758 final, 16.12.2010.

(5)  Comunicación de la Comisión sobre el Acta del Mercado Único; Doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza «Juntos por un nuevo crecimiento». COM(2011) 206 final, 13.4.2011.

(6)  COM(2011)681 final.

(7)  Grupo del BEI.

(8)  Fondo Europeo de Inversión y Emprendimiento Social (ESIEF), que invertiría en 10 a 15 instrumentos en los Estados miembros.

(9)  La revisión de las Directivas contables se reseña en el punto 2.11 de la Comunicación de abril de 2011 de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada Acta del Mercado Único: Doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza - «Juntos por un nuevo crecimiento», disponible en: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:52011DC0206:ES:HTML.

(10)  Resolución INI/2010/2102.


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