This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62012TN0283
Case T-283/12: Action brought on 22 June 2012 — FIS’D v Commission
Asunto T-283/12: Recurso interpuesto el 22 de junio de 2012 — FIS’D/Comisión
Asunto T-283/12: Recurso interpuesto el 22 de junio de 2012 — FIS’D/Comisión
DO C 243 de 11.8.2012, pp. 32–33
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
|
11.8.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 243/32 |
Recurso interpuesto el 22 de junio de 2012 — FIS’D/ Comisión
(Asunto T-283/12)
2012/C 243/57
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: FIS’D — Formazione integrata superiore del design (Catanzaro, Italia) (representantes: S. Baratti y A. Sodano, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
|
— |
Anule la decisión impugnada. |
|
— |
Estime las solicitudes de diligencias de ordenación del procedimiento y de prueba presentadas. |
|
— |
Condene en costas a la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
El presente recurso impugna la Decisión de la Comisión Europea de 12 de abril de 2012, Ref. Ares(2012)446225, por la que se desestimó el recurso administrativo interpuesto por la demandante con arreglo al artículo 22 del Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, contra la decisión de la Agencia Ejecutiva en el ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural de 13 de enero de 2011, «Termination of the Framework Partnership Agreement 2011-0181, Erasmus Mundus Masters Course in City Regeneration», que determinó la resolución anticipada del Acuerdo marco de colaboración 2011-0181, celebrado en el ámbito del Programa Erasmus Mundus 2009-2013.
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.
|
1) |
Primer motivo, basado en la infracción de Ley debida a un error de apreciación manifiesto y a la falta de motivación:
|
|
2) |
Segundo motivo, basado en la infracción de Ley debida a un error manifiesto de apreciación:
|
|
3) |
Tercer motivo, basado en la infracción de Ley debida a un error manifiesto de apreciación y a la falta de motivación:
|