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Document 62011CA0352

Asunto C-352/11: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 24 de mayo de 2012 — Comisión Europea/República de Austria (Incumplimiento de Estado — Medio ambiente — Directiva 2008/1/CE — Prevención y control integrados de la contaminación — Requisitos de autorización de las instalaciones existentes — Obligación de garantizar la explotación de dichas instalaciones con arreglo a los requisitos previstos en la Directiva)

DO C 200 de 7.7.2012, pp. 4–5 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

7.7.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 24 de mayo de 2012 — Comisión Europea/República de Austria

(Asunto C-352/11) (1)

(Incumplimiento de Estado - Medio ambiente - Directiva 2008/1/CE - Prevención y control integrados de la contaminación - Requisitos de autorización de las instalaciones existentes - Obligación de garantizar la explotación de dichas instalaciones con arreglo a los requisitos previstos en la Directiva)

2012/C 200/07

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Wilms y A. Alcover San Pedro, agentes)

Demandada: República de Austria (representantes: C. Pesendorfer y A. Posch, agentes)

Objeto

Incumplimiento de Estado — Infracción del artículo 5, apartado 1, de la Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (DO L 24, p. 8) — Requisitos para la concesión de permisos para instalaciones existentes — Obligación de garantizar que dichas instalaciones sean explotadas con arreglo a los requisitos establecidos en dicha Directiva.

Fallo

1)

Declarar que la República de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 5, apartado 1, de la Directiva 2008/1/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación, al no haber concedido permisos con arreglo a los artículos 6 y 8, no haber revisado y, en su caso, actualizado los permisos existentes y no haber velado por que todas las instalaciones existentes fueran explotadas con arreglo a los requisitos de los artículos 3, 7, 9, 10, 13, 14, letras a) y b), y 15, apartado 2, de dicha Directiva.

2)

Condenar en costas a la República de Austria.


(1)  DO C 252, de 27.8.2011.


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